A casi un mes de la segunda vuelta entre los candidatos Pedro Castillo (Perú Libre) y Keiko Fujimori (Fuerza Popular), el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tiene pendiente proclamar los resultados oficiales, para lo que aún hay aspectos pendientes y algunos pasos a seguir. Pero de acuerdo a las estimaciones de Luis Alberto Sánchez, vocero del máximo tribunal electoral, este espera no exceder de la quincena de julio para dar a conocer al ganador de la contienda.
En diálogo con El Comercio, precisó, sin embargo, que “es más probable que la próxima semana se tenga una fecha más certera”. Ello porque aún hay pasos que dar desde los jurados electorales especiales (JEE) y el propio pleno del JNE.
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“Teniendo en cuenta todos estos pasos que están pendientes y en la medida que todos los JEE y el pleno sigan deliberando, sesionando, resolviendo sin interrupciones —porque en este momento una paralización de uno o dos días significa bastante en la resolución de casos y en el cumplimiento del cronograma electoral—, se espera que no se exceda de la quincena de julio como una fecha probable”, dijo sobre la proclamación de resultados finales.
¿Pero cuáles son esos aspectos aún por dilucidar?
Apelaciones pendientes
Uno se refiere a las solicitudes de nulidad de mesas de sufragio presentadas tanto dentro del plazo legal (miércoles 9 de junio a las 8 p.m.), como fuera del mismo. Según información del JNE, se trató de 1.088 pedidos en total y —tras decisiones de primera instancia de los JEE— se interpusieron 370 recursos de apelación provenientes de Fuerza Popular, de los cuales 270 llegaron hasta el pleno del JNE.
De esta última cifra, 200 apelaciones se refieren a solicitudes de nulidad extemporáneas y 70 las que se presentaron en el plazo. Asimismo, de esas 70, 28 se referían a aspectos que merecían un pronunciamiento de fondo (como presunto fraude y firmas falsas) a través de audiencias públicas y 42 a temas de forma (principalmente no haber adjuntado el comprobante de pago de las tasas respectivas).
Precisamente, el pleno del JNE ya realizó audiencias para pronunciarse en última y definitiva instancia sobre esos 28 casos: dejó sin efecto uno y declaró infundadas 27 apelaciones. Por tanto, está pendiente conocer sus decisiones finales sobre las 200 apelaciones extemporáneas y las otras 42 sobre temas de forma.
Expertos consultados por este Diario adelantaron que el JNE solo hace audiencias públicas por temas de fondo, por lo que las 242 apelaciones pendientes merecerían solo deliberaciones privadas del pleno y la emisión de autos, que son pronunciamientos no apelables.
Consultado si definitivamente ya no habrá audiencias por las apelaciones pendientes y referidas a temas de forma, Sánchez señaló: “De acuerdo con la casuística que se ha identificado, en su mayoría no debería haber [audiencias], salvo que aisladamente se identifique uno u otro caso relacionado. Aquellos en los que sí haya un fundamento o pronunciamiento de primera instancia sobre el fondo”. Acotó que, al momento, no se ha identificado esos últimos casos, por lo que se mantiene la postura de que las audiencias se acabaron.
Sánchez precisó, además, que el JNE ya ha ido resolviendo las apelaciones pendientes a través de deliberaciones. Este Diario pudo revisar, por ejemplo, dos autos de expedientes referidos a dos solicitudes de nulidad declaradas improcedentes por el JEE de Mariscal Nieto (Moquegua). El 18 de junio, el pleno confirmó tal postura y las declaró infundadas en segunda y última instancia, publicando las decisiones el 26 de junio.
Nuevos pedidos de Fuerza Popular
Como adelantó El Comercio, pese a la posición desde el JNE de que ya no habrá audiencias, Fuerza Popular ha presentado desde el último miércoles 30 de junio solicitudes para que se les dé el uso de la palabra y se convoque a audiencias respecto de las apelaciones pendientes. Julio César Castiglioni, parte del equipo legal, refirió que se hará “sin excepción” en todos los casos.
Este Diario pudo revisar algunos expedientes y, efectivamente, el partido fujimorista —a través de su personera legal Milagros Takayama— ha solicitado nuevas audiencias. Para ello argumentó que tiene derecho a ser escuchado, al debido proceso, la pluralidad de instancia y a garantías de igualdad.
¿Cuál sería el procedimiento a seguir? “Lo que corresponde es que, en los expedientes jurisdiccionales, la secretaria general debe dar cuenta al pleno sobre estos pedidos. Y el pleno tendría que pronunciarse si va a convocar a audiencia en cada uno o va a adoptar otra decisión. En realidad, en la práctica judicial, no solo dentro del jurado, también en otras instancias, no se suele convocar a audiencias cuando ven estos temas. Se resuelven ni si quiera con resoluciones, sino con autos o decretos”, explicó Luis Alberto Sánchez.
