La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, dirigida por el parlamentario perulibrista Isaac Mita, aprobó un dictamen que restringe el cobro de reparaciones civiles, al establecer que “la acción civil derivada del hecho punible se extingue a los 10 años de iniciada la acción penal, sin admitir suspensión ni interrupción”.
El dictamen- que tuvo como punto de partida un proyecto de ley de la primera viceministra del Parlamento, Patricia Juárez (Fuerza Popular)- también señala que en los casos de sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento, lo actuado deberá ser remitido a la justicia civil para que esta se pronuncie si es que procede o no el pago de una reparación.
Esta polémica iniciativa fue aprobada con los votos a favor de los representantes de Fuerza Popular, Perú Libre, APP, Avanza País, Renovación Popular, Somos Perú, entre otras bancadas [ver recuadro].
Bancada | A favor | En contra | En abstención |
---|---|---|---|
Fuerza Popular | 5 | ||
Perú Libre | 4 | ||
Podemos Perú | 1 | 2 | |
APP | 1 | ||
Avanza País | 1 | ||
JPP- Voces del Pueblo | 1 | ||
Bancada Socialista | 1 | ||
Renovación Popular | 1 | 1 | |
Somos Perú | 2 | ||
Bloque Magisterial | 1 | 1 | |
No agrupados | 1 | 1 | |
Total | 17 | 7 |
En la actualidad, el artículo 100 del Código Penal señala que “la acción civil derivada del hecho punible no se extingue mientras subsista la acción penal”. Y el artículo 12 del Código Procesal Penal indica que la sentencia absolutoria o el auto de sobreseimiento no impedirá al órgano jurisdiccional pronunciarse sobre la acción civil derivada del hecho punible válidamente ejercida, cuando proceda”.
Durante el debate, la secretaria de la Comisión de Justicia, Francis Paredes Castro (Podemos Perú), advirtió que “no es conveniente establecer plazos de prescripción” sobre la acción civil derivada de procesos penales, porque “significa”, en algunos casos, “dejar sin resarcimiento civil a muchas víctimas”.
“Corremos el riesgo de legislar con nombre propio y buscar beneficiar a los casos complejos que hoy tienen más de siete y ocho años. Por ello, me preocupa que seamos señalados por pretender beneficiar a personas con nombre propio”, manifestó Paredes Castro, que marcó en contra.
Una postura similar tuvo el parlamentario Víctor Cutipa Ccama (JPP- Voces del Pueblo), quien refirió que la iniciativa apuntaba a beneficiar a quienes están siendo procesados, pero no a los agraviados, “quienes de cierta forma son los perjudicados”.
Desde Perú Libre, el congresista José María Balcázar respaldó el dictamen y calificó como “una incongruencia” que si en el ámbito penal una persona es declarada absuelta, en lo civil dicten que debe pagar una reparación.
Este Diario intentó comunicarse con la congresista Juárez, a través de su asesor de prensa, pero no hubo ninguna respuesta.
Lee también: Roberto Chiabra: “Ni el Ejecutivo ni la Comisión de Energía y Minas han hecho su trabajo”
“El primer afectado es el Estado”
El ex viceministro de Justicia Gilmar Andía afirmó que el dictamen aprobado en la Comisión de Justicia, que aún debe ser debatido en el pleno, constituye “un riesgo directo” a la posibilidad de que el Estado pueda cobrar por daños y perjuicios que generan los actos de corrupción en su contra.
“El primer afectado es el Estado, los segundos afectados son todas las víctimas de delitos en el país, por ejemplo, una mujer que sufre una violación, o niños que son víctimas de trata de personas, también una familia que pierde a uno de sus integrantes a manos de un sicario. Y muchos podrán decir que en el Perú las reparaciones son simbólicas o que no se cobran, pero legalmente se está cortando la posibilidad de llegar a una reparación”, explicó.
En comunicación con El Comercio, Andía dijo que los principales beneficiados son los políticos que son procesados por delitos de corrupción, lavado de activos, entre otros.
