El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) solo realizaría audiencias públicas, con participación de las partes involucradas, para resolver apelaciones por solicitudes de nulidad de actas —planteadas por Fuerza Popular— referidas a temas de fondo, como lo ha venido realizando con casos de presuntas firmas falsas.
Así, según fuentes de la entidad y expertos consultados por El Comercio, no se realizarían vistas de causa para requerimientos declarados improcedentes por los jurados electorales especiales (JEE) producto de aspectos de forma, como la presentación de los pedidos para anular actas fuera del plazo legal (miércoles 9 de junio a las 8 p.m.).
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Según fuentes del JNE, se interpusieron 370 apelaciones ante los JEE a nivel nacional sobre pedidos de nulidad de actas. De ese total, solo 83 corresponden a requerimientos realizados dentro de plazo y 287 a los presentados extemporáneamente.
Asimismo, de esas 83 apelaciones, 70 han sido elevadas al pleno del JNE y el resto fueron declaradas improcedentes. En tanto, de las 287 impugnaciones por solicitudes de nulidad planteadas fuera de plazo, 200 han sido derivadas al máximo tribunal electoral.
En esa línea, 270 apelaciones sobre solicitudes de nulidad (presentadas dentro y fuera del plazo) han sido admitidas por los JEE y elevadas al pleno del JNE. Pero de las 83 impugnaciones referidas a pedidos de nulidad planteados hasta el 9 de junio, solo 28 corresponden a materias que se discuten en audiencias públicas producto de haber sido declaradas infundadas (temas de fondo), según el JNE, mientras que el resto se refiere a asuntos de forma, como irregularidades en el pago de la tasa establecida.
Como se sabe, es el partido Fuerza Popular el que ha planteado recursos de nulidad contra actas electorales de mesas de sufragio argumentando un presunto “fraude en mesa”, referido principalmente a la presunta falsificación de firmas.
El 23 de junio, el pleno del JNE declaró infundadas 10 apelaciones de Fuerza Popular contra resoluciones de los JEE que declararon infundadas sus solicitudes de nulidad por presuntas firmas falsas o adulteraciones en las rúbricas de miembros de mesa. El último lunes se sumaron 10 más sobre los mismos asuntos, mientras que para este martes se programaron 8 expedientes referidos también a firmas, pero además a otros casos como ausencia de firmas de miembros de mesa en las actas, haber consignado una hora de cierre de elección antes de las 7 p.m. o falta de datos sobre cantidad de cédulas recibidas, no utilizadas y el total de ciudadanos que votaron.
Con ello, el pleno del JNE estaría por culminar las audiencias referidas a temas de fondo, como presuntas firmas falsas. Respecto de las apelaciones por solicitudes de nulidad extemporáneas, según las fuentes del tribunal, “no hay mucho que discutir, se ratificaría la improcedencia por estar fuera de plazo. En ese caso, se sacaría un auto en el que se diga que se confirma la improcedencia de los JEE”.
“Es probable que no haya audiencia, sino deliberación para declarar o confirmar las improcedencias por temas de forma, por no adjuntar el voucher, no pagar la tasa o haberlas presentadas fuera de plazo de ley”, agregaron. Cabe apuntar que, al momento, las deliberaciones del pleno del JNE han sido públicas para los casos de actas observadas y solicitudes de nulidad.
El experto en derecho electoral, Julio Silva, explicó a El Comercio que, efectivamente, solo pasan a audiencias públicas las apelaciones de pedidos de nulidad que se presentaron dentro del plazo legal y aquellas en los que los JEE analizaron el tema de fondo.
“Si nos remitimos a la experiencia de las elecciones regionales y municipales 2018, en casos de nulidades electorales, el pleno del JNE únicamente ve en audiencia pública aquellas apelaciones interpuestas contra pronunciamientos de fondo. Esto quiere decir que si un JEE rechazó un pedido de nulidad por una cuestión de forma (falta de tasa, presentación extemporánea) y esta decisión es apelada, el JNE resuelve sin audiencia, pues lo único que analiza es si estuvo bien rechazada o no esa nulidad”, manifestó.
En la misma línea, el también abogado experto en derecho electoral, José Tello, sostuvo que en el caso de las solicitudes de nulidad extemporáneas declaradas improcedentes el JNE emitiría un auto ratificando dicha decisión.
“Todo indica que va a ser eso, porque ya lo han hecho. No tienen que sacar una resolución, sino un auto. Es un pronunciamiento jurisdiccional electoral sobre un tema de forma, que no reviste un tema de fondo como sí lo tiene una sentencia o resolución. Podrían sacar un auto y decir que es improcedente de plano y en bloque, con todo el paquete completo”, refirió.
Silva y Tello apuntaron que el auto es inapelable. “Ya con ese auto el JNE está emitiendo su decisión en secunda y definitiva instancia”, agregó el primero. El segundo, finalmente, estimó que entre esta y la próxima semana podría aclararse el panorama, porque “el auto sería para las extemporáneas, viene a ser una muerte global y con eso se terminó la elección”.
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