Una de las pregunas que más se hacen los colombianos, es sobre qué días son feriados para saber cuándo pueden descansar, planear viajes o cualquier otra situación en la que puedan disfrutar cuando no van a laborar. Si bien en febrero no hay ni un solo día festivo, será para marzo cuando tengamos nuestro próximo día de descanso. Conoce cuáles serán los siguientes días festivos que se acatarán en Colombia.
Recordemos que, la ley ‘Emiliani’ o ley 51 de 1983 se instauró en Colombia que traslada los días festivos de los días laborales al lunes siguiente para que se convierta en un puente festivo para los trabajadores.
Es decir, si el día festivo es de martes a sábado, se traslada al lunes siguiente con la excepción de las festividades nacionales.
ENERO
- Domingo 1: Año Nuevo
- Lunes 9: Día de los Reyes Magos
FEBRERO
MARZO
- Lunes 20: Día de San José
ABRIL
- Domingo 2: Domingo de Ramos
- Jueves 6: Jueves Santo
- Viernes 7: Viernes Santo
- Domingo 9: Domingo de Resurrección
MAYO
- Lunes 1: Día de Trabajo
- Lunes 22: Día de la Ascensión
JUNIO
- Lunes 12: Corpus Christi
- Lunes 19: Sagrado Corazón
JULIO
- Lunes 3: San Pedro y San Pablo
- Jueves 20: Día de la Independencia
AGOSTO
- Lunes 7: Batalla de Boyacá
- Lunes 21: La asunción de la Virgen
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
- Lunes 6: Todos los Santos
- Lunes 13: Independencia de Cartagena
DICIEMBRE
- Viernes 8: Día de la Inmaculada Concepción
- Lunes 25: Día de Navidad
Con base al Código Sustantivo del Trabajo, en el artículo 179 los empleadores tienen la obligación de pagar un 75% extra por los días festivos y dominicales laborados, según indica Marca.
Para los colombianos los meses de febrero y setiembre no son fechas en donde se pueda tener días festivos o feriados. Desde el mes de abril se podrá gozar de días feriados, sobre todo en la Semana Santa. Esta celebración religiosa será uno de los puentes más importantes del año.
En Colombia, la ley 52 de 1983 indica que todos los colombianos deberán tener un descando remunerado cuando sea feriado o días festivos. Además, aquellos que trabajen en los días festivos deberán tener un pago extra del 75%.