El voto electoral en el Perú es obligatorio, excepto para las personas adultos mayores a partir de los 70 años. Los comicios del domingo 2 de octubre significaron una gran responsabilidad ciudadana, pero personalmente también pudieron surgir inconvenientes o causales que dificultaron la participación del miembro de mesa seleccionado o del elector. Ante este tipo de casos, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) explica cuál es el trámite a seguir para no ser multado por infringir las normas en las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022.
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JNE: ¿QUÉ ES UNA JUSTIFICACIÓN Y DISPENSA DE UNA MULTA ELECTORAL?
La entidad encargada de fiscalizar la legalidad de los procesos electorales, a través de su portal web, informa y expresa con claridad de qué se trata cada descargo y excusa permitida en las ERM 2022.
De acuerdo a lo expuesto en la sección Preguntas Frecuentes (Dispensas), el JNE otorga y acepta justificaciones y dispensas realizadas, únicamente, a partir del día siguiente de que se lleven a cabo las elecciones (en este caso, desde el día lunes 3 de octubre), y hasta que se emita la Resolución de Medida Cautelar de Embargo, como parte del procedimiento de ejecución coactiva, que se realiza cuando una persona no cumple con interponer recursos administrativos o no paga la penalización económica dentro de los 15 días hábiles luego de la infracción electoral.
La justificación de una multa electoral es el trámite que debe realizar todo ciudadano seleccionado para ser miembro de mesa con motivo de una inasistencia, y de esta forma evitar una sanción administrativa.
Igualmente, una dispensa de una multa electoral engloba el trámite por omisión al sufragio.
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ERM 2022: ¿CÓMO SE PUEDE PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN Y/O DISPENSA Y CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Según la plataforma del JNE, el ciudadano que requiera justificar y/o dispensar una inasistencia o falta a la mesa electoral o al local de votación, debe ingresar al Sistema de Dispensa Virtual.
En el portal se debe colocar el número de Documento Nacional de Identidad (DNI), código de ubigeo de DNI, y el código del Grupo de Votación para poder ingresar y realizar el trámite.
Dentro del mismo, se debe seleccionar el tipo de multa, tipo de causales e ingresar los requisitos requeridos.
Repasemos qué solicita el JNE para tramitar una justificación y/o dispensa de una multa electoral:
- DNI convencional o electrónico
- Copias simples de los documentos sustentatorios de acuerdo a la tabla general de motivos y/o causales considerados en el siguiente listado:
Ciudadanos que viajan al extranjero para realizar estudios académicos / Ciudadanos que salen del país para ser atendidos por motivos de salud en el extranjero / Desastres naturales o de origen humano / Error en el padrón electoral / Defectos en la actualización, organización y ejecución de actividades electorales atribuibles a las entidades del Sistema Electoral / Fallecimiento de familiar directo / Impedimento del ejercicio de derecho de sufragio e instalación en los casos originados por incidencias electorales / Discapacidad física, mental, sensorial o intelectual / Lactancia o mujeres en periodo de gestación (aplica únicamente para justificaciones) / Robo o pérdida de DNI-DNIe / Salud / Fuerza mayor
Cabe resaltar, que si la inasistencia fue causada por haber sido diagnosticado con COVID-19, hospitalizado o puesto en cuarentena a raíz de la enfermedad, el trámite para estos ciudadanos será gratuito.
JNE: COSTOS DE TRÁMITE
El JNE actualizó los montos de pago por derecho de trámite para ambos tipos de excusa.
El costo de una justificación de una multa electoral es de 23.40 soles, y el de una dispensa tiene un valor de 23.60 soles.
Para realizar los pagos que correspondan, el ciudadano deberá acercarse a cualquier agencia del Banco de la Nación (BN) a nivel nacional indicando el código 01465, y también se puede realizar vía online a través de Págalo.pe.
Conoce y consulta mayor información sobre los trámites de justificación y dispensa en estas ERM 2022, ingresando a Solicitud de Excusa después de las elecciones.
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