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Cuando la inclusión descarrila: el reclamo de Giancarlo Contreras revive la controversia por la Línea 1 y la prohibición de scooters médicos para personas con discapacidad
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Giancarlo Contreras viaja por Lima y el mundo en un ‘Drive medical scooter’, una silla eléctrica para personas con movilidad reducida, por la autonomía y facilidad de maniobra que le otorga para desplazarse. Él convive con una distrofia muscular. Antes probó otros modelos de silla eléctrica, pero la debilidad muscular que ocasiona su condición le hacían imposible conducirlas con facilidad y de forma independiente. Grande fue su sorpresa el último sábado cuando el personal de la Línea 1 del Metro de Lima le impidió ingresar al servicio, argumentando que su vehículo no estaba permitido.
Giancarlo llegó a la estación La Cultura en San Borja. Cuando intentó pasar su tarjeta por el ingreso preferencial, un agente de chaleco amarillo le indicó que su silla eléctrica está prohibida en la Línea 1. “Pensé que era un error de este trabajador, así que fui a otras dos estaciones y pasó lo mismo. A pesar de que mostré mi carnet de Conadis, me dijeron que por orden de la administración solo hay un modelo específico de silla de ruedas eléctrica permitida y me mostraron una imagen”, declaró a El Comercio.
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Carlos Salas Abusada desglosa con rigor las noticias clave del día de lunes a viernes.
“Esta es la silla de ruedas eléctrica que puede ingresar por motivos de seguridad y prevención de incendios. Está en la página web de la Línea 1″, le dijo un integrante del personal de la Línea 1 en la estación La Cultura.
Este Diario revisó la guía de pasajeros, disponible en la web del servicio. En ella no se observa una imagen ni se menciona cuál es el tipo de silla de ruedas eléctrica permitida para viajar en este transporte. Las páginas 22 y 23, que contienen las normas para personas con movilidad reducida, solo indican que los pasajeros en silla de ruedas motorizada deben cumplir las siguientes condiciones:
- Ser personas con movilidad reducida o personas con discapacidad
- Deben utilizarla a una velocidad equivalente a la de caminar
- El peso total de la silla de ruedas o de la silla de ruedas motorizada y el pasajero no debe pasar los 200 kg

Al costado del ingreso preferencial, se observa un cartel que menciona que las restricciones de acceso de vehículos eléctricos de micromovilidad no aplican para las sillas de ruedas eléctricas que usan las personas con movilidad reducida.

“He recorrido toda Latinoamérica con mi silla. He viajado a América del Norte y Europa, y nunca me prohibieron ingresar al transporte público”, declara Giancarlo.
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El impedimento a Giancarlo continuó esta semana
Este lunes, Giancarlo intentó ingresar a dos estaciones de la Línea 1 con su silla eléctrica, pero el resultado fue el mismo.
A pesar de que Giancarlo indicó que el ‘Drive medical scooter’ es su medio de transporte, esto fue lo que le indicó un agente de seguridad en la estación San Borja Sur: “No está permitido el ingreso..., porque tiene batería. Esa no es una silla. Solo está permitido este modelo [le muestra una imagen]. Esta es una silla de ruedas, por lo que me dicen a mí (...) Yo cumplo con lo que me dicen”.

De acuerdo con Giancarlo, el agente le mostró una silla eléctrica similar a la de la siguiente imagen. Él había probado este modelo anteriormente, pero dejó de usarlo por el sobresfuerzo en las articulaciones superiores que le demandaba y porque no le permitía movilizarse por la ciudad con autonomía.

En la estación La Cultura, la negativa fue la misma. “El vehículo eléctrico no está permitido por un tema de seguridad (...) a menos que sea ortopédico. Ya pregunté y no está permitido”, indicó un agente con chaleco amarillo.

Un policía se acercó e indicó que el reglamento de la Línea 1 impedía el acceso del vehículo de Giancarlo. No obstante, le permitió el ingreso luego de que mostró su carnet de Conadis.


“No tengo que estar generando lástima para que me dejen pasar a una estación del tren. Tengo derecho al libre tránsito en igualdad. Por eso no deben exigir un modelo para viajar; yo utilizo una silla eléctrica que me facilita la vida. Tampoco se trata de que me hagan una excepción a mí, sino que a todas las personas con discapacidad les permitan utilizar el servicio”, subraya Giancarlo.
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Alfonso Flórez, gerente general de la Fundación Transitemos, considera que el trato descrito del personal de la Línea 1 es un acto de discriminación.
“La implementación de la accesibilidad de vehículos de electromovilidad en el transporte público se basa en la Ley General de la Persona con Discapacidad, normativa que exige la no discriminación y la adopción de medidas razonables para garantizar su acceso“, afirmó.
En ese sentido, considera injustificable que la Línea 1 exija un modelo de silla de ruedas a las personas con discapacidad. “Debe modificar su norma”, expresó.
Respuesta de la Línea 1
A través de un escrito, la Línea 1 respondió a El Comercio que el servicio está diseñado para recibir y permitir el acceso a personas con movilidad reducida que utilicen sillas de ruedas estándar manuales o eléctricas. Señaló que los trenes cuentan con espacios preferenciales diseñados y acondicionados para estos dispositivos, garantizando su estabilidad durante el viaje. “Las dimensiones máximas permitidas son de 1m x 0,72m, con cinturones de seguridad adaptados”, indicó la institución.
“El problema central radica en los “vehículos adaptados” que intentan ingresar al sistema. Estas modificaciones artesanales, que incorporan sistemas de propulsión extraídos de scooters o bicicletas eléctricas a sillas de ruedas convencionales, reintroducen el mismo peligro que se busca mitigar. Estos vehículos carecen de certificación, sistemas de gestión de batería seguras y controles de calidad, lo que crea un riesgo inaceptable de embalamiento térmico, con consecuencias potencialmente devastadoras en un entorno confinado como un coche de tren, poniendo en riesgo a nuestros más de 620 mil pasajeros que usan diariamente el sistema“, mencionó la Línea 1.
También señaló que la restricción de ingreso a scooters eléctricos, monopatines o bicicletas eléctricas a las estaciones responde a directrices del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a partir de una evaluación de riesgos para la infraestructura y la seguridad de los pasajeros.
“Estas establecen un precedente fundamental basado en la evidencia internacional sobre los riesgos de incendio y explosión de baterías de iones de litio en sistemas de metro (...) Es importante recordar que el Decreto Supremo N° 023-2021-MTC regula a nivel nacional los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y prohíbe su circulación por la acera (vereda), estableciendo que deben desplazarse por el lado derecho de la calzada (pista), incluso con riesgo de infracciones de tránsito“, manifestó la entidad.
Finalmente, la Línea 1 expresó que se encuentra abierta al diálogo para promover medidas que equilibren la accesibilidad con la seguridad.
Al respecto, Giancarlo aclaró que su scooter médico no es un vehículo “adaptado” ni hecho artesanalmente, sino adquirido en el extranjero con las certificaciones necesarias. “He viajado por varios países y no he tenido problemas de usarlo en metros”, dijo.










