Por el Día de la Madre, el Ejecutivo Chileno promulgó una ley que autoriza a los padres a elegir el orden de los apellidos que llevarán sus hijos. Dicha norma, además, faculta a los mayores de 18 años a poder cambiar por única vez qué apellido desean llevar primero.
La iniciativa ingresó al Congreso en el 2005 y el último 29 de abril fue aprobada por el Senado Chileno. Su normativa estará lista en cuatro meses, y a partir de entonces entrará en vigor.
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Las autoridades adelantaron que esto se realizará por acuerdo de los padres al momento de inscribir al hijo en el registro nacional; en caso de no existir acuerdo se mantendrá el orden usado hasta ahora (primero el apellido paterno y luego el materno) y, además, en caso de familias monoparentales primará el apellido del progenitor a cargo del menor.
Por otro lado, quienes decidan cambiar el orden luego de cumplir 18 años, pues podrán hacerlo sin necesidad de un proceso judicial y mantendrán su número en el rol único nacional y su filiación, detalla un artículo de “La Tercera”.
“Esta ley contribuye al cambio cultural que estamos impulsando en materia de igualdad entre hombres y mujeres. A partir de hoy, el orden de los apellidos no será necesariamente el del padre primero y el de la madre después”, señaló la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, según el diario chileno.
El vecino país, sin embargo, no es el único en el que este tema ha sido llevado a debate. En distintos países del mundo se han aplicado reformas que modifican el orden de los apellidos, mientras que en otros la ley no especifica cuál debe ir primero.
EN LATINOAMÉRICA
En el Perú, el Código Civil detalla en el artículo 20 que “al hijo le corresponde el primer apellido del padre y el primero de la madre”. En febrero del 2020, además, se publicó un anteproyecto de reforma del Código Civil que busca modificar el citado artículo proponiendo que indique “al hijo le corresponde, en ese orden, el primer apellido del padre y el primero de la madre, salvo acuerdo contrario en cuanto al orden”, indica un artículo del portal jurídico “LP Derecho”.
En Colombia, la Corte Constitucional decidió en noviembre del 2019 que serán los padres quienes elijan el orden de los apellidos de sus hijos, brindándole al Congreso plazo hasta el 2022 para normar dicha modificación. En caso de no hacerlo, precisaron los magistrados, la decisión de la corte será suficiente para que los padres la apliquen.
El nuevo Código Civil y Comercial de Argentina, vigente desde agosto del 2015, establece en el artículo 64 que los padres deberán acordar el orden y los apellidos que llevará su hijo. En caso de no lograrse, el funcionario de Registro Civil encargado de la inscripción realizará un sorteo para elegir el primer apellido del menor.
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Un año más tarde, en el 2016, la Suprema Corte de Justicia de México emitió una resolución permitiendo que los progenitores elijan el orden de los apellidos de sus hijos.
En el 2013, con la legalización del matrimonio homosexual en Uruguay se modificaron las normas de registro de nacimiento. Actualmente, en el caso de las parejas heterosexuales se mantiene el orden clásico de apellidos paterno y materno si solo uno de los progenitores inscribe al bebé; sin embargo, se permite la elección en caso de que ambos acudan y sea por mutuo acuerdo. En el caso de los matrimonios de personas del mismo género se elegirá el orden de los apellidos para el hijo.
En Brasil la tradición establecida tras la colonización portuguesa indica que el apellido materno es el que va primero, seguido del paterno.
EN EL RESTO DEL MUNDO
En el resto del planeta existe una gran diversidad de casos. Según un artículo de Europa Press, el Código Civil de Portugal establece que los padres pueden decidir el orden y la cantidad de apellidos que llevará el menor. En ese país es costumbre que se lleve primero el apellido materno pero que se transmita el paterno a la siguiente generación.
En Francia, por otro lado, en el 2005 se modificó la legislación que establecía al apellido paterno como el primero, así que actualmente se puede elegir si se inscribe al niño con uno o ambos y en qué orden.
España también permite elegir el orden de los apellidos, pero una vez que se ha tomado la decisión -en caso de que haya más hijos- estos deberán seguir el esquema elegido para el primogénito.
Italia establece que la atribución automática del apellido paterno es ilegítima y se permite solicitar un cambio de criterio en cada caso, mientras que en Alemania el matrimonio elige uno de los apellidos de la pareja como el familiar y ese es el que se transmite a los hijos.
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Un caso similar al alemán es el que sucede en Serbia, donde el matrimonio elige el apellido -o apellidos- que llevará la familia y ese es el que se transmite a los hijos.
En países como Reino Unido, Estados Unidos o Turquía por tradición se utiliza el apellido paterno, incluso las esposas adoptan el mismo al momento de contraer matrimonio.
En Japón la figura es similar, con la esposa adoptando el apellido de su pareja, el mismo que es transmitido a sus hijos.
En Suecia, por otro lado, los padres eligen el orden de los apellidos y en caso de no estar de acuerdo se registrará al menor con el apellido materno.
En Suiza, desde hace algunos años las parejas también pueden elegir el orden de los apellidos, aunque la mayoría opta por unificarlos y convertir el primer apellido del bebé en uno compuesto mediante un guion.
En China, finalmente, la esposa puede mantener su apellido de soltera pero es el padre quien decide el apellido de los hijos, apunta Europa Press.
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