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Tomás Gálvez cada vez más cerca de retornar al Ministerio Público: Poder Judicial rechaza suspenderlo en sus funciones, los detalles del caso
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Tomás Gálvez, el exmagistrado investigado por el Caso “Los Cuellos Blancos del Puerto” y el Caso “Onpe”, estaría a un paso de regresar al Ministerio Público (MP) en calidad de fiscal supremo titular y con ello, integrar la Junta de Fiscales Supremos.
Y es que, el Poder Judicial (PJ) rechazó el recurso presentado por la Fiscalía de la Nación (FN) para suspenderlo en sus funciones como fiscal supremo al ser investigado por los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias.
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Gálvez Villegas, en este caso, es sindicado de captar al entonces integrante del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Heber Marcelo Cubas, para asegurar el nombramiento de Adolfo Castillo Meza como jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe).
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Sin embargo, la solicitud planteada por el Ministerio Público fue denegada por el juez de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley, a través de una resolución a la que accedió El Comercio.
Como se recuerda, en mayo último, Gálvez había logrado anular su destitución como fiscal supremo titular a través de una resolución del Tribunal Constitucional (TC), que dejó sin efecto el proceso disciplinario inmediato que le instauró la JNJ por el Caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”.
El TC dispuso su reincorporación como fiscal supremo titular, y se le restituya todas sus facultades en dicho cargo.
Recientemente, el Décimo Juzgado Constitucional de Lima otorgó a la JNJ un plazo de cinco días para que expida la resolución que ejecuta la reposición de Tomás Gálvez en el cargo de fiscal. Dicho plazo vencía este viernes.

A ello se suma que, desde hace más de un año, el Congreso no concluye con el trámite de la denuncia constitucional que la fiscalía presentó en su contra por los presuntos delitos de crimen organizado y tráfico de influencias agravado.
El exfiscal, por ahora, tendría como impedimento para su retorno a la fiscalía, su inscripción como militante del partido partido Peruanos Unidos ¡Somos Libres!.
Gálvez no solo es presidente y fundador de dicha agrupación política; sino también precandidato presidencial.

De acuerdo al artículo 39 de la Ley de Carrera fiscal y el artículo 20 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, los fiscales están prohibidos de participar en política.

Juzgado sostiene que no se evidencia “peligro concreto” de parte del aún exfiscal
Con todos los antecedentes, la Fiscalía de la Nación recurrió al Poder Judicial a fin de lograr que Gálvez Villegas quede suspendido en sus funciones, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos imputados en su contra, pues se argumentó que su actuación fue fundamental para asegurar el cumplimiento del programa criminal de la presunta organización criminal que integraría.
También se alegó las diferentes declaraciones del investigado en contra de quienes serían sus colegas, de retornar al Ministerio Público. Enfiló sus críticas contra los fiscales supremos Pablo Sánchez y Zoraida Ávalos, sobre quienes dijo que “no deberían estar en el Ministerio Público y son los responsables de esta situación caótica y crítica en el Ministerio Público”, entre otras versiones.

Por tanto, señaló que dichas declaraciones previas a su reincorporación efectiva evidencian que pretende instrumentalizar el puesto público al que sería repuesto y desde su posición influir, intimidar o neutralizar a otros miembros del Ministerio Público que no le den la razón o no piensen como él.
Se recordó que los magistrados investigados y que permanecen en sus cargos tienen una posición inmejorable para reincidir u ocultar los hechos a fin lograr impunidad o se les brinda el escenario propicio para continuar en su actividad delictiva.
Por ello, se remarcó que los delitos que se le imputan están combinados con pena de inhabilitación y que además existe la necesidad de neutralizar el riesgo de reiterancia delictiva.
También se advirtió que se evidencia el peligro concreto dadas las específicas modalidades y circunstancias del hecho que hasta la fecha lo vinculan a una presunta organización criminal, lo que permitiría presumir que de retornar podría obstaculizar la averiguación de la verdad.

Finalmente, la fiscalía alegó que el pronunciamiento del Tribunal Constitucional a favor de Gálvez Villegas fue en el marco de un proceso disciplinario y el caso en el que se pide su suspensión funcional se vinculan a otros hechos diferentes a los que fue destituido hace cuatro años.
La defensa de Gálvez argumentó que la fiscalía no es competente para solicitar la suspensión puesto que no tiene en su poder ninguna investigación en su contra y no existen ese tipo de medidas fuera del proceso o de la investigación.
Remarcó que su caso ya se encuentra en el Congreso de la República y, por tanto, es dicha instancia la que ahora tiene prerrogativa sobre su situación legal.
Sumado a ello, recordó que la medida de suspensión es para fiscales que se encuentren en funciones; no obstante, no ejerce el cargo desde el 23 de abril del 2021, entre otros alegatos.
El juez Juan Carlos Checkely señaló que los argumentos presentados por la fiscalía para justificar la suspensión, en el ítem de “suficientes elementos probatorios”, eran los mismos que sustentan la denuncia constitucional en curso en el Congreso de la República; por tanto no variaron.
En ese sentido, explicó, es competencia del Congreso determinar la responsabilidad o no del investigado.
Sobre la necesidad de neutralizar el riesgo de que Gálvez Villegas reitere su presunta conducta delictiva, el juez recordó que la investigación culminó hace más de un año y 11 meses y, y según reconoció la propia Fiscalía, sobre los investigados no recayó ninguna medida coercitiva.
Por tanto, dijo, no basta con que tenga los elementos de convicción que sustentan los delitos que se le imputan sino que exista además un “peligro concreto” lo que no se evidencia a la fecha.
Añadió que Gálvez Villegas cuenta con una sentencia favorable del Tribunal Constitucional y la JNJ aún no lo repone como fiscal en funciones.
“Por lo que no basta con que tenga los elementos de convicción que sustentan los delitos que se le imputan sino que exista además un peligro concreto que a la fecha no se evidencia, que pueda perjudicar en el acervo probatorio, más aún porque, en este momento, el investigado no es funcionario público en funciones.”
Por ello, el juez declaró “infundo” el requerimiento de suspensión preventiva de derechos contra el investigado Tomás Aladino Gálvez Villegas del cargo de fiscal supremo, formulado por la Fiscalía de la Nación.

En declaraciones anteriores, brindadas a El Comercio, Gálvez confirmó que tenía la intención de regresar a su cargo como fiscal supremo y dejar la vida política.
“Tengo que ver todavía (lo que viene ahora), he estado ejerciendo mi profesión como abogado, estoy trabajando mis casos, tengo que reincorporarme a la función fiscal y empaparme de la problemática orgánica al interior del Ministerio Público”, dijo.
De volver al MP, Gálvez Villegas integraría la Junta de Fiscales Supremos junto a la los fiscales Delia Espinoza (Fiscal de la Nación), Pablo Sánchez, Juan Carlos Villena y Zoraida Ávalos.
ACTUAL JUNTA DE FISCALES SUPREMOS













