Carlos Cavagnaro precisó que la norma entrará en vigencia este sábado 18 y quien tendrá competencia es la Fiscalía, que tomará una “decisión motivada e impugnable”. (Foto: El Comercio)
Carlos Cavagnaro precisó que la norma entrará en vigencia este sábado 18 y quien tendrá competencia es la Fiscalía, que tomará una “decisión motivada e impugnable”. (Foto: El Comercio)
Redacción EC

La cremación de terroristas fallecidos en prisión se realizará en un plazo máximo de 24 horas, tal como lo establece la norma aprobada por el el último jueves y promulgada este viernes por el presidente.

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Así lo afirmó el secretario general del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), Carlos Cavagnaro, quien detalló que la decisión que adopte el Ministerio Público es impugnable y deberá ser comunicada a los familiares del occiso.

“El fiscal que toma la decisión la tendría que poner en conocimiento al Ministerio de Salud, que tiene que coordinar con el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior y allí hay un plazo máximo de 24 horas. La cremación se tiene que realizar en presencia del Ministerio Público para fines de la identificación y levantar el acta correspondiente. El plazo máximo para la cremación, 24 horas como máximo”, expresó en RPP TV.

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Precisó que la norma entrará en vigencia este sábado 18 de setiembre y quien tendrá competencia es la Fiscalía, que tomará una “decisión motivada” y que será impugnable respecto a la cremación y necropsia.

Sobre los criterios del lugar donde se dispersarán los restos, Cavagnaro refirió que aún no ha sido establecido. “Esos criterios no los podemos mencionar ni decir, tendrán que ser reservados”, sentenció.

Cremación de terroristas se realizará en un plazo máximo de 24 horas
La cremación de los terroristas fallecidos se realizará en un plazo máximo de 24 horas, tal como lo establece la norma aprobada por el Congreso de la República el último jueves y promulgada este viernes por el presidente Pedro Castillo.

Como se recuerda, el proyecto aprobado por el Congreso de la República incorpora el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, referido al destino de los cadáveres de fallecidos que cumplían condena por traición a la patria o terrorismo.

“En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia”, dice el documento.

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“La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas. La cremación se realiza en presencia de un representante el Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente”, añade.

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