La circulación de vehículos particulares estará prohibido los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero del 2021. ( Foto: Lino Chipana)
La circulación de vehículos particulares estará prohibido los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero del 2021. ( Foto: Lino Chipana)
/ LINO CHIPANA OBREGÓN
Redacción EC

El poder Ejecutivo el decreto que establece la prohibición de circulación de autos particulares los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero del 2021, con la finalidad de prevenir contagios de coronavirus ().

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El anuncio había sido realizado la titular del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, durante la conferencia de prensa de ayer en Palacio Gobierno, quien explicó que esta medida se sustenta en que se deben evitar las reuniones por fiestas de fin de año.

Cabe mencionar que desde el 15 de noviembre el Gobierno del exmandatario Manuel Merino decidió levantar la restricción de autos particulares, que regía los domingos para evitar las concentraciones familiares que se daban en dicho día de la semana.

La norma también establece que el Ministerio de Salud, en coordinación con otras entidades componentes del Sector Salud, realizará una vigilancia epidemiológica intensiva a fin de identificar cualquier incremento de casos localizados de personas afectadas por la COVID-19, y tomar medidas inmediatas de control.

“Es claro y sí hay evidencia de que en los encuentros familiares o amicales donde rompemos este distanciamiento físico, porque a veces es inevitable querer acercarse a personas que queremos y que no hemos visto durante meses, se produce el contagio. El porcentaje de contagio es alto, nos decían que hasta de un 48% o más”, afirmó Bermúdez a Canal N este miércoles.

El decreto supremo establece además que el día 24 de diciembre será un día no laborable compensable para el sector público.

“Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo precedente, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante el día no laborable establecido en el presente Decreto Supremo”, precisa el documento.

Taxis y servicios de delivery sí podrán circular

El ministro de la Producción, José Chicoma, indicó ayer que la restricción de movilidad durante el 24, 25 y 31 de diciembre, así como el 1 de enero del 2021, solo atañe al transporte privado. Es decir, los servicios de taxi por aplicativo o el delivery de alimentos o productos sí estará permitido durante Navidad y Año Nuevo.

“Si son taxis autorizados, sí podrían circular. Si brindan un servicio de transporte público van a poder circular en estos días”, señaló el ministro en diálogo con Latina.

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