

Una pareja de esposos que agredió a una suboficial de tránsito en plena vía pública fue liberada luego de que el Poder Judicial dispusiera que ambos enfrenten el proceso en libertad, bajo mandato de comparecencia con restricciones por un periodo de nueve meses. La jueza Yesenia Cigüeñas también ordenó el pago de S/ 15 000 como caución a favor de la agente agraviada.
El hecho ocurrió el viernes 6 de junio, cuando la suboficial Lucero Príncipe intervino a Jefferson Juscamayta Herrera y Fernanda Pantoja Véliz por circular con sus dos hijos menores en una motocicleta sobre el carril exclusivo del Corredor Azul, en la avenida Garcilaso de la Vega, en el Cercado de Lima.
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En un inicio, la Policía Nacional del Perú (PNP) había advertido que el delito de violencia y resistencia a la autoridad, en su modalidad agravada, puede ser sancionado con penas de ocho a doce años de prisión.
Tras conocerse la disposición judicial, el director de Defensa Legal de la PNP, Máximo Ramírez, criticó duramente al Ministerio Público por imputar “lesiones leves” en este caso.
“El fiscal Wilfredo Avellaneda y su fiscal adjunta Luisa Delia Falcón Vargas dan vergüenza”, dijo en declaraciones a América Noticias.
En respuesta, el fiscal provincial titular del Quinto Despacho de Lima Cercado, Wilfredo Avellaneda, rechazó las declaraciones del defensor legal de la PNP en una entrevista con RPP.
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“Nosotros tenemos que atenernos a una racionalidad que está parametrada en el acuerdo plenario 1 del 2024 [sic]”, afirmó. Explicó que dicho marco normativo establece sanciones según la magnitud de las lesiones, y en este caso se determinaron lesiones leves.
“En este caso arrojaba una incapacidad de dos días por cinco de incapacidad médico legal; es decir, el propio acuerdo plenario, la norma que nosotros hemos aludido en la audiencia, establece que correspondía… comparecencia con restricciones”, señaló.
El fiscal también aclaró que esta medida no implica impunidad. La pareja deberá cumplir reglas de conducta, como acudir periódicamente a firmar ante un tribunal, no cambiar de domicilio sin autorización judicial, no contactar con la agraviada ni testigos y no cometer otro delito doloso.
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