TOMA NOTA: Evita perder los beneficios del Remype
TOMA NOTA: Evita perder los beneficios del Remype

JULIO ESCALANTE

Desde el 2008 el Registro Nacional de Micro y Pequeñas Empresas (Remype) ha sido administrado por el  pero desde este año estará a cargo de la , de acuerdo con lo que plantea la Ley 30056 (Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y Crecimiento Empresarial) que próximamente será publicada.

Sunat ha hecho una revisión de las micro y pequeñas empresas inscritas en el registro y ha determinado que hay 19.596 firmas que por diversos motivos  (baja de inscripción en el RUC, niveles de venta superiores al establecido para las mypes o por no presentar información de ventas) no serán consideradas en este listado.

Debes saber que estar en el Remype acredita la formalidad de una pequeña o microempresa. Gracias a eso las empresas pueden tener un régimen laboral especial que disminuye sus costos, también participar de los procesos de compras estatales y sus trabajadores pueden acceder al sistema de salud. 

La lista está publicada 

Toma tus precauciones: quizá tu empresa pueda ser una de ellas. Hasta el 25 de febrero tienes plazo para subsanar tus problemasLa Sunat se hará cargo del Remype 180 días después de que se publique oficialmente la Ley 30056 y desde esa fecha ya no considerará a esos negocios como mypes.

Recuerda que el máximo de ventas de una microempresa es 150 UIT (S/.570.000) y de una pequeña 1.700 UIT (S/6'460.000).  

Para regularizar tu registro deberás contactarte con los Centros de Servicio al Contribuyente de la Sunat y hacer el trámite que corresponda a cada motivo. 

  • Empresa con Baja de Inscripción en el RUC. Deberás realizar la reactivación de tu RUC y cumplir con regularizar la presentación de las declaraciones de los períodos omitidos, entre ellos de los períodos junio de 2012 a mayo de 2013.
  • Nivel de ventas anuales mayor al rango establecido para ser MYPE: Si esto se debe a un error, deberás presentar una declaración rectificatoria para corregir las gallas en las declaraciones presentadas. Si ya lo hiciste y esta no ha sido considerada en el proceso, puedes acercarte a la Sunat o llamar a la Central de Consultas (0-801-12-100). Recuerde que los niveles de ventas para ser Mypes son de hasta S/ 555,000 (150 UIT) para Microempresa y entre S/ 555,000 (150 UIT) y  S/ 6´290,000 (1700 UIT) para las pequeñas empresas.
  • No presenta información de ventas: La empresa no declaró ingresos. Para efectos de la subsanación, la empresa procederá a la regularización presentando sus declaraciones.
  • Tipo de persona o entidad no puede realizar actividad empresarial: Se consideró en la lista a aquellas que de acuerdo al  Tipo de Contribuyente declarado en el RUC no generarían rentas de tercera categoría.Bajo este motivo se han incorporado en el listado, a las juntas de propietarios, personas naturales sin negocio, sociedades conyugales sin negocio, entre otros debido a que no cumplen la característica de una MYPE prevista en el artículo 4° del TUO de la Ley MYPE, siendo así, el requisito de nivel de ventas no les resulta aplicable. Para efectos de la subsanación, si es que no le correspondiera ese tipo de contribuyente, deberá corregir este dato en el RUC, sujetándose a los procedimientos establecidos para este registro.

Mayor información, los Centros de Servicios al Contribuyente de Sunat o en su central de consultas: 0-801-12100 o 315-0730.

¿NUEVA MYPE?

Pero si lo que necesitas es inscribirte por primera vez en el Remype, hazlo a través de portal del . Debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. El RUC de tu empresa debe encontrarse vigente.
  2. Tener usuario y Clave SOL.
  3. Tener como mínimo un trabajador.
  4. No pertenecer al rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar.

En la ficha de registro incluye el nombre del representante legal o dueño de la empresa (incluyendo el número de documento de identidad, teléfono y correo electrónico) y señala el monto total de ventas anuales del negocio. Recuerda que el máximo de ventas de una microempresa es 150 UIT (S/.570.000) y de una pequeña 1.700 UIT (S/6'460.000).  

Además deberás registrar los datos de todos tus trabajadores y el tipo de contrato de cada uno. Podrás incluir si algún trabajador es socio o familiar. Como último paso imprime la constancia de tu inscripción, la cual tiene carácter de declaración jurada.

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