La inmovilización social obligatoria rige de 8 p.m. a 5 a.m. (GEC)
La inmovilización social obligatoria rige de 8 p.m. a 5 a.m. (GEC)
Redacción EC

Los ministerios de Defensa y del Interior precisaron, a través de un comunicado conjunto, que los vehículos particulares de los miembros del, así como del personal médico y enfermeras, sí podrán circular por las vías del país durante las horas de vigencia de la inmovilización social obligatoria, medida que busca detener el avance del .

Ambos sectores indicaron en su pronunciamiento que dichas personas deberán estar debidamente acreditadas. También señalaron que se permitirá, durante la inmovilización social obligatoria, el desplazamiento de los agentes de la Policía Nacional y miembros de las Fuerzas Armadas que participen en los operativos.

Los ministerios de Defensa y del Interior se pronunciaron ante las quejas expresadas por usuarios de las redes sociales respecto a que, supuestamente, los bomberos no estaban incluidos en la lista de las personas que sí podían desplazare durante la medida restrictiva.

“Tal como se informó ayer (miércoles) en el comunicado oficial sobre las medidas para el cumplimiento de la inmovilización social obligatoria, los bomberos voluntarios y sus vehículos sí podrán desplazarse para acudir a sus compañías y atender emergencias”, indicaron ambos sectores.

Este jueves, el presidente de la República, Martín Vizcarra, informó que las personas con coronavirus (COVID-19) en el Perú ya son 234, 19 de las cuales están hospitalizadas y 7 se encuentran en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) con ventilación asistida.

También detalló que la Policía Nacional del Perú (PNP) detuvo a 462 personas que no cumplieron con la inmovilización social obligatoria, que va de 8:00 p.m. a 5:00 a.m.

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