Los informes fueron elaborados por la Dirección General de Asuntos Criminológicos y la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, ambas del Minjus. Foto: Manuel Melgar
Los informes fueron elaborados por la Dirección General de Asuntos Criminológicos y la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, ambas del Minjus. Foto: Manuel Melgar
/ MANUEL MELGAR
Redacción EC

Dos informes elaborados por equipos técnicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) consideran “viable” la autógrafa de ley que limita los y crímenes de guerra.

La autógrafa de ley fue aprobada por el Congreso en dos votaciones y está pendiente de ser observada o promulgada por el Ejecutivo. Establece que nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra por hechos cometidos antes del 1 de julio de 2002.

Los informes fueron elaborados por la Dirección General de Asuntos Criminológicos y la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, ambas del Minjus.

Los documentos, a los que accedió El Comercio, están dirigidos al viceministro de Justicia, Juan Alcántara Medrano.

Argumentos

El informe legal de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria señala que lo planteado en la autógrafa de ley se ampara en la facultad del Congreso para legislar.

“Se trata de un ejercicio normativo por parte del legislador democrático por virtud del cual decide la regulación de la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad al amparo de otros bienes de relevancia constitucional como son el principio de irretroactividad de la ley penal y el instituto de la prescripción”, señala el documento.

Además, considera que la propuesta normativa se sostiene en el principio de seguridad jurídica “al dotar de una mayor predictibilidad al juzgamiento y a la determinación de la prescripción de los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad en nuestro país”.

El informe no advierte observaciones sobre la autógrafa de ley. Y concluye: “En consecuencia, se considera jurídicamente viable, por lo que corresponde a la Presidencia de la República actuar conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Constitución”.

El artículo 108 de la Constitución señala los caminos que siguen las propuestas normativas para convertirse en leyes.

El informe es firmado por el director general de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria, Beyker Chamorro López; y el director de Desarrollo Jurídico y Calidad Regulatoria, Emiliano Zapata Facundo.

"Viable con observaciones"

Por su parte, el informe técnico de la Dirección General de Asuntos Criminológicos señala que la autógrafa de ley es “viable con observaciones”.

El documento señala que la autógrafa resulta “conforme a lo desarrollado” por el Tribunal Constitucional, el máximo intérprete de la Constitución.

No obstante, observa que “se aplica incorrectamente el principio de irretroactividad penal, ya que no contempla de forma integral las herramientas jurídicas internacionales y la jurisprudencia nacional e internacional” sobre delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.


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