El JNE dispuso que no están obligadas a votar las personas en riesgo de sufrir síntomas de coronavirus | Foto: El Comercio / Referencial
El JNE dispuso que no están obligadas a votar las personas en riesgo de sufrir síntomas de coronavirus | Foto: El Comercio / Referencial
Redacción EC

El (JNE) cuenta con una plataforma a través de la cual cualquier ciudadano que no pueda acudir a votar o cumplir con su deber de ser miembro de mesa en esta segunda vuelta del 6 de junio podrá solicitar que se le exonere de pagar la multa correspondiente.

Lo que la persona que no ha acudido a votar o a ser miembro de mesa debe hacer es tramitar una dispensa y/o una justificación, dependiendo del caso y de la multa de la cual busque exonerarse.

CONSULTA AQUÍ | Dónde votar en la segunda vuelta del 6 de junio, según la ONPE

La dispensa de una multa electoral es el trámite a través del cual un ciudadano pide al JNE no pagar la multa electoral por no haber acudido a votar.

La justificación de una multa electoral, de otro lado, es la que permite que un miembro de mesa que no pudo acudir a cumplir con su labor se libre de pagar la multa correspondiente.

A continuación, el procedimiento que se debe seguir para que el JNE considere tu caso y proceda a eliminar la multa correspondiente.

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¿Desde cuándo puedo tramitar una dispensa o justificación?

Una persona puede verificar si tiene una multa electoral y empezar a tramitar su dispensa o justificación desde el día siguiente del proceso.

En el caso de la segunda vuelta del 2021, esto significa que se podrá iniciar el proceso y solicitar la eliminación de la multa desde el lunes 7 de junio.

¿Cómo es la dispensa para no pagar una multa electoral?

  1. Verifica si corresponde pagar los S/ 23.60 para tramitar la dispensa (si no puedes votar por padecer, estar hospitalizado o cumplir cuarentena por COVID-19; el trámite es gratuito)
  2. Si tienes que pagar por el trámite, hazlo a través del Banco de la Nación o de la plataforma Págalo.pe.
  3. Ingresa al portal “Sistema de Dispensa Virtual” del JNE en .
  4. Ingresa a través de los datos de tu DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación)
  5. Selecciona la multa por la cual quieres iniciar el proceso de dispensa.
  6. Adjunta los documentos requeridos y escaneados en la plataforma.
  7. El JNE verificará los documentos. En caso de haber observaciones, se te notificará a través del teléfono, correo o dirección que ingresaste. Si no hay problemas, la multa será eliminada.
REVISA TAMBIÉN | LINK ONPE: consulta aquí cuál es tu local de votación y si eres miembro de mesa para los comicios del 6 de junio

¿Cómo es la justificación para no pagar multa por no ser miembro de mesa?

  1. Verifica si corresponde pagar los S/ 23.40 para tramitar la dispensa (si no puedes ser miembro de mesa por padecer, estar hospitalizado o cumplir cuarentena por COVID-19; el trámite es gratuito)
  2. Si tienes que pagar por el trámite, hazlo a través del Banco de la Nación o de la plataforma .
  3. Ingresa al portal “Sistema de Dispensa Virtual” del JNE en .
  4. Ingresa a través de los datos de tu DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación)
  5. Selecciona la multa por la cual quieres iniciar el proceso de dispensa.
  6. Adjunta los documentos requeridos y escaneados en la plataforma.
  7. El JNE verificará los documentos. En caso de haber observaciones, se te notificará a través del teléfono, correo o dirección que ingresaste. Si no hay problemas, la multa será eliminada.

Puedes descargar el manual que el JNE ha habilitado para verificar el proceso .

MÁS INFORMACIÓN | Elecciones 2021: ¿Cuáles son los protocolos para el día de la votación?

Los grupos de riesgo, establecidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, y que no requieren pagar para tramitar sus dispensas o justificaciones comprenden a los mayores de 65 años y a quienes sufren de enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, hipertensión arterial no controlada, diabetes, cáncer, entre otros.

Tampoco se requiere pagar en los siguientes casos:

  • Desastres naturales / Desastre humano.
  • Error en el padrón.
  • Defectos en la organización y ejecución de actividades durante el desarrollo de la elección atribuible a las entidades del sistema electoral.
  • Impedimento del ejercicio de derecho a la instalación, en los casos originados por incidencias electorales.
  • Discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual.
  • Prisión.
  • Función Electoral.
  • Casos contemplados en la sexta y séptima disposición final del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.

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