la asociación civil Transparencia se pronunció sobre los cambios aprobados por la Comisión de Constitución al Nuevo Código Procesal Constitucional. (Foto: Difusión)
la asociación civil Transparencia se pronunció sobre los cambios aprobados por la Comisión de Constitución al Nuevo Código Procesal Constitucional. (Foto: Difusión)
Redacción EC

La asociación civil Transparencia afirmó que el “insiste en la vía autoritaria” al pretender modificar el Nuevo Código Procesal Constitucional, a través de un proyecto de ley ya aprobado en la .

En un pronunciamiento, señaló que el Parlamento “viola nuevamente la separación y el equilibrio de poderes” al pretender reducir los votos para resolver demandas competenciales en el Tribunal Constitucional (TC), incluso para procesos en curso en los que está involucrado, “lo cual constituye un abierto conflicto de interés”.

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También cuestionó que con dichas modificaciones haya decidido excluir decisiones del Congreso del control judicial, lo que “consagra la supremacía parlamentaria y viola el equilibrio de poderes”.

“Con este proyecto, el Congreso niega el control jurisdiccional sobre decisiones públicas y legisla, una vez más, con el fin de concentrar todo el poder sobre el sistema político. Ello no solo es ilegal e inconstitucional sino que destruye las bases del Estado de Derecho y de la democracia en el Perú”, subrayó.

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“El Congreso pretende convertirse en el primer poder del Estado. Eso va contra nuestra tradición democrática donde existe un equilibrio y balance de poderes”, sentenció.

Como se recuerda, la Comisión de Constitución, presidida por Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) aprobó con 14 votos a favor, 4 en contra y 8 abstenciones, el dictamen de los proyectos de ley 4145/2022-CR, 4203/2022-MP, y otros, que modifica la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional.

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Según la propuesta, el objetivo es fortalecer los fines de los procesos constitucionales, agrupando en total unos trece proyectos de ley que, luego del debate y votación de la comisión, modifican el artículo VI del Título Preliminar y los artículos 6, 42, 101, 110, 111 y 112 e incorpora el artículo 79-A a la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional.

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