Nueve de los diez partidos políticos que obtuvieron representación en el Congreso de la República en las elecciones generales del 2021 presentaron la rendición de cuentas del financiamiento público directo correspondiente al primer semestre del 2023, según el aplicativo Claridad de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Las agrupaciones políticas que entregaron sus informes técnicos fueron Perú Libre, Renovación Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Somos Perú, Podemos Perú, Partido Morado, Fuerza Popular y Juntos por el Perú.
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Solventados con fondos provenientes del financiamiento público directo, los nueve partidos reportaron, en conjunto, gastos por más de S/ 4 millones, de enero a junio del 2023, en actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de éstas, así como por gastos de funcionamiento ordinario y de adquisición de activos fijos.
Estos partidos políticos solicitaron la subvención mensual y se les realizó la transferencia a sus cuentas bancarias exclusivas para el financiamiento público directo, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11º del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
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En el caso de Acción Popular, esta agrupación política no solicitó dicho financiamiento para el periodo de enero a junio del presente año. Este beneficio aprobado para el periodo de enero a junio del año 2023, asciende a un total de S/ 7 millones 798 mil 001.64, según la Resolución Jefatural n.° 005697-2022-JN/ONPE.
Proceso de verificación
La información entregada por las organizaciones políticas será verificada por un equipo de auditores del organismo electoral, a fin de validar su correcto uso para los fines que especifica la ley, hecho que de incumplirse puede acarrear a la organización política una infracción muy grave sancionada con una multa no menor de 31 ni mayor de 100 UIT y la pérdida del financiamiento público directo.
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Una vez culminada la etapa de verificación y control, la gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios emite un Informe Técnico, pronunciándose sobre el cumplimiento en el correcto uso de los fondos públicos, sistema de control interno, así como de las obligaciones financieras y contables dispuestas en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento, determinando si hay mérito para el inicio un procedimiento administrativo sancionador.
El financiamiento público directo es el otorgamiento de fondos, con cargo al Presupuesto General de la República, a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso de la República, para ser utilizados durante el quinquenio posterior a las elecciones generales en las que fueron electos, de acuerdo con la Ley de Organizaciones Políticas y bajo la reglamentación de la ONPE.
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Según el artículo 29º de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, no menos del 50 % del financiamiento público directo son para actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de estas, bajo criterios de igualdad, paridad y no discriminación entre hombres y mujeres.
Estas actividades pueden estar orientadas a los procesos electorales convocados e involucrar realización de encuestas, desarrollo de sistemas informáticos o herramientas digitales y procesamiento masivo de datos.
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Asimismo, hasta el 50 % del financiamiento público directo recibido son para ser utilizados en gastos de funcionamiento ordinario, así como en la adquisición de inmuebles, mobiliario y otros bienes necesarios para atender actividades consustanciales al objeto de la organización política, así como para la contratación de personal y servicios diversos.
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