Por ejemplo, el proceso contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, por el llamado Caso Cocteles se inició en el 2017. De aprobarse esta norma, y de no tener una sentencia en el 2027, ella podría quedar libre de un eventual pago de reparación civil. El dictamen también podría favorecer a los expresidentes Alejandro Toledo y Martín Vizcarra [ver recuadro].
“Imaginemos que Keiko Fujimori no es hallada culpable [en la parte penal], pero sí hay responsabilidades en lo civil por la forma en que habría introducido el dinero [aparentemente entregado por Odebrecht], bueno eso [en el 2027] quedaría ya sin ninguna posibilidad si se aprueba en el pleno este cambio”, mencionó Andía.
Políticos que pueden verse beneficiados con dictamen
Procesado | Caso/ Inicio de proceso penal | Reparación civil solicitada | Etapa |
---|---|---|---|
Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular | Caso Cocteles (2017) | S/ 151′063,509.84 (en forma solidaria). | Juicio oral |
Vladimir Cerrón, prófugo secretario general de Perú Libre | Caso Antalsis (2015) | Pendiente de solicitud. | Investigación formalizada |
Martín Vizcarra, expresidente | Caso Represa de Chirimayuni (2016) | S/766,000 | Juez ordenó que pase a juicio oral |
Alejandro Toledo, expresidente | Caso Ecoteva (2013) | S/38′220,000 | Juicio oral |
Nadine Heredia, ex primera dama | Caso aportes al Partido Nacionalista (2015) | S/20’000,000 (en forma solidaria) | Juicio oral |
El ex viceministro de Justicia remarcó que el dictamen también puede beneficiar a las empresas del Club de la Construcción y a las constructoras brasileñas en ciertos casos, que han sido comprendidas como terceros civiles responsables en varios procesos.
En diálogo con El Comercio, la abogada penalista Liliana Calderón sostuvo que “el principal problema” que conlleva el dictamen de la Comisión de Justicia del Congreso “es que intenta evitar el cobro de las reparaciones civiles” que se generen a partir de procesos penales. “La intención viene por ese lado”, complementó.
Calderón, además, remarcó que los principales beneficiarios serán funcionarios públicos y líderes de los partidos políticos acusados por corrupción. “Esta norma es perjudicial”, acotó.
Lee también: Diana Gonzales: “No es la fórmula ideal, pero hemos evitado el riesgo de una prórroga indefinida del Reinfo”
Por su parte, el profesor de Derecho Penal de la ESAN, André Sota, afirmó que el texto aprobado en el Parlamento establece no solo un límite de 10 años para que se determine la reparación civil que un imputado debe pagar, sino también que este plazo no se puede suspender, como si ocurre con la acción penal.
“Esta modificación lo que señala es que la acción civil no se suspende. En esa lógica, si la acción penal de un hecho se inició en el 2015, se tiene hasta el 2025 para ejercer la acción civil y para que haya un pronunciamiento. Si esta norma se aprueba, en todos los casos iniciados en el 2014 y que aún no tengan un fallo condenatorio, el juez ya no podrá pronunciarse sobre la acción civil”, alertó.
Sota, en comunicación con este Diario, explicó que tal como está escrito el dictamen “favorece a aquellos procesados por crimen organizado, lavado de activos y corrupción”, que generalmente son casos complejos y que pueden demandar 10 o más años en ser resueltos. “¿Quién termina siendo el perjudicado? El Estado y la sociedad en su conjunto. Este texto atenta contra los intereses generales de las víctimas y no debería ser aprobado en el pleno”, finalizó.
TAGS
TE PUEDE INTERESAR
- Patricia Juárez: “No es bueno rodearse de ministros cuya principal tarea es defender a la presidenta y a su hermano” | Entrevista
- Óscar Caipo, presidente de Perú Sostenible: “Nos podemos convertir en un Estado manejado por ilegales”
- Mercedes Araoz: “Pareciera que las economías ilegales son las que están ganando [con la censura a Rómulo Mucho]”
- CADE Ejecutivos 2024: El 93% de los empresarios desaprueba a la presidenta Dina Boluarte
- Carlos Añaños sobre Perú Moderno: “No había un espacio donde la institucionalidad prime”