La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), impuso una multa ascendente a 16 UIT (S/ 66,400) al banco BBVA Perú por incumplir disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales (LPDP) y su reglamento.
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La entidad determinó que la entidad financiera realizó tratamiento de datos personales mediante la presencia física de su personal en el domicilio de un ciudadano a fin de ofrecer sus servicios financieros sin haber obtenido válidamente su consentimiento .
“Esta conducta califica como una infracción grave tipificada en la norma reglamentaria. En ese marco, la ANPD concluyó que utilizar datos personales de bancos o bases de datos de exclientes para ofrecer dichos servicios financieros no puede calificar como un “primer contacto”, si es que antes no medió el consentimiento previo”, señaló.
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Además, se estableció, como medida correctiva, que el banco no contacte al titular del dato personal para ofrecimientos de bienes o servicios sin haber obtenido previamente su consentimiento, el cual debe cumplir con las características establecidas en la normativa en materia de protección de datos personales.
La Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, en su calidad de órgano de segunda instancia, confirmó la resolución de sanción emitida por la Dirección de Protección de Datos Personales, agotándose con ello la vía administrativa. La resolución vinculada a este caso está disponible en el siguiente enlace: https://bit.ly/3RxBQur
Las denuncias sobre este indebido tratamiento de datos pueden realizarse a través de la mesa de partes virtual del Minjusdh en el enlace https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml.
Además, los ciudadanos que consideren que sus datos personales no son tratados de manera correcta pueden presentar una denuncia ante la Dirección de Fiscalización e Instrucción de la ANPD, así como realizar consultas al teléfono 204-8020 anexo 1030.
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