Esta medida es para los 43 distritos de nuestra capital. Los agentes del orden se encuentran facultados de retener las herramientas y utensilios con las que se ofrecen este servicio. (Foto: Andina)
Esta medida es para los 43 distritos de nuestra capital. Los agentes del orden se encuentran facultados de retener las herramientas y utensilios con las que se ofrecen este servicio. (Foto: Andina)
Redacción EC

La Ordenanza N° 2538, publicada en el boletín de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, oficializa la prohibición de la actividad de en las vías expresas, arteriales, colectoras e intercambios viales de Lima Metropolitana y en las vías locales del Cercado de Lima.

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En el documento se precisa que su objetivo es salvaguardar la salud, integridad y seguridad de los ocupantes de vehículos que transitan en la ciudad y “que se ven amenazados en su seguridad por personas que, transgrediendo las normas de tránsito ingresan a las vías a ofrecer servicios de limpieza”.

Asimismo, se faculta a los distritos a tomar acciones de fiscalización en coordinación con la Municipalidad de Lima. También contarán con el apoyo de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio Público para realizar operativos en conjuntos para cumplir con la ordenanza.

En ese sentido, la medida actual autoriza a la Gerencia de Fiscalización y Control para confiscar las herramientas y utensilios que se utilizan para ofrecer servicios de limpiaparabrisas u otras partes de un vehículo.

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Cabe señalar que el alcalde de Lima, Rafael López Aliaga, fue el impulsor de esta medida que se da luego que el conductor de un vehículo fuera , de nacionalidad venezolana, en el Cercado de Lima, el pasado 6 de abril.

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