Antauro Humala fue trasladado el último jueves desde el penal Virgen de la Merced (Chorrillos) a Ancón II. El INPE tomó esta decisión por medidas de seguridad.  (Foto: GEC)
Antauro Humala fue trasladado el último jueves desde el penal Virgen de la Merced (Chorrillos) a Ancón II. El INPE tomó esta decisión por medidas de seguridad. (Foto: GEC)
/ MARIO ZAPATA
Enrique Vera

trataba de convertir el penal Virgen de la Merced en un despacho para su carrera política, según lo determinó la administración de ese establecimiento en un informe emitido esta semana. El ex militar, pese a tener una condena de 19 años de prisión por cinco delitos perpetrados durante el ‘’ [entre ellos la coautoría en el asesinato de cuatro policías y el secuestro de 21 personas], busca tentar la presidencia de la República en el 2021.

El miércoles pasado, el jefe de la División de Seguridad del penal Virgen de la Merced, Efraín Morales, recomendó al director de esa cárcel, Richard Leonardo Carhuas, el traslado de Humala por medidas de seguridad. En su informe, Morales indicó que el líder etnocacerista brindó el pasado 27 de julio una entrevista periodística donde habló de su postulación a las elecciones presidenciales. Antauro Humala tiene prohibido realizar actividades políticas y proselitistas en la cárcel. Además, el funcionario anotó que Humala pretendía convertir ese reclusorio en una base política y creaba malestar en el al declarar a los medios de comunicación vía escritos que sus abogados llevaban de forma oculta.

“El interno [...] trata de desestabilizar la gestión [...] y desea que sus representantes vengan a visitarlo a este recinto penitenciario tratando de convertirlo como su base política, lo cual está prohibido”, se detalla en el documento.

El INPE, más allá de ejecutar la recomendación del jefe de seguridad, decidió la noche del jueves desactivar Virgen de la Merced y trasladar a los 15 internos de ese penal al establecimiento penitenciario modelo Ancón II. La acusación en contra de Humala por vulnerar la seguridad integral del penal fue uno de los factores determinantes para la toma de esta decisión.

La medida del INPE colisiona contra los intentos de Humala por conseguir su libertad condicional y, de esa manera, dirigir el Frente Patriótico Peruano, movimiento político con el cual buscaría presentarse a los próximos comicios generales. Con ese objetivo, el exlegislador Virgilio Acuña había cancelado mediante dos pagos de S/50 mil la reparación civil que Humala debía al Estado, uno de los requisitos consignados en el Código de Ejecución Penal.

El 13 de setiembre, Humala presentó su solicitud de libertad condicional en la que argumentaba que ya había cumplido más de las tres cuartas partes de su condena, otra de las exigencias para la concesión del beneficio. Según Carmen Huidobro, abogada de Antauro Humala, su defendido esperaba que por estas fechas el Consejo Técnico Penitenciario del penal Virgen de la Merced ya tuviera organizado su expediente con los requisitos completos para obtener el beneficio, y propusiera así su excarcelación al juzgado que debe resolver el caso tras una audiencia.

Sin embargo, fue uno de los integrantes del consejo técnico de la prisión militar (Efraín Morales) quien tenía en investigación a Humala y recomendó su traslado a partir de la entrevista que el etnocacerista dio en julio y de las actividades políticas que le atribuyen. El informe da cuenta de que Humala pedía ser visitado por representantes del Frente Patriótico Peruano y ello, al parecer, se cumplía cada fin de semana. El mes pasado, el secretario general del frente en Lima Metropolitana, José Godoy, dijo a El Comercio que Humala recibía los domingos a 10 miembros de la comisión política y a dirigentes provinciales. Este Diario captó en dos domingos sucesivos a Virgilio Acuña, también actual vocero político del frente, ingresando a Virgen de la Merced.

El Código de Ejecución Penal establece además que el expediente del interno aspirante a la libertad condicional debe contener un certificado de conducta que haga referencia a sus actos de indisciplina y a las medidas que se le hubieran impuesto. Este sería el punto más débil para el caso de Humala debido a los actos proselitistas que le atribuyen y que fueron determinantes para el cierre del recinto. En junio, él también fue sancionado por emitir un pronunciamiento por teléfono durante el lanzamiento del Frente Patriótico Peruano. Algo que la abogada Huidobro cataloga como un acto abusivo e ilegal, pues, según afirma, las investigaciones a Humala excedieron los 15 días del plazo máximo estipulado.

