El hecho ocurrió el último jueves en el parque Ruiz de Pueblo Libre. Miembro serenazgo fue puesto a disposición de la Policía. (Foto: Ministerio Público - Referencial)
El hecho ocurrió el último jueves en el parque Ruiz de Pueblo Libre. Miembro serenazgo fue puesto a disposición de la Policía. (Foto: Ministerio Público - Referencial)
Redacción EC

La Municipalidad de anunció que la (PNP) inició las investigaciones a un agente del serenazgo del distrito que fue acusado de un acto de a una menor de edad. El hecho ocurrió en último jueves en el parque Ruiz del citado distrito.

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A través de un comunicado, la comuna rechazó toda actitud de acoso sexual en todas sus formas, por lo que lamentó los hechos que son materia de investigación por parte de las autoridades policiales. El sereno fue identificado como Nilton César Gonzáles Molina.

“Inmediatamente conocido lo ocurrido en el parque Ruiz, en propio gerente de seguridad ciudadana puso a disposición de las autoridades de las comisarías del sector, al miembro de serenazgo como Nilton César Gonzáles Molina para que se esclarezcan los casos”, indicó.

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“La Municipalidad de Pueblo Libre expresa sus públicas disculpas a la familia de la menor afectada y expresa su confianza en que las autoridades policiales y judiciales esclarezcan lo ocurrido estableciendo las sanciones del caso de comprobarse los hechos”, agregó.

Municipalidad de Pueblo Libre sobre denuncia de acoso sexual en agravio de una menor de edad.
Municipalidad de Pueblo Libre sobre denuncia de acoso sexual en agravio de una menor de edad.

¿Qué es el acoso sexual?

El acoso sexual es el acto de vigilar, perseguir, hostigar, asediar o buscar establecer contacto o cercanía con una persona, sin su consentimiento, con la finalidad de llevar a cabo actos de connotación sexual. Este tipo de acoso pone en riesgo la libertad sexual de las personas, que no es más que el derecho de cada uno de decidir sobre nuestra sexualidad y de rechazar que terceros la invadan.

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Antes de setiembre del 2018, este acto tan normalizado, era solo sancionado en sede administrativa con apenas una multa que las municipalidades debían aplicar. Así lo establece la Ley 303114, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.

Hoy el acoso sexual (en espacios públicos o privados) se considera delito, según el artículo 176B del Código Penal y puede darse a través, incluso, de redes sociales.

Por primera vez, en noviembre del año pasado (2018), un juzgado de Madre Dios condenó a 3 años de prisión suspendida a un sujeto por haber intentado varias veces, a través de Facebook, contactar a una adolescente de 15 años, con el propósito de realizar actos de connotación sexual.

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