Después de dos semanas y media desde que el Ejecutivo realizó un conjunto de observaciones a la autógrafa que restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia, la Comisión de Justicia del Congreso, controlada por el perulibrista Isaac Mita, debatió este miércoles el predictamen en el que se acogen parcialmente a las propuestas del gobierno para regular esta figura.

No obstante, durante el debate, el congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular) planteó una cuestión previa para que descarte la iniciativa del gobierno y se priorice la insistencia. Este fue aprobado por mayoría.

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Héctor Villalobos

Tras ello, Mita planteó que vote el dictamen de insistencia con cargo a redacción, que también fue respaldado. Perú Libre votó en contra en bloque.

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Desde la Fiscalía de la Nación, la Corte Suprema de Justicia y el Colegio de Abogados de Lima (CAL) se han mostrado en contra de las observaciones planteadas por la administración de Boluarte Zegarra.

Por ejemplo, durante la mesa técnica organizada por la comisión hace dos semanas, Wilbert Espino Medrano- asesor de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza- afirmó que la posición del Ministerio Público es que se retorne a la fórmula original del artículo 261 del Código Procesal Penal. Es decir, que baste con que existan razones plausibles de fuga u obstaculización para que un juez pueda dictar detención preliminar para un imputado por un delito, cuya pena sea superior a los cuatro años.

“Los argumentos para la modificación no presentan solidez. Quiero dejar constancia de que el Ministerio Público es una institución que actúa dentro de un mandato constitucional”, manifestó.

Espino Medrano remarcó que no es cierto que “no exista ningún tipo de control” por parte del Poder Judicial antes de otorgar una detención preliminar.

“Hay una evaluación y mecanismos de control. Y [la detención preliminar] tampoco se convierte en un instrumento de coacción ante los ciudadanos para que asuman una colaboración eficaz, no se detiene a alguien para presionarlo, la colaboración eficaz es una decisión propia de la persona investigada”, refirió.

El presidente de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, José Antonio Neyra Flores, calificó como “un absurdo” que en sus observaciones el Ejecutivo busque prohibir que un mismo juez de investigación preparatoria resuelva la detención preliminar y luego la prisión preventiva, así como la utilización de los mismos elementos de convicción.

Un estudio de CHS Alternativo- publicado por El Comercio- reveló que la propuesta del Ejecutivo para regular la detención preliminar en casos de no flagrancia dejaría fuera a 88 delitos, entre ellos los relacionados a corrupción y crimen organizado.

El predictamen de la Comisión de Constitución establece que la detención preliminar solo sea para un número limitado de delitos.

Además, remarca que el imputado, tras haber sido detenido preliminarmente, deberá ser puesto a disposición del juez de investigación preparatoria que emitió la orden, a fin de que se realizar una audiencia, donde el referido magistrado confirme o no la aprehensión.

El texto también indica que la fiscalía y la Policía tiene “prohibido” divulgar “cualquier forma las actuaciones realizadas en el desarrollo de dicha diligencia, bajo responsabilidad funcional”. “La inobservancia de este mandato legal configura infracción muy grave, conforme a la ley que rija la carrera del funcionario o servidor infractor”, subraya el documento.

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