Todos los desplazamientos al extranjero de ciudadanos peruanos deben registrarse y constar en el pasaporte electrónico. Recientemente, el Congreso aprobó cambios que afectan a los pasaportes emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores. La nueva normativa modifica los artículos 20, 21 y 22 del Decreto Legislativo 1350, actualizando las denominaciones de los distintos tipos de pasaporte y generando un renovado marco regulatorio para estos documentos de viaje.
Pasaporte peruano 2025: conoce el nuevo cambio de categorías y cómo te impacta
El 30 de septiembre de 2025, el diario oficial El Peruano publicó la ley que modifica el Decreto Legislativo 1350, permitiendo la emisión del pasaporte electrónico y sus distintos tipos para uso internacional. Estas modificaciones se aplican a los pasaportes expedidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, incluidos los tramitados en las Oficinas Consulares del Perú en el extranjero.
Según lo informado por el Congreso de la República, el documento de viaje ahora contará con nuevas categorías que precisan sus alcances operativos. Las categorías serán:
Pasaporte ordinario.
Pasaporte oficial.
Pasaporte diplomático.
Pasaporte de emergencia.
Otros que se determinen por instrumentos internacionales
En este panorama, el pasaporte ordinario es emitido dentro del territorio nacional por Migraciones. Y en el caso del extranjero, en las oficinas consulares del Perú en el exterior, es decir, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores. El documento establece que Migraciones es el único que establece características físicas, el diseño y las medidas de seguridad del pasaporte ordinario. Mientras, el Ministerio de Relaciones Exteriores determina las características, diseño y seguridad de las otras categorías: oficial, diplomático, de emergencia y otros que se determinen por instrumentos internacionales.
Asimismo cabe resaltar, que la Ley Nº 32457 a la cual nos referimos, determina que el denominado pasaporte oficial pase a sustituir al anterior llamado “pasaporte especial”, y de esa forma ser utilizado por autoridades y delegados que asuman encargos oficiales fuera de las fronteras, mientras el otorgamiento del pasaporte de emergencia, tiene las siguientes observaciones:
“Las Oficinas Consulares del Perú en el exterior expiden un pasaporte de emergencia a un nacional peruano cuando no sea posible emitir un pasaporte ordinario y se requiera la continuación de su viaje para luego retornar al territorio peruano o al país de su residencia”, figura detallado mediante el artículo 21 del Decreto Legislativo 1350 donde además se aclara el panorama en torno al pasaporte de emergencia dirigido a menores de edad.
¿Qué más debes saber sobre este importante tema?
Dicho permiso continuará concediéndose en el caso de niños nacidos en el extranjero con padres peruanos de nacimiento, cuyo nacimiento aún no haya sido inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). Asimismo, también aplica con el fin de permitir la continuación del viaje para luego retornar al territorio nacional o al país de residencia, con la observación de que este documento no reemplaza la inscripción del menor en la RENIEC.
Cómo renovar el DNI azul virtualmente
En una entrevista para América Noticias, la directora de Servicios Registrales de Reniec, Karim Pardo, informó que, desde ahora, los ciudadanos que tengan su DNI azul vencido o próximo a caducar podrán renovarlo por el nuevo DNI electrónico 3.0 desde cualquier dispositivo digital sin salir de casa. Para acceder a este novedoso servicio, se debe descargar el aplicativo oficial de verificación facial de Reniec (LINK), donde te pedirá que se tome una fotografía para validar la identidad. Luego, se debe proceder a pagar los S/ 30 en agentes BCP o Yape con el código de trámite 02121.
Tras ello, se tendrá que dirigir a la plataforma del Reniec y ubicar la sección “Trámites virtuales del ciudadano – renovación por caducidad”, donde el ciudadano tendrá que completar con sus datos personales y actualizar dirección, donación de órganos, entre otros, siempre que sea necesario. Asimismo, el ciudadano tendrá la opción de elegir la oficina de entrega más cercana y, al completar esos sencillos pasos, recibirá un correo electrónico que confirmará que el trámite fue recibido correctamente. “Ya no necesitará ir a una agencia, lo pueden hacer en casa y en la lista sale en qué lugar lo quiere recoger”, explicó Pardo a dicho medio.
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