Corte Suprema confirma sentencia que absuelve a Máxima Acuña
Corte Suprema confirma sentencia que absuelve a Máxima Acuña
Redacción EC

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmó la sentencia que absuelve a y su familia del delito de usurpación.

Corte Suprema confirma absolución de Máxima Acuña y declara infundado recurso de casación de minera — Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_)

Los magistrados declararon infundado el recurso de casación presentado por la minera Yanacocha en contra del fallo dictado en segunda instancia a favor de Acuña por la Corte Superior de Cajamarca.

En el 2011, la minera Yanacocha denunció por el delito de usurpación agravada a la familia Chaupe Acuña por invadir un terreno de 30 hectáreas en Sorochuco (Cajamarca) que sostienen es de su propiedad. Un año después, un juzgado cajamarquino dictó tres años de prisión suspendida contra los esposos por el delito de usurpación. Sin embargo, en el 2014, el Poder Judicial revocó la condena.

Ante esto, la minera presentó el recurso de casación que hoy fue declarado infundado por la Corte Suprema. El Poder Judicial recordó que esta sentencia tiene carácter de definitiva en la vía ordinaria nacional.

Yanacocha continuará por vía civil

A través de un comunicado, Javier Velarde, vicepresidente y gerente general y asuntos corporativos de Yanacocha, indicó que la empresa respetará la decisión de la Corte Suprema y "continuará defendiendo los derechos de la empresa a través de los procesos civiles aún pendientes en el Poder Judicial".

La minera indicó que continuará trabajando para lograr una solución justa "mediante un diálogo directo y de buena fe con la familia Chaupe".

En tanto, el vocero de la empresa, Raúl Farfán, precisó que la resolución de la Corte Suprema pone fin al proceso penal por usurpación agravada, más no por la posesión del terreno en disputa.

"Lo que ha sentenciado la Corte hoy es que en el momento que se invade el predio no se ha podido identificar que hubo violencia por parte de la familia Chaupe y este es un requisito fundamental para el delito de usurpación agraviada. Pero la misma sentencia señala que el derecho a la posesión del inmueble deberá ser determinado por la vía civil", precisó a El Comercio.

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