El Ejecutivo, mediante la publicación de la Resolución Ministerial 178-2020, dispuso la reanudación gradual y progresiva de las actividades económicas en los conglomerados a escala nacional, para que operen a puerta cerrada. Con esto, algunos conglomerados como Gamarra, Polvos Azules, Las Malvinas y Mesa Redonda podrían iniciar operaciones desde este lunes 15 de junio.
La medida exceptúa a los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali e Ica, y las provincias de Santa, Huarmey y Casma, del departamento de Áncash.
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Milagros Mendoza, asociada principal del área administrativa de Rubio Leguía Normand, precisó que estos negocios deberán trabajar a puerta cerrada y podrán vender sus productos mediante el comercio electrónico.
“La entrega a domicilio puede realizarse a través de logística propia o de terceros”, indicó Mendoza.
Por su parte, Omar Alvarado, asociado senior de Miranda & Amado, destacó que la norma es más flexible en cuanto a los requisitos que deben cumplir las tiendas que forman parte de los conglomerados para realizar el comercio electrónico.
“Cuando el Gobierno autorizó en un inicio el comercio electrónico como parte de la reactivación económica, pedía a las empresas tener una facturación muy elevada y experiencia en esta actividad. Estos requerimientos no han sido considerados en esta ocasión”, expresó.
IMPACTO DE LA NORMA
Mendoza señaló que la producción de cada local productivo se verá reducida, debido a que la regla de un metro en el distanciamiento social implicará que un menor número de trabajadores puedan acudir a su centro de labores. Ello, sumado al incremento de costos (como en equipos de protección), generará que los productores revalúen su esquema de negocio para que estos sean rentables en las actuales condiciones.
Asimismo, mencionó que, si bien el comercio electrónico puede desarrollarse de manera sencilla utilizando las redes sociales, la forma óptima para que una empresa pueda tener un mayor alcance en el mundo digital es teniendo una plataforma virtual electrónica con catálogos en línea, posibilidad de compra en línea y pagos con tarjetas de crédito. Sin embargo, esta última alternativa es costosa.
“Para ello sugeriría que los comerciantes se asocien y puedan de manera conjunta desarrollar plataformas virtuales por cada conglomerado, de forma que incluya más productos y se repartan los costos que genera su desarrollo”, recomendó la especialista.
Otra opción, sugirió Mendoza, es que cada comerciante de manera individual se registre en la plataforma de Produce “Perú imparable” (http://www.tuempresa.gob.pe/peruimparable/), que es un directorio en línea de mypes de acceso libre para todos los ciudadanos.
MEDIDAS
La norma indica que los conglomerados deberán cumplir con algunas medidas para retomar sus operaciones.
Entre ellas están garantizar que los trabajadores mantengan un distanciamiento social de un metro, que todos usen mascarillas y que tengan acceso a puntos de lavado y desinfección de manos. Es decir, se deberán implementar estaciones de lavado de manos y uno de estos puntos tendrá que estar ubicado en el ingreso del local.
Medidas a implementar por los conglomerados |
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I. Distancia Mínima entre personas |
Distanciamiento social de 1 metro entre trabajadores. |
Evitar aglomeraciones durante el ingreso y salida del centro laboral. |
Educar permanentemente en medidas preventivas, para evitar el contagio por COVID-19 en el centro laboral, comunidad y en el hogar. |
Exponer información sobre coronavirus por medio de carteles en lugares visibles y medios existentes. |
Material de Seguridad Sanitaria |
Uso obligatorio de mascarillas durante la jornada laboral. El tipo de mascarilla es de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de trabajo. |
Limpieza y Desinfección |
Mecanismo para la limpieza y desinfección de manos, suelas de calzado y control de temperatura en las puertas de ingreso. |
Implementar estaciones de lavado de mano y desinfección de manos (lavadero, caño con conexión a agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y papel toalla), garantizando su provisión permanente. Uno de los puntos de lavado o dispensador de alcohol gel deberá ubicarse a los ingresos, en lo que sea posible con mecanismos que eviten el contacto de las manos con grifos o manijas. |
Limpieza y desinfección de todos los ambientes del centro laboral. Se debe establecer la frecuencia de limpieza y desinfección en el contexto de la emergencia sanitaria. |
Asegurar las medidas de protección y capacitación necesarias para el personal que realiza la limpieza de todos los ambientes; así como la disponibilidad de las sustancias a emplear en la desinfección. |
Gestión de Residuos Sólidos |
Disponibilidad de puntos estratégicos para el acopio de equipos de protección personal usados (EPP) usados, material descartable posiblemente contaminado (guantes, mascarillas u otros), para el manejo adecuado como material contaminado. |
Gestión de Zonas Comunes |
Espacios limpios y desinfectados de todos los ambientes del centro laboral. |
Uso obligatorio de mascarillas durante la permanencia en los espacios del centro laboral. El tipo de mascarilla es de acuerdo al nivel de riesgo del puesto de trabajo. |
En cada punto de lavado o desinfección deberá indicarse mediante carteles, la ejecución adecuada del método de lavado correcto o uso del alcohol en gel para la higiene de manos. |
En áreas de comedores, ascensores, vestidores, cafetines, medios de transporte y otros, deberán mantener la distancia de 1 metro respectivo entre usuarios y se deberá respetar los turnos previamente establecidos. |
CENTROS COMERCIALES
El presidente de la República, Martín Vizcarra, aseguró que se están estableciendo procedimientos para la presentación de protocolos a fin de que los centros comerciales puedan reintegrarse a la actividad económica.
“Ya se está estableciendo un procedimiento para que se presenten los protocolos, y los conglomerados, que son los centros comerciales, puedan gradualmente reintegrarse”, detalló Vizcarra.
Al respecto, Juan José Calle, gerente general del Jockey Plaza y director de la Asociación de Centros Comerciales del Perú, afirmó que esta norma no cambia la situación de los centros comerciales, ya que varias de sus tiendas están trabajando vía delivery y a puertas cerradas.
“Lo que se necesita es que la gente pueda trabajar y de manera formal, con la finalidad de cubrir esa necesidad que vemos hoy en día. Esa necesidad se está canalizando a través de sectores informales donde el control no existe. Lo ideal es que [los consumidores] puedan ir a canales formales donde el control está garantizado", puntualizó Calle.
En esa línea, Catherine Docampo, gerenta del área legal corporativa de PwC Perú, consideró que para las tiendas que operan en centros comerciales no es muy útil el permiso para funcionar a puerta cerrada, ya que solo les beneficiaría que les otorguen el permiso para atender a sus clientes de manera presencial.
“Para la operatividad de venta a través de e-commerce consideraría que no es tan necesario abrir las tiendas en la mayoría de centros comerciales o que no sería tan útil el permiso a funcionar a puerta cerrada en los centros comerciales, ya que esa no es la finalidad de contar con una tienda en un centro comercial. Los diferentes comercios podrían realizar venta por comercio electrónico sin utilizar las tiendas rentadas en los centros comerciales”, subrayó Docampo.
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