El Tribunal Constitucional emitió su fallo sobre respecto a la norma que modifica el Consejo Directivo de la Sunedu | Foto: El Comercio / Archivo
El Tribunal Constitucional emitió su fallo sobre respecto a la norma que modifica el Consejo Directivo de la Sunedu | Foto: El Comercio / Archivo
Redacción EC

El (TC) resolvió declarar infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520, que modifica el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ().

Dicha demanda, como se recuerda, fue presentada el 7 de septiembre pasado por el 25% del número legal de legisladores.

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Meses antes, en julio, el Pleno del Congreso aprobó con 72 votos a favor, 39 en contra y cuatro abstenciones, y por insistencia, la autógrafa de la norma que debilita la autonomía de la Sunedu.

La demanda fue presentada por el 25 por ciento del número legal de congresistas contra la Ley 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; y el artículo 32 del Decreto Legislativo 1451. En razón a que contraviene la autonomía universitaria. En dicho proceso, el Tribunal Constitucional ha declarado infundada la demanda”, se lee en un comunicado del TC.

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Una demanda contra la reforma universitaria

A fines de noviembre, a través de un comunicado publicado en su página web, la Sunedu informó que 33 parlamentarios que promovieron la Ley 31520 (ley contra reforma universitaria) presentaron ante el TC una demanda de inconstitucional “sobre la ley que ellos mismos impulsaron y aprobaron”.

Estamos ante una situación insólita, en la que un grupo de congresistas presenta una demanda ante el TC con la expresa intención de perder. Es evidente que si estos parlamentarios se hubieran convencido de que la ley que promovieron es inconstitucional, tendrían el camino de la derogatoria en su propio fuero, el legislativo. Lo que este recurso -en apariencia desconcertante- busca es retorcer el ordenamiento jurídico peruano: que el TC desestime su demanda. De esa manera, pretenden lograr que los mandatos del Poder Judicial queden sin efecto”, publicó la Sunedu en aquella oportunidad.

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