

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) cuenta con una plataforma a través de la cual cualquier ciudadano que no pueda acudir a votar o cumplir con su deber de ser miembro de mesa en esta segunda vuelta del 6 de junio podrá solicitar que se le exonere de pagar la multa correspondiente.
Lo que la persona que no ha acudido a votar o a ser miembro de mesa debe hacer es tramitar una dispensa y/o una justificación, dependiendo del caso y de la multa de la cual busque exonerarse.
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La dispensa de una multa electoral es el trámite a través del cual un ciudadano pide al JNE no pagar la multa electoral por no haber acudido a votar.
La justificación de una multa electoral, de otro lado, es la que permite que un miembro de mesa que no pudo acudir a cumplir con su labor se libre de pagar la multa correspondiente.
A continuación, el procedimiento que se debe seguir para que el JNE considere tu caso y proceda a eliminar la multa correspondiente.
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¿Desde cuándo puedo tramitar una dispensa o justificación?
Una persona puede verificar si tiene una multa electoral y empezar a tramitar su dispensa o justificación desde el día siguiente del proceso.
En el caso de la segunda vuelta del 2021, esto significa que se podrá iniciar el proceso y solicitar la eliminación de la multa desde el lunes 7 de junio.
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¿Cómo es la dispensa para no pagar una multa electoral?
- Verifica si corresponde pagar los S/ 23.60 para tramitar la dispensa (si no puedes votar por padecer, estar hospitalizado o cumplir cuarentena por COVID-19; el trámite es gratuito)
- Si tienes que pagar por el trámite, hazlo a través del Banco de la Nación o de la plataforma Págalo.pe.
- Ingresa al portal “Sistema de Dispensa Virtual” del JNE en este enlace oficial.
- Ingresa a través de los datos de tu DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación)
- Selecciona la multa por la cual quieres iniciar el proceso de dispensa.
- Adjunta los documentos requeridos y escaneados en la plataforma.
- El JNE verificará los documentos. En caso de haber observaciones, se te notificará a través del teléfono, correo o dirección que ingresaste. Si no hay problemas, la multa será eliminada.
REVISA TAMBIÉN | LINK ONPE: consulta aquí cuál es tu local de votación y si eres miembro de mesa para los comicios del 6 de junio
¿Cómo es la justificación para no pagar multa por no ser miembro de mesa?
- Verifica si corresponde pagar los S/ 23.40 para tramitar la dispensa (si no puedes ser miembro de mesa por padecer, estar hospitalizado o cumplir cuarentena por COVID-19; el trámite es gratuito)
- Si tienes que pagar por el trámite, hazlo a través del Banco de la Nación o de la plataforma Págalo.pe.
- Ingresa al portal “Sistema de Dispensa Virtual” del JNE en este enlace oficial.
- Ingresa a través de los datos de tu DNI (número, código de ubigeo y grupo de votación)
- Selecciona la multa por la cual quieres iniciar el proceso de dispensa.
- Adjunta los documentos requeridos y escaneados en la plataforma.
- El JNE verificará los documentos. En caso de haber observaciones, se te notificará a través del teléfono, correo o dirección que ingresaste. Si no hay problemas, la multa será eliminada.
Puedes descargar el manual que el JNE ha habilitado para verificar el proceso en este enlace.
MÁS INFORMACIÓN | Elecciones 2021: ¿Cuáles son los protocolos para el día de la votación?
Los grupos de riesgo, establecidos por la Autoridad Nacional Sanitaria, y que no requieren pagar para tramitar sus dispensas o justificaciones comprenden a los mayores de 65 años y a quienes sufren de enfermedades cardiovasculares graves, pulmonares crónicas, hipertensión arterial no controlada, diabetes, cáncer, entre otros.
Tampoco se requiere pagar en los siguientes casos:
- Desastres naturales / Desastre humano.
- Error en el padrón.
- Defectos en la organización y ejecución de actividades durante el desarrollo de la elección atribuible a las entidades del sistema electoral.
- Impedimento del ejercicio de derecho a la instalación, en los casos originados por incidencias electorales.
- Discapacidad física, mental, sensorial y/o intelectual.
- Prisión.
- Función Electoral.
- Casos contemplados en la sexta y séptima disposición final del Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral.
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