Se acabó el tiempo. Este lunes 28 de setiembre se vence el plazo para promulgar leyes en materia electoral que puedan aplicar en las elecciones generales del 2021. Y, a menos que el Congreso convoque hoy a pleno, se aprueben las modificaciones pendientes y el Ejecutivo las promulgue el mismo día, en los comicios de abril regirán únicamente las normas que se encuentran vigentes actualmente.
Mira: Elecciones 2021: Así llegan los partidos a los comicios de abril
Lo hecho
Desde su instalación a mediados de marzo, el Parlamento logró aprobar una serie de modificaciones en la legislación electoral, entre ellas varias referidas a la reforma política impulsada desde el gobierno.
La primera norma en materia electoral que aprobó el Congreso 2019-2020 fue la suspensión de las elecciones primarias, el 19 de junio, como una medida para evitar el contagio del COVID-19. La propuesta precisó que este tipo de comicios se realizaría recién a partir de las elecciones regionales y municipales del año 2022.
La norma fue aprobada con 109 votos a favor y 16 abstenciones. De todo el Legislativo, únicamente las bancadas del Frente Amplio y el Partido Morado se opusieron a la medida, por considerar que el texto debía definir el mecanismo de las elecciones internas.
Luego, a fines del mismo mes, con 111 votos a favor, 15 en contra y una abstención, el pleno del Parlamento aprobó la ley que establece criterios de paridad y alternancia de género, aplicables al venidero proceso electoral. El texto fue exonerado de segunda votación.
La madrugada del 4 de julio, se aprobó una modificación a la Ley Orgánica de Elecciones que creó el distrito electoral de peruanos en el exterior. Para ello, se asignaron dos escaños que fueron restados de la circunscripción de Lima, que pasó de 36 a 34 curules.
La norma fue aprobada por unanimidad, con 124 votos a favor, y fue exonerada de segunda votación.
Por otro lado, el 7 de agosto, el Legislativo estableció el 30 de setiembre como fecha límite para que los partidos nuevos puedan inscribirse en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), así como para que los partidos ya inscritos afilien a sus candidatos. En cuanto al plazo para renovar los cuadros en caso las autoridades partidarias tengan el mandato vencido, se acordó que el plazo será hasta el 31 de octubre.
En el mismo texto se estableció –en contra de lo recomendado por los organismos electorales- que sean las mismas organizaciones políticas quienes decidan el mecanismo de elección en los comicios internos (un militante, un voto o por delegados). Se decidió, además, que las internas sean organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Como una medida para evitar aglomeraciones en el contexto de la pandemia, además, se extendió la jornada electoral de 8 a 12 horas y se estableció que las personas de riesgo frente al coronavirus puedan ser exoneradas del pago de la multa por ausentismo. Para ello, el JNE deberá habilitar una plataforma que permita acreditar la condición de vulnerabilidad.
Otra reforma aprobada fue la referida al financiamiento de partidos políticos. Según la modificación, las organizaciones políticas estarán obligadas a abrir sus cuentas bancarias a la ONPE, con fines de supervisión.
Asimismo, se estableció que los partidos que reincidan en faltas muy graves o no paguen multas, y no realicen las subsanaciones correspondientes en un plazo de seis meses, verán suspendida su inscripción hasta que se levanten las observaciones. Una sanción más benévola que la incluida en una propuesta anterior, que proponía cancelar –no suspender- la inscripción de los partidos infractores.
Por último, el pasado 11 de setiembre el pleno del Congreso ratificó en segunda votación el impedimento para postular a cargos públicos a quienes tengan sentencias en primera instancia por delitos dolosos.
Lo que falta
Pese a que se logró, desde el Legislativo, aprobar la ley de paridad y alternancia, no se alcanzó consenso para eliminar el voto preferencial, algo que –como hemos informado antes en este Diario- interferiría con la efectividad de los referidos criterios.
“La paridad y la alternancia tienen razón de ser cuando tenemos una lista cerrada y bloqueada”, explica el especialista en temas electorales, José Tello. “Cuando se trata de una lista congresal (actualmente), es una lista cerrada y desbloqueada por el voto preferencial. Ahí, la organización política no interviene en la ubicación de los candidatos, sino que es el propio elector el que decide quién podría entrar (al Parlamento). Va a ser muy difícil que tengamos un Congreso paritario si es que se mantiene el voto preferencial".
Tello, además, sostiene que el sistema del voto preferencial genera una desventaja electoral para las candidatas mujeres, en tanto “hay una conducta del elector peruano de favorecer más, con el voto preferencial, al hombre que a la mujer”.
Actualmente, en el Congreso hay propuestas del Partido Morado, Frepap y Somos Perú que plantean eliminar el voto preferencial, pero no se elaboró dictamen alguno en la Comisión de Constitución.
Un tema crucial que depende de la inminente aprobación del Parlamento es el cronograma electoral, a cargo de los organismos electorales. Ello está sujeto a la modificación de las fechas de inscripción de las candidaturas.
El pasado 14 de setiembre, el JNE presentó una propuesta para extender al 11 de enero del 2021 el plazo para que los partidos inscriban a sus candidatos a la presidencia y vicepresidencia, así como sus listas de postulantes al Congreso (la norma actual establece como fecha límite el 22 de diciembre del 2020). Esta iniciativa tiene como objetivo que las alecciones internas se realicen a fines de diciembre.
Fuentes del JNE informaron a El Comercio que no se ha podido publicar el cronograma electoral por estar a la espera de que el Parlamento apruebe la propuesta. En caso las fechas no se lograse modificar las fechas a tiempo, la ONPE deberá ajustar sus proyecciones y establecer que los comicios internos se realicen entre la última semana de noviembre y la primera de diciembre.
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