En esa línea, refirió que el pleno del JNE tiene tres días para pronunciarse sobre cada pedido de nueva audiencia, pero considerando la coyuntura podría hacerlo en menor tiempo y probablemente rechazando tales requerimientos. “En el supuesto de que se convocar a una audiencia pública, sería repetitivo. ¿Qué se discutiría? Si ha sido dentro o fuera del plazo, si presentó o no una tasa, y hacerlo por cada uno de los casos. No creo que en este momento se tenga el tiempo para llevar a cabo todo eso. Generalmente, una audiencia es para ver temas de fondo, de sustento jurídico, como se ha hecho en los días anteriores”, subrayó el vocero del organismo electoral.
Resueltos esos pedidos de nuevas audiencias, el JNE podrá continuar resolviendo cada apelación pendiente por separado y emitiendo una decisión individual por cada expediente a través de autos, por ser temas formales. Sánchez estimó que se declararían infundadas las apelaciones, rechazándose así las solicitudes de nulidad.
“El pleno ya tiene una posición. En cuanto al plazo, lo han reiterado el 11 de junio, han dicho que el plazo es de tres días”, sostuvo. Y en cuanto a las tasas, recordó que también hay ya criterios y precedentes establecidos. Por ejemplo, mencionó que la Resolución N°0086-2018-JNE, que es un reglamento sobre pedidos de nulidad de votación en mesas de sufragio, establece que si no se presenta el comprobante original del pago de la tasa con el pedido de nulidad, el requerimiento es declarado improcedente.
Consultado este jueves por los pedidos de nuevas audiencias realizados, Julio César Castiglioni, parte del equipo legal de Fuerza Popular, dijo esperar que el JNE programe las fechas. “Por un principio de equidad y porque los JEE han emitido resoluciones, están en la obligación de concedernos el uso de la palabra, porque estoy impugnando una resolución, no estoy impugnando un auto”, ha expresado también el abogado.
Desde el equipo legal de Perú Libre, el abogado Julio Arbizu consideró que los pendientes por resolver y los tiempos representan una dificultad para una ordenada transferencia de mando, por lo que exhortó al JNE a respetar sus precedentes y actuar en el breve plazo.
“Los pedidos [de Fuerza Popular para nuevas audiencias] son absolutamente inoficiosos, porque el jurado ya ha expresado precedente sobre estas apelaciones o pedidos de nulidad presentados con ausencia de requisitos de procedibilidad. En esos casos no hay posibilidad de un pronunciamiento sobre el fondo, eso no hace necesaria la programación de audiencias, porque no hay nada que discutir. Son inoficiosos, serán seguramente rechazados por el jurado y son mecanismos dilatorios”, manifestó a este Diario.
Proclamación descentralizada y general
Además de terminar de resolver las apelaciones pendientes, el pleno del JNE debe esperar que los 60 JEE del país emitan cada uno su acta de proclamación de resultados descentralizada, de acuerdo al cómputo obtenido en su jurisdicción.
Al momento, 30 ya lo han hecho, entre ellos los JEE de Chiclayo, Trujillo, Huancayo, Lima Norte 1, Lima Oeste 2, Lima Sur 2, Tumbes, Ica, Lima Centro 2, Callao, entre otros.
“El acta de proclamación de resultados que emite un JEE puede apelarse en el plazo de tres días hábiles luego de su publicación en el portal electrónico, solo bajo sustento numérico. De interponerse apelaciones, será el pleno del JNE el que resolverá en última y definitiva instancia”, indicó el JNE en un comunicado oficial.
Sin embargo, para que se den esos pasos, Sánchez recordó que el JNE debe resolver las apelaciones pendientes para remitir las actas en cuestión a los respectivos JEE y, así, se siga un procedimiento final: “Esto es devuelto al JEE que lo ha elevado, el de primera instancia. El JEE traslada a la ODPE (Oficina Descentralizada de Procesos Electorales) para que pueda contabilizar esa acta con pedido de nulidad conforme lo haya decidido el pleno del JNE. La ODPE ingresa esa acta al cómputo final y la devuelve al JEE para que pueda verificar la información y, con base en eso, emitir el acta descentralizada de proclamación. Tienen que esperar unos días para que quede consentida y la elevan al JNE para que se pueda elaborar el acta general de proclamación”, explicó.
Y con esa acta general de proclamación de resultados, el país conocerá quién será el próximo presidente para el quinquenio que viene. Tras la segunda vuelta de las elecciones generales del 2016, el JNE proclamó los resultados generales el 28 de junio y la publicación oficial se realizó el 1 de julio. En el caso del 2011, los resultados se proclamaron el 23 de junio.