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La Victoria: la historia del contrato firmado por el municipio con empresa de grúas pese a fallo del TC que prohíbe remolcar vehículos
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El Tribunal Constitucional puso fin a la controversia sobre el tema del internamiento de las unidades vehiculares en los depósitos municipales. El TC emitió, a fines de abril, la sentencia 119/2025 para establecer que los municipios no tienen la facultad para utilizar grúas con el objetivo de remolcar vehículos mal estacionados en sus jurisdicciones, pues remarcó que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y de la Policía Nacional del Perú. Sin embargo, hay un municipio que es sindicado de “sacarle la vuelta a la ley”, a lo dispuesto por el TC, ya que habría emitido una ordenanza para mantener dicha práctica, pero bajo otra denominación. Se trata de la comuna de La Victoria.
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Una fuente de El Comercio recordó que, en 2023, el TC anuló la ordenanza de La Victoria N°375-2021/MLV al considerar que las municipalidades no tienen competencia para remolcar o internar vehículos, pues consideraba que era función exclusiva de la Policía Nacional y del MTC. Sin embargo, en mayo de 2024, dicha comuna aprobó la ordenanza N°435-2024/MLV, pero sustituyó el término “vehículos” por “bienes muebles”, a fin de justificar los operativos e internamiento de unidades en los depósitos mediante grúas.
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Carlos Salas Abusada desglosa con rigor las noticias clave del día de lunes a viernes.

Pese al reciente fallo del TC, emitido el pasado 28 de abril, la comuna de La Victoria, bajo la gestión del alcalde Rubén Cano, firmó -el último 4 de julio- un contrato con el Consorcio Grúas LAV, conformado por las empresas BNR32 S.A.C. y Orlandini Racing S.A.C., por el alquiler de grúas vehiculares que se encargarán de trasladar e internar en el depósito los “bienes muebles” que cometan infracciones en la vía pública. El contrato será por un monto total de S/10,757,222.40, tendrá una vigencia de 912 días y la comuna pagará 294.88 soles por cada hora de alquiler de grúa.

El consorcio Grúas LAV tiene como representante legal a Héctor Piedra León. Dentro del consorcio, la empresa BNR32 S.A.C. posee el 98% de participación, mientras que Orlandini Racing S.A.C., cuyo gerente general es Raúl Orlandini Griswold, tiene el 2% restante

La buena suerte de la empresa de Raúl Orlandini
Las empresas vinculadas a Raúl Orlandini Griswold han tenido suerte en el negocio del servicio de grúa e internamiento de vehículos que infrinjan las normas de tránsito, ya que había suscrito contratos hasta con cuatro municipios de Lima, de acuerdo con un informe de El Comercio publicado en agosto del 2024.

De acuerdo con el informe periodítico, uno de los contratos firmados en el 2024 fue con la Municipalidad de La Victoria, que realizó dicha contratación directa bajo la causal de ‘desabastecimiento inminente’. Según lo establecido, Orlandini Racing S.A.C. recibiría un monto de 1,9 millones de soles por el servicio de 90 días calendario. En la primera convocatoria, la comuna planteó un contrato de más de 14,7 millones de soles por 470 días de servicio, pero el proceso fue anulado por recomendación de la OSCE debido a incongruencias en la convocatoria, ya que el pago del servicio iba a depender de la cantidad de vehículos remolcados y ya no sería por un monto fijo, pese a que el municipio así lo había establecido.
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Otro caso llamativo es el acuerdo firmado con la Municipalidad de Miraflores, durante la gestión del exalcalde Luis Molina. El Consorcio Green City Miraflores, ganador del contrato, estaba conformado por Orlandini Racing S.A.C., con el 50% de participación, mientras que el resto lo completaba Logistas Servicios S.A.C. (48%) y Logsa S.A.C. (2%). Estas dos últimas empresas tenían el mismo representante legal.
El Comercio pudo conocer en su momento que las gestiones municipales de La Victoria y Miraflores le habian exigido al contratista cumplir con internar en el depósito una cantidad mínima de vehículos al día. En Miraflores, el requerimiento era de 32 unidades, mientras en La Victoria en su convocatoria inicial, era de 90 unidades, pero luego se dejó de lado esa cifra.
Un punto para tomar en cuenta en todo este caso es que Kary Griswold Tweddle, madre de Raúl Orlandini, fue militante de Solidaridad Nacional, partido al cual también perteneció Luis Molina, exalcalde de Miraflores. Además, Rubén Cano Altez, actual burgomaestre de La Victoria, fue regidor de la Municipalidad de Lima durante el periodo 2015-2018 por el partido Solidaridad Nacional, cuyo fundador fue Luis Castañeda Lossio y quien era muy cercano a Kary Griswold.

