Vecinos de San Juan de Lurigancho llegaron esta mañana al colegio Francisco Bolognesi Cervantes para ejercer su derecho a voto en Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Sin embargo, la ausencia de algunos miembros de mesa dificulta el proceso de sufragio.
“La mesa donde soy presidenta ya está completa pero nos han dicho que debemos apoyar a la mesa de nuestro costado donde solo hay una secretaria”, detalló una ciudadana a Canal N. La mujer explicó que falta personal para habilitar algunas mesas de sufragio.
- Conoce en qué casos el elector que no vote está exento de pagar la multa
- ¿En qué casos el elector en fila puede ser obligado a ser miembro de mesa?
En las imágenes difundidas por Canal N, se observa una larga cola donde las personas están a la espera de votar. Cuando son consultados por la reportera si pueden cubrir los espacios que faltan ninguno se ofrece como voluntario. “Tengo que trabajar", “no señorita”, "nos quedaremos hasta tarde”, son algunas de las excusas que los residentes dan para no asumir su rol como miembro de mesa voluntario.
Vale recordar que, en San Juan de Lurigancho hay 769,453 votantes, según el Padrón Electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
-¿Qué ocurre si faltan titulares y suplentes en las mesas de sufragio?
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), el artículo 250 precisa que “si con los miembros asistentes, titulares o suplentes, no se alcanza a conformar el personal de la Mesa de Sufragio, quien asuma la presidencia lo completa con cualquiera de los electores presentes”.
La Ley también prevé que “si no hubiesen concurrido ni los titulares ni los suplentes, el presidente de la mesa que antecede o, a falta de este, el presidente de la mesa que le sigue en numeración designa al personal que debe constituir la mesa. Se selecciona a 3 electores de la mesa respectiva que se encuentren presentes, de manera que la mesa comience a funcionar a las 8:45 a.m. El presidente puede ser auxiliado por la fuerza pública si fuera necesario”.
¿Los electores elegidos pueden negarse a asumir este cargo? No, pues esta negativa es sancionada con una multa equivalente al 5% de 1 UIT, es decir S/215. Se dejará constancia de la misma en el Acta Electoral y será cobrada coactivamente por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Este es el mismo monto de multa que se impondrá a quienes habiendo sido designados miembros de mesa no acudieron a cumplir el encargo.