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El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Blume, dijo que el proceso de inconstitucionalidad en contra de le ley que prohíbe la publicidad estatal en los medios de comunicación privados se ciñe a los plazos ordinarios. Agregó que no existe “un marcada celeridad” en el trámite de esa demanda.
Explicó que los procesos de inconstitucionalidad se atienden con mayor prontitud, porque representan menos del 1% de la carga procesal general del TC, en comparación con los casos de hábeas corpus, hábeas data, acciones de cumplimiento, de amparo, entre otros.
“Cuando el tribunal resuelve, va atendiendo de acuerdo al tipo de proceso. Y en lo que es inconstitucionalidad no hay mucho proceso ni mucho retraso y, por lo tanto, le da una atención más rápida que a otros procesos en donde la carga es mucho mayor”, recalcó el magistrado.
Ernesto Blume afirmó que normalmente este tipo de procesos generan mucho interés público porque atañen a toda la sociedad, como en el caso de la llamada “ley de medios”, que -según los demandantes- contraviene el derecho constitucional a la libertad de información.
En ese sentido, mencionó que el TC da preferencia a los procesos que tienen un “alto interés público” porque comprenden temas situados en la atención de toda colectividad peruana y por ende merecen ser atendidos con prioridad.
“Por lo tanto, no es exacto -como se ha dicho- que estemos actuando con una marcada celeridad. Lo estamos haciendo como lo hemos hecho siempre ante temas de interés público, y este asunto lo merece dada su importancia y trascendencia”, manifestó Ernesto Blume.
El magistrado consideró que, si bien la crítica es importante y constructiva, resulta paradójico que en algunas ocasiones se cuestione al TC por una supuesta lentitud en la resolución de procesos, y en otras por actuar con celeridad pese a la carga procesal existente. (Fuente: Andina)