Por ahora, Huidobro, ha presentado un hábeas corpus por cuanto considera que los derechos de su defendido han sido atropellados “al endilgársele imputaciones falsas”. Ella anunció que gestionará que el pedido de liberación condicional presentado por Humala ante la dirección de la prisión militar sea derivado a la de Ancón II para que el Consejo Técnico Penitenciario de este penal desarrolle el proceso.

El excongresista Virgilio Acuña visitó varias veces a Humala en el penal.
El excongresista Virgilio Acuña visitó varias veces a Humala en el penal.

—El proceso—

El abogado especialista en ejecución penal Germán Small Arana explicó a este Diario que un Consejo Técnico Penitenciario puede rechazar un expediente de libertad condicional si considera que falta un requisito. En caso contrario, una vez reunidos los requerimientos, el consejo técnico debe remitir el expediente al juzgado que dictó la sentencia y este despacho tendrá cinco días para declarar saneado o no el proceso. De ser positiva la determinación, el juzgado debe llamar a una audiencia dentro de los próximos 10 días.

Small indicó que en la audiencia el abogado defensor expone las pruebas que ha incorporado para que su patrocinado sea merecedor de la libertad condicional y que la contraparte está a cargo de un fiscal provincial de la jurisdicción donde fue sentenciado el interno. Terminada la audiencia, el juzgado puede resolver si declara procedente el beneficio. Cualquiera de las partes puede interponer el recurso de apelación y tienen dos días para fundamentarlo. Si no lo hicieran en ese plazo, la impugnación al fallo se da por inadmisible.

El especialista hizo hincapié en que la libertad condicional está sujeta a una serie de reglas de conducta y por ello no es una libertad definitiva. Un interno que obtiene el beneficio continúa siendo un condenado hasta el cumplimiento de la pena impuesta, sostuvo. Es decir, si Antauro Humala alcanzara la libertad condicional seguiría en situación de sentenciado hasta el 22 de enero del 2024, fecha en que concluye su condena.

—Precisiones—

►Un expediente de libertad condicional debe incluir el certificado de conducta del interno que pide libertad condicional, sus antecedentes judiciales, el certificado de cómputo laboral o estudios en el penal y un informe sobre su grado de readaptación emitido por las áreas de tratamiento.

►Un Consejo Técnico Penitenciario está integrado por el presidente del penal, el director de administración, el jefe de seguridad y un miembro del órgano técnico (abogado, psicólogo o asistente social). Ellos recaban la información del interno que pide libertad condicional, organizan su expediente y evalúan si cumplió con los requisitos.

►En un comunicado dirigido desde el penal Virgen de la Merced, el pasado 30 de setiembre, Antauro Humala sostuvo que el Frente Patriótico Peruano tiene como objetivo participar en las elecciones congresales fijadas para el 26 de enero del próximo año.

“La ley es clara, no puede postular”

El especialista electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) Manuel Chuquillanqui precisó que el artículo 33 de la Constitución Política del Perú indica que los derechos políticos de un ciudadano se restringen o limitan, entre otras causales, cuando pesa sobre este una sentencia firme de pena privativa de la libertad.

“Un ciudadano con esa condena no podría ser candidato en un proceso electoral”, dijo. La recuperación de la plenitud de sus derechos, refirió, se produce cuando ya ha sido rehabilitado y es el Poder Judicial el que informa al JNE sobre el estado de la sentencia del ciudadano.

Aunque Chuquillanqui no se refirió específicamente al caso de Antauro Humala sino al de todos los condenados, el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi sí remarcó que, de acuerdo con el artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (26859), la postulación de Antauro Humala a la presidencia de la República no es viable, pues tiene sentencia consentida o ejecutoriada vigente por la comisión de delito doloso y por no haber pagado totalmente su reparación civil.

“Quizá le puedan dar excarcelación sujeta a una conducta determinada, pero eso en nada significa que ya cumplió su condena. La ley es clara, no puede postular”, subrayó.

Sobre el particular, la defensa legal de Humala, Carmen Huidobro, aseguró que en la sentencia dictada a su patrocinado no hay impedimento ni inhabilitación para que sea elegido. Sin embargo, señaló que el equipo de abogados que lidera se prepara para todos los escenarios a fin de que no se vulneren los derechos de su defendido.

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