La bancada de Cambio Democrático, a propuesta del congresista Edgard Reyrnundo, presentó un proyecto de reforma constitucional que plantea ampliar las causales de acusación del presidente de la República.
Se trata de la iniciativa legislativa 3983/2022-CR que propone modificar el artículo 117 de la Constitución, que regula las causales de acusación de origen penal en contra del mandatario de turno durante su periodo para incluir delitos de corrupción.
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De este modo, se plantea incorporar nuevas causales para acusar al presidente de la República, como organización criminal, corrupción y delitos de lesa humanidad. El artículo 117 de la Carta Magna vigente quedaría redactado de la siguiente manera:
“El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su periodo, por traición a la Patria; por integrar una organización criminal; por delitos de corrupción; por delitos contra la humanidad; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral”.
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En la exposición de motivos se señala que la disposición constitucional no tiene en cuenta la comisión de delitos contra la administración pública o contra la humanidad.
“Esto genera, entre los ciudadanos, la percepción de un ejercicio abusivo del poder e impunidad subsecuente, que se traducen en descrédito del más alto dignatario de la Nación y la institución de la Presidencia de la República. Con ello se pone en grave riesgo a la institucionalidad democrática en el Perú”, indica.
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También se refiere que el objetivo de la reforma es que la ciudadanía recupere la credibilidad en sus instituciones y que los mecanismos constitucionales, legales, y de control político le garantice que sus autoridades, en este caso el presidente de la República, “se conducirán en la función pública encargada por mandato popular con transparencia y probidad”.
“En la práctica, la data histórica refiere que 05 presidentes de la República han sido procesados por delitos cometido en el ejercicio de su función, y en ningún caso, han sido acusados durante su periodo presidencial”, subraya.
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