Lo anterior es ejemplo de lo que ya es posible en Perú y todo el mundo. ¿El famoso detective, un héroe de César Vallejo y la mascota de Walt Disney unidos en una película al estilo “Avengers”? Sí. La imaginación es el límite cuando se trata de personajes que ya han pasado al dominio público. En el caso del roedor esto se cumple solo en su primera versión, de la película “Steamboat Willie” (1928), que ya puede ser usada por cualquiera tras superarse el plazo de ley.
En Estados Unidos no han perdido el tiempo, como lo muestra el tráiler de la película “Mickey’s Mouse Trap”, lanzado el mismo día en que se liberaron los derechos, donde un asesino con la máscara del ratón persigue a jóvenes ocupantes en una sala de arcade. Similar historia ocurre con “Infestation 88″, videojuego sobre un exterminador que se las ve con un Mickey de tamaño humano.
El abogado Erick Iriarte de Iriarte y Asociados, contó a El Comercio que en EE.UU. lo que hay es copyright, mientras que en Perú hay derecho de autor. El primero se parece al segundo en los aspectos patrimoniales, relativos a la propiedad. En el norte el copyright de las obras pasa al dominio público al cabo de 95 años desde su primera aparición. Antes este lapso era menor, pero Disney, por medio de sus abogados, “compró tiempo” hasta el último día del 2023. De ahí que a estas extensiones se les llame “Ley Mickey Mouse”. Otros personajes y obras mundiales que han pasado al dominio público son Winnie the Pooh de A.A. Milne, Peter Pan de J.M. Barrie (excepto en el Reino Unido), Sherlock Holmes de Arthur Conan Doyle, etc. En el Perú, el derecho de las obras pasa a ser público 70 años después de la muerte del autor, como en el caso del personaje vallejiano de “El Tungsteno”.
Muy aparte de lo que se pueda hacer con estos derechos, la liberación de los mismos es simbólica, dado lo que representa el ratón para la cultura popular. ¿Por qué Mickey tuvo tanto éxito? Javier Prado, ilustrador y animador peruano, lo explica: “Primero, porque encarnó una avanzada técnica al presentar el primer corto con sincronización sonora. Eso lo hizo muy popular. Luego encarnaba un poco el espíritu de la animación de la época, que era totalmente de humor absurdo, contrario a lo que podías ver en el cine”. Prado, que conoció a Mickey gracias a “El maravilloso mundo del color de Walt Disney”, reconoce que el personaje supo conectar con los adultos, que fueron el público principal en los orígenes de la animación.
Nuevamente, volvemos a la “película” que junta a personajes libres de derecho de autor. ¿Los derechos de una obra derivada de algo público, también son públicos? Iriarte responde: “Si se tiene una nueva creación completa, en conjunto (incluyendo la obra en el dominio público) como una película, la película sí tiene una protección que se adhiere al autor. Es decir, la obra derivada tendría una protección por sí misma, pero tendría que diferenciarse de la originaria que ya estaría en el dominio público”, dijo.
¿Y qué pasa si alguien hace un negocio de polos con la cara del primer Mickey? Allí la cosa se complica, porque Disney podría haber registrado en Perú ese diseño como una marca. En ese caso, cae la Policía y decomisa. Donde la autoridad no ejercería fuerza es si se hace la película antes mencionada, con uno o cualquier número de personajes libres de derechos, porque eso no es una marca. En un asunto donde la interpretación de la ley es central, no faltan los intereses particulares ni el “ratoneo”, y tampoco el entusiasmo. A imaginar, se ha dicho.
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