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Sigue favoreciendo a la minería ilegal: Los peligros de la nueva ley MAPE que podría aprobar el Congreso
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La Comisión de Energía y Minas del Congreso tiene en sus manos una nueva propuesta para cambiar la normativa sobre la pequeña minería y la minería artesanal, conocida como la nueva Ley MAPE. Aunque estaba previsto que ese grupo de trabajo debatiera el proyecto el martes 10, la sesión tuvo que ser suspendida debido a un cruce de horarios con el pleno del Parlamento.
Antes de suspender la sesión, el presidente de la comisión, el congresista Paul Gutiérrez (Bloque Magisterial), informó que evalúa convocar a una sesión extraordinaria para esta semana, “en vista de la importancia de la Ley MAPE”.
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La semana pasada, el predictamen pasó a cuarto intermedio por falta de consenso entre los miembros de la comisión. No obstante, la nueva propuesta insiste en legitimar a la minería informal e ilegal, según detectaron la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) y el especialista en derecho ambiental César Ipenza.
La propuesta, presentada en un texto sustitutorio, crea un nuevo Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), un mecanismo que —en la práctica— ha facilitado la expansión de la minería ilegal. De acuerdo con la iniciativa, el nuevo Reinfo se denominará Registro Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Renapma).
ESTE ES EL TEXTO SUSTITUTORIO:
A diferencia del predictamen anterior, el nuevo texto elimina el término “minería tradicional”, pero continúa dando respaldo a la actividad ilegal, advierten la SNMPE e Ipenza.
“El objetivo sigue siendo legitimar la minería informal e ilegal mediante un proceso de formalización permanente, a través de la inscripción en el Renapma”, detectó la SNMPE.
Ipenza, por su parte, consideró que el Renapma “es un Reinfo con más facilidades”. “Se incluye todo un capítulo de beneficios tributarios y se mantiene la exención de responsabilidad penal para los mineros”, añadió.
Según la SNMPE, el Renapma mantiene el objetivo de legitimar la minería informal e ilegal mediante un nuevo proceso de formalización permanente. Además, la inscripción sigue exigiendo solo requisitos formales mínimos —como DNI, RUC y coordenadas UTM— a los que ahora se suma la presentación de una guía de remisión y un comprobante de pago, documentos que se emiten al comercializar mineral, pero que no garantizan una evaluación técnica previa.
Riesgos
El texto mantiene figuras peligrosas como la servidumbre minera, que permitiría la invasión o expropiación de concesiones formales, y la validación del origen lícito del mineral solo por estar inscrito en el Renapma, sin trazabilidad ni fiscalización real, detectó la SNMPE.
También persiste la posibilidad de operar sin concesión de beneficio para actividades de procesamiento de minerales, lo que antes solo se permitía a la minería artesanal. El nuevo esquema debilita además los instrumentos ambientales al permitir que estos sean elaborados sin participación de entidades técnicas registradas ante el Ministerio del Ambiente.
En materia fiscal, la propuesta incluye beneficios tributarios y financieros especiales —con participación del Banco de la Nación— que, según la SNMPE, generan un marco preferencial y discriminatorio frente a otras actividades productivas.
Una figura desnaturalizada
Una de las novedades identificadas por la SNMPE es la modificación a la Ley General de Minería, que amplía los márgenes operativos de la minería artesanal: se eleva la capacidad de producción de 25 a 50 toneladas métricas por día y se autoriza el uso de “tecnologías operativas de baja complejidad”.
Ipenza: “Esto no es una ley MAPE, es una nueva ley de formalización minera”
El abogado ambientalista César Ipenza sostiene que, si bien el texto elimina la categoría de “minero tradicional”, que planteaba operar sin cumplir casi ninguna exigencia, los problemas de fondo persisten.
“Uno de los puntos más graves es el capítulo de servidumbre minera. Obliga al titular formal a permitir el acceso de un minero a su concesión”, advirtió.
Otro aspecto preocupante, según destacó Ipenza, es la propuesta para permitir minería aluvial sobre cuerpos de agua. “Esto contraviene una sentencia del Tribunal Constitucional de 2012 que prohíbe la actividad minera sobre los cuerpos de agua. En la práctica, abriría la puerta al uso de dragas en todos los ríos amazónicos”, explicó.
Además, Ipenza denunció que el texto prácticamente fuerza a los pueblos indígenas a convertirse en mineros. “Se establece un plazo para que ellos soliciten concesiones sobre sus territorios, y si no lo hacen, los mineros de la MAPE pueden hacerlo. Entonces, en la práctica estás obligando a que los pueblos indígenas soliciten concesiones sobre sus tierras”, señaló en diálogo con El Comercio.
Sobre el nuevo registro Renapma, Ipenza consideró: “Es un Reinfo con más facilidades. Incluye beneficios tributarios, mantiene la exención de responsabilidad penal y no pone plazos para culminar el proceso de formalización. Un minero ilegal puede inscribirse y automáticamente accede a todos esos beneficios”.
Finalmente, cuestionó el carácter parcial de la norma. “Esta no es una ley para toda la pequeña minería. Está hecha para quienes operan al margen de la ley. Más que una Ley MAPE, esto es una nueva ley de formalización minera”, concluyó.











