La solicitud de la medida cautelar fue presentada por los residentes del asentamiento humano el 20 de noviembre de 2024. Foto: archivo GEC
La solicitud de la medida cautelar fue presentada por los residentes del asentamiento humano el 20 de noviembre de 2024. Foto: archivo GEC
Redacción EC

El Tercer Juzgado Especializado de la Corte Superior de Justicia de Lima dictó una medida cautelar en contra de la y suspendió provisionalmente las demoliciones de viviendas en el asentamiento humano Luis Felipe de las Casas Grieve II, ubicado en el distrito de .

Esta decisión tiene como objetivo resguardar a los pobladores, quienes se han visto afectados, cerca de dos meses, por la liberación de vías de la obra “ampliación del servicio de movilidad urbana en la prolongación Vía Expresa Paseo de la República, tramo av. República de Panamá - Panamericana Sur, en los distritos de Barranco, Santiago de Surco y San Juan de Miraflores de la provincia de Lima del departamento de Lima”.

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La medida cautelar ordena a la MML no utilizar la “medida correctiva” de “demolición total o parcial” como “medida provisional” conforme al artículo 16 de la Ordenanza N° 2200, modificada por la Ordenanza N° 2666, publicada el 26 de octubre de 2024 cuando se trate de viviendas ocupadas, de acuerdo a las consideraciones establecidas en la resolución cautelar.

Cabe señalar que la solicitud de la medida cautelar fue presentada por los residentes del asentamiento humano, el 20 de noviembre de 2024.

Viviendas fueron derrumbadas por las obras de ampliación de la Vía Expresa Sur. Foto: Britanie Arroyo/ @photo.gec
Viviendas fueron derrumbadas por las obras de ampliación de la Vía Expresa Sur. Foto: Britanie Arroyo/ @photo.gec

Los vecinos sostienen que sus viviendas fueron construidas conforme a los planos de trazado y lotización aprobados por la propia MML y Cofopri, sin embargo, el contrato de concesión firmado por la ese entonces alcaldesa de Lima, Susana Villarán, varió esta condición por el “Proyecto Vía Expresa Sur” iniciativa privada de Graña y Montero.

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Además, subrayan que según la copia literal el uso de sus terrenos es de Vivienda y que la zonificación de los mismos es residencial de densidad media (RDM) y no compatible con los de vía pública.

Asimismo, los afectados detallan que la Municipalidad Metropolitana de Lima no habría evaluado la proyección de viabilidad en el tiempo, pues las presuntas conductas sancionables se remontan a más de 30 años y no estarían en vigencia.

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