El Congreso ha recortado la principal herramienta de la fiscalía para luchar contra las organizaciones criminales dedicadas a delitos que van desde la corrupción hasta la extorsión, el terrorismo, la minería ilegal, la trata de personas y el narcotráfico.
El pleno aprobó la noche del jueves por insistencia una ley que golpea gravemente los procesos especiales de colaboración eficaz. Esto a pesar de la observación hechas por el Ejecutivo y las oposiciones manifestadas desde el Ministerio Público y la Procuraduría General del Estado.
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La insistencia obtuvo 89 votos a favor, 15 en contra y dos abstenciones. Al ser una insistencia frente a una ley que habia sido observada por el Ejecutivo, no se requiere una segunda votación y el Congreso podrá ordenar su promulgación.
Esto había sido aprobada previamente por la Comisión de Justicia, presidida por Janet Rivas (Perú Libre). Ante el pleno, fue ella quien dijo que las observaciones hechas por el Ejecutivo no eran atendibles y defendió que el proyecto busca “fortalecer” la colaboración eficaz.
En el debate posterior, legisladoras como Ruth Luque y Susel Paredes (Cambio Democrático) advirtieron que al imponer un plazo fijo para la corroboración de la información que da un colaborador eficaz, en realidad se estaba favoreciendo al crimen organizado y se estaba perjudicando el trabajo de la fiscalía.
Del otro lado, Óscar Zea, legislador del Bloque Magisterial e investigado por el caso ‘Los Niños’, defendió la propuesta afirmando que no podían pasar hasta “ocho o diez años” sin que concluya un proceso de colaboración. En tanto, Héctor Valer (Somos Perú) apeló a defender la honra de las personas que son delatadas por los colaboradores.
Afectación
Un colaborador eficaz es una persona que pertence a una red criminal y ante la evidencia, opta por arrepentirse y dar a la fiscalía información y evidencia privilegidada sobre esa red, la cual no sería posible conseguir de otra manera. Esto a cambio de la reducción o exoneración de la pena.
Si la información que da es valiosa y es corroborada, el Poder Judicial le dicta una sentencia de colaboración eficaz y se le excluye del proceso penal. La ley vigente hasta este jueves no establece un plazo para la corroboración, que en casos de crimen organizado y transnacional puede ser bastante compleja por requerirr de herramientas como la cooperación internacional, etc.
La propuesta aprobada por insistencia, sin embargo, establece un plazo de ocho meses desde que inicia el procedimiento hasta que se aprueba por un juez, el cual puede ser ampliado por ocho meses más en casos de crimen organizado. En los meses previos, la propuesta había sido ampliamante criticada por la fiscalía, la procuraduría y especialistas en Derecho.
Ellos advirtieron que este plazo afectaba gravemente la posibilidad de que la colaboración eficaz sea exitosa y más bien era un desincentivo para que los criminales se arrepientan y colaberan con la justicia. Así, se afectaba la lucha contra la criminalidad en casos de crimen organizado de todo tipo: corrupción, narcotráfico, terrorismo, extorsión, minería ilegal, trata de personas, etc.
El plazo impuesto, además, no va de la mano con los plazo de la fiscalía para investigar. Desde ahora, en casos de crimen organizado el plazo de indagación es de 36 meses, pero el plazo para cerrar una colaboración es de solo ocho meses, menos de la tercera parte.
Otros cambios criticados son la obligación de grabar las declaraciones del colaborador, lo que podría arriesgar la reserva de su identidad; y que se le atribuya al fiscal la obligación de proteger “el secreto o o reserva de la totalidad del proceso de colaboracion eficaz”, así como el contenido de su declaraciones.
También se ha cuestionado que se obligue al fiscal a firmar un precuerdo donde si fije por adelantado los beneficios que recibirá el colaborador antes de que su información pueda corroborarse; y que no se distinga entre la colaboración de una persona natural de la que tiene una persona jurídica (empresa). Esta última es mucho más compleja y duradera.
INFORMACIÓN PREVIA
El pleno del Congreso -que concluirá su legislatura este viernes- tiene en agenda la aprobación por insistencia de un dictamen que golpea la figura de la colaboración eficaz. El texto ya había sido observado por el Ejecutivo y ampliamente cuestionado por expertos e instituciones.
En noviembre, la Comisión de Justicia, presidida por Janet Rivas (Perú Libre), aprobó -con un solo voto en contra- la insistencia de la norma que, según advierten los especialistas, afecta la lucha contra la corrupción y la inseguridad ciudadana.
Por ejemplo, instituciones como la Procuraduría General del Estado y Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato, Ministerio Público, Poder Judicial, Defensoría del Pueblo y Proética habían mostrado su oposición a la norma.
El cuestionado texto establece, entre otros cambios, que desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo de beneficios y colaboración eficaz o su denegación se dará un plazo máximo de 8 meses.
La autógrafa de ley había sido aprobada por el pleno del Congreso en junio pasado, pero fue observada por el Ejecutivo (aunque solo en un aspecto) y devuelta al Parlamento en julio.
Sin embargo, la comisión, presidida por Janet Rivas (Perú Libre), decidió insistir en el texto inicial, que ahora deberá ser debatido por el pleno del Congreso. Si logra la mayoría de votos, la cuestionada norma será promulgada por insistencia directamente por el Parlamento.
Votaron a favor congresistas de Perú Libre, Fuerza Popular, Bloque Magisterial, Alianza para el Progreso, Avanza País, Renovación Popular, Perú Bicentenario, Podemos y Acción Popular. Solo Cambio Democrático-Juntos por el Perú se opuso.
En julio, El Comercio reveló que al menos 200 procesos de colaboración eficaz actualmente en marcha en casos de corrupción y crimen organizado corren riesgo de caerse por dicha norma. Entre estos expediente están las colaboraciones en los casos ligados al expresidente Pedro Castillo que investigan el equipo especial contra la corrupción en el poder y la Fiscalía de la Nación.
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