En este año electoral, las municipalidades de la capital y de la provincia constitucional del Callao firmaron un total de 225 contratos con diversas empresas y consorcios del sector construcción. Dentro de este número de proyectos, 47 se destacan por el historial de los contratistas: 34 compañías que incurrieron previamente en infracciones o incumplimientos en obras y servicios similares.
TAMBIÉN LEE: Más de 150 candidatos a gobernadores y alcaldes tienen sentencia por violencia familiar
De este total de empresas con antecedentes ante el tribunal del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, a 29 se les impuso multa o inhabilitación temporal, comúnmente por presentar información falsa o inexacta a las entidades públicas, ocasionar que la entidad contratante resuelva el contrato, no mantener su oferta, entre otras acciones sancionables por la Ley Nº 30225. De otro lado, a 7 se les exigió pago de penalidades por incumplimiento de contratos o demoras en la entrega de la obra. Sobre 4 pesaron, además, sanciones combinadas, entre multa o inhabilitación y penalidad.
Asimismo, entre las firmas contratistas, dos figuran con inhabilitaciones vigentes, que les impiden contratar con cualquier entidad del Estado por un plazo de 36 meses. Se trata de la Corporación San Andrés S.A.C., que tiene contratos ya concluidos con la municipalidad de Santiago de Surco, y del Grupo Nivi S.A.C., que aún guarda relación contractual con el municipio de Lima Metropolitana hasta el último día del presente agosto.
De acuerdo con fallos del Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE), San Andrés recibió su sanción posteriormente a la firma del convenio con Surco. Lo mismo sucedió con el Grupo Nivi, que ya había ganado buena pro con Lima en enero y quedó impedida de contratar con el Estado en junio.
En diálogo con El Comercio, la abogada especialista en contratos públicos, Cecilia Ruiz, precisó que sanciones drásticas como la inhabilitación por 36 meses no afecta los contratos que fueron firmados con anterioridad. En ese sentido, las compañías proveedoras mantienen la obligación de continuar con los proyectos.
“La inhabilitación o el impedimento [de contratar con el Estado] siempre toma efectos hacia adelante. El día posterior de notificada una sanción como esa, la empresa no puede suscribir más contratos, aun cuando ya haya ganado una adjudicación. Tampoco puede presentar ofertas al Estado ni continuar con etapas del proceso de selección”, dijo Ruiz.
Historial negativo
De las 34 empresas identificadas con registro de infracciones, 10 han recibido sanciones del TCE en más de una ocasión. Por ejemplo, las compañías Meneas S.R.L. y Emobyser Contratistas Generales S.A.C., que luego de rehabilitadas contrataron este año con las municipalidades de Ventanilla y Barranco, respectivamente, figuran con 4 inhabilitaciones temporales cada una por acciones prohibidas, como presentar datos falsos o inexactos.
La profesora de la Escuela de Gestión Pública de la UP, Karla Gaviño, indicó a este Diario que los municipios podrían ser más diligentes al evaluar a postulantes con historial negativo. Esto, en consideración del riesgo a que las empresas vuelvan a incurrir en malas prácticas y se perjudique la continuidad de las obras públicas por resoluciones de contrato o entregas con retraso.
“Cuando la empresa reincide en faltas frente a un nuevo proyecto, lo que termina ocurriendo es una mala utilización del recurso público. Los vecinos se ven afectados cuando no hay cautela en estos procesos de selección y las obras se interrumpen o no se entregan en el plazo acordado. Si las empresas han incumplido obligaciones contractuales o han llevado a la resolución de contratos, por más que en ese momento ya no esté vigente la sanción, la municipalidad debería tener reparos”, estimó.
En coincidencia con Gaviño, el también especialista Rodolfo Fierro sugirió que la norma de contrataciones del Estado podría modificarse para ofrecer mejores mecanismos de prevención de riesgos frente a empresas ya sancionadas.
“Si una empresa tienen un historial de litigios que compromete a su financiamiento, no debería participar. O, en todo caso, se le podría dar la discrecionalidad a la institución pública [a no contratarla]. El debate se puede abrir porque, finalmente, los ciudadanos pagan impuestos para recibir servicios y obras de calidad. Los litigios o reincidencia de sanciones son indicadores de que la empresa no está funcionando bien”, dijo.
No obstante, la especialista Cecilia Ruiz discrepa de este tipo de medidas. Comentó que el Tribunal de Contrataciones del Estado puede imponer sanciones más duras, como la inhabilitación definitiva, a las compañías que acumulan infracciones reiteradas y que una exclusión desde los municipios sería discriminatoria.