

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundado un recurso presentado a favor del expresidente Pedro Castillo (2021-2022) para que se ordene su libertad al haber sido detenido arbitrariamente por su escolta el 7 de diciembre del 2022, cuando perpetró un golpe de Estado.
Cabe indicar que la demanda de habeas corpus había sido presentada a favor de Castillo Terrones por el ciudadano Brangil Juan Mateo Blas, quien denunciaba una supuesta afectación del derecho a la libertad individual del exmandatario.
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En su resolución, el TC señaló que la demanda, en aplicación del artículo 29 del Nuevo Código Procesal Constitucional, debió ser presentada en Lima y no en Junín, dado que los hechos ocurrieron en la capital.
“En el presente caso, atendiendo a lo ya indicado, ha quedado del todo claro, sin ningún margen de duda, que la demanda de habeas corpus fue interpuesta ante un juzgado que carecía de competencia territorial para conocerla. Esta competencia es, además, improrrogable bajo sanción de nulidad de todo lo actuado”, indicó.
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“En este orden de ideas, al haberse presentado ante un órgano judicial territorialmente incompetente, debe declararse improcedente la presente demanda de habeas corpus”, agregó el TC.
Se trata del segundo recurso que el Tribunal Constitucional declara improcedente este mes. El pasado 7 de febrero desestimó un hábeas corpus presentado a favor de Pedro Castillo que también buscaba su libertad alegando una supuesta “detención arbitraria”.
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Dicha demanda había sido presentada por Rocío Margot Calderón Contreras el 10 de diciembre del 2022 y argumentaba vulneración del derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del juez o por la policía en caso de flagrante delito.
Castillo Terrones cumple prisión preventiva en el penal de Barbadillo. Días atrás el Poder Judicial rechazó su intento de salir en libertad con una comparecencia con restricciones bajo una vigilancia electrónica para afrontar el juicio oral por el golpe de Estado del 2022.
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