La titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), María Antonieta Alva, anunció hace unos días que se identificaron 12 exoneraciones tributarias que vencen este 31 de diciembre. Cuatro ya fueron publicados y el resto aún se están trabajando.
“La que sí tiene que ir de todas maneras tiene que ver con el apéndice de bienes y servicios, una lista exonerada del Impuesto General a las Ventas (IGV) asociada al consumo de las personas con menores ingresos”, dijo la titular del MEF el último lunes, haciendo referencia a la canasta básica.
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A LA ESPERA
Una de las exoneraciones que podría ser aprobada está relacionada con el sector minero. El presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, Manuel Fumagalli, consideró como indispensable que se extienda la devolución del IGV a las empresas mineras y de hidrocarburos que realizan actividades de exploración.
Esto, considerando que dicha actividad está desacelerada desde el 2018. En esta línea, Fumagalli aclaró que no se trata de la exoneración de un impuesto, sino de una medida de promoción aplicada a una actividad de alto riesgo.
“La exploración es una actividad de riesgo. En general, de cada 100 proyectos, en promedio, solo uno se convierte en descubrimiento [...] No se trata de una exoneración del pago del IGV, sino una medida de promoción”, apuntó.
Por otro lado, para Jorge Dávila, socio del área tributaria del estudio Olaechea, el Ejecutivo también debería considerar la prórroga de la Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades Productivas en Zonas Altoandinas.
Por esta norma, publicada en el 2009 con vigencia de 10 años, se realizan exoneraciones del Impuesto a la Renta y del IGV a las importaciones de los bienes destinados a dicho uso.
Además de lo anterior, detalla Dávila, se deberían perfeccionar los criterios técnicos porque su actual redacción pone en riesgo la obtención de los beneficios planteados, además de ahuyentar mayores inversiones.
“La norma dice que la producción tiene que desarrollarse en la zona altoandina, pero el producto adquiere valor cuando es procesado y las empresas que prestan este servicio complementario, mayormente, se encuentran en Lima. Y esta norma es importante porque contribuye a la generación de empleo y desarrollo en la zona altoandina, donde hay pobreza”, apuntó el tributarista.
¿Qué otras exoneraciones quedarían pendientes? Según Giorgio Balza, gerente del área tributaria en PwC Perú, la exoneración de rentas a asociaciones sin fines de lucro, la de las importaciones de bienes que se destinan al consumo de la Amazonía y la devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior.
“Esta última consiste en que se le brinden las facilidades a las personas que quieran venir a hacer una buena acción devolviéndole el IGV, que fue pensado para las operaciones comerciales”, detalla.
Asimismo, comparte el pedido del gerente de la Asociación de Transporte Terrestre de Pasajeros, Martín Ojeda Trujillo, quien advirtió la semana pasada que el precio de los pasajes interprovinciales se elevarían si no se amplía la exoneración del IGV, que afecta a los usuarios.
RAZONES TÉCNICAS
Balza refiere que para prorrogar o ajustar cualquier beneficio debe sustentarse vía un análisis técnico, según lo fija el Código Tributario.
“Más allá de su prorroga o ajuste, el MEF va a analizar si en este contexto la exoneración es necesario o no o si necesita de un ajuste que se adecúe a la realidad”, explicó.
Asimismo, detalló que el Ejecutivo tiene como límite hasta un día antes del vencimiento de un beneficio para aprobar su respectiva prórroga.