Sin respuestas
El Comercio trató de recoger la respuesta de la Municipalidad de La Victoria, pero su área de prensa indicó que los funcionarios encargados del tema podrían responder el 14 de julio, fecha en que el alcalde Rubén Cano regresa de cinco días de vacaciones, pero este lunes no respondieron nuestra solicitud de descargo. Por su parte, Héctor Piedra Léon, representante legal de Consorcio Grúas LAV, señaló que no responderían nuestras interrogantes por tratarse de un contrato en curso. “Después de hacer la consulta con el área legal de la empresa, nos recomienda que en vista de tratarse de un contrato en proceso, nos abstengamos de hacer alguna declaración al respecto”, expresó a este Diario.
En medio de esta polémica, un hombre de 68 años murió, el pasado 6 de junio. tras sufrir un infarto momentos después de que una grúa municipal de La Victoria se llevara su vehículo al depósito. El conductor había llegado hasta una empresa interprovincial para comprar pasajes y estacionó su unidad en los exteriores.
Miraflores trasladará al estadio Manuel Bonilla a vehículos mal estacionados en la vía pública
La Municipalidad de Miraflores indicó a El Comercio que adecuarán sus ordenanzas a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, pero que se aplicará el procedimiento de remover e internar el vehículo mal estacionado en el estadio Manuel Bonilla, pero que no se cobrará por el traslado ni por el servicio de depósito.
“Lo que nos toca hacer, a partir de lo resuelto por el Tribunal Constitucional, es hacer algunas modificaciones en las ordenanzas que el TC considera que podrían estar duplicando las disposiciones que tiene el Reglamento Nacional de Tránsito. Ya lo habíamos empezado hacer desde mucho antes que se emitiera esa resolución del TC”, expresó Lino de la Barrera, vocero de la comuna de Miraflores.

“Cuando un vehículo se estaciona en la cochera de un vecino se le aplica la infracción de acuerdo con el Reglamento de Tránsito, y como medida preventiva, tal como establece la norma, se realiza la remoción del vehículo, se le traslada al estacionamiento del estadio Bonilla hasta que el propietario lo recoja. No se cobra por el traslado ni por el depósito”, agregó.
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“No estamos utilizando ninguna ordenanza propia, sino estamos utilizando el Reglamento Nacional de Tránsito, para eso los inspectores municipales del distrito tienen una homologación otorgada a partir de un convenio con la Municipalidad de Lima. Trabajamos directamente con la Policía para que eso suceda”, remarcó el funcionario.
No obstante, Lino de la Barrera advirtió que una posible consecuencia del fallo del Tribunal Constitucional es el aumento de casos en el que los conductores se estacionan en zonas rígidas o utilizan la vía pública como cochera. Además, enfatizó que no existe tanta cantidad de policías para aplicar las sanciones por infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito.
Municipios crean infracciones de tránsito por el negocio el alquiler de grúas, indicó especialista
Martín D’Azevedo, abogado experto en derecho municipal, consideró “correcto” lo resuelto por el Tribunal Constitucional de prohibir el uso de grúas por parte de los municipios para remolcar vehículos mal estacionados, pues enfatizó que “crear y luego perseguir una supuesta infracción de tránsito no es una potestad de las municipalidades o gobiernos locales, es una potestad del MTC”.
“El crear una infracción a través del Reglamento Nacional de Tránsito es potestad del MTC, nunca lo ha sido de una municipalidad, estas se inventaron este tema con la finalidad de recaudación y por los negocios que tienen con terceros por el alquiler de grúas, ya que cobran montos exorbitantes por el servicio de la grúa y por cada día de depósito”, aseveró el especialista en diálogo con El Comercio.

Consideró como “una sacada de vuelta a la sentencia” del TC que los municipios, como en el caso de La Victoria", señalen que las grúas remolcarán los “bienes muebles” que ocupan la vía pública, pero recordó que vehículos son bienes muebles, por lo que la Defensoría del Pueblo y otras partes demandantes deberían solicitar al Tribunal Constitucional una “aclaración y ampliación” para que la sentencia no deje margen de duda.
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Por su parte, la Defensoría del Pueblo, a través de su vocera Karina Díaz, explicó que el TC ha determinado que existen ordenanzas que no han tenido una debida publicidad a fin de que los conductores conozcan de las sanciones que pueden recibir por estacionar en espacios prohibidos, mientras que en otras estableció que “invaden las competencias” del MTC.
“El TC ha declarado inconstitucional 16 ordenanzas, algunas por la forma, ya que el TC ha considerado que no ha cumplido con el requisito respecto a la publicidad y, sobre todo, ha advertido que es necesaria una correcta publicidad de las normas para que los ciudadanos sepan qué infracciones se les puede imponer, qué sanciones, sobre todo las multas, pueden ser impuestas por las municipalidades. Por la forma, el Tribunal también ha derogado y ha declarado que son inconstitucionales siete ordenanzas. En el resto ha hecho un análisis sobre el fondo de estas ordenanzas y ha establecido que están incumpliendo con el ordenamiento jurídico en tanto invaden las competencias que le corresponden al MTC”, afirmó la funcionaria.











