Ayer, el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley evaluó la posibilidad de sancionar al expresidente del Consejo de Ministros Aníbal Torres por haber infringido una de las reglas de conducta a las que estaba y está obligado mientras dure el proceso que se le sigue con relación al golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022. Como se recuerda, pesa sobre Torres una prohibición de reunirse con testigos de la investigación en la que está comprendido y, sin embargo, lo hizo con el exministro de Defensa Gustavo Bobbio, que tiene precisamente esa condición y cuya declaración, para mayor abundancia de la evidencia de la falta, se produjo delante del abogado del exjefe del Gabinete Ministerial. Una situación que este Diario denunció el mes pasado.
Desde el principio, Torres y su abogado, Duberlí Rodríguez, ambos hombres de leyes, trataron de minimizar la gravedad del hecho. Este último, en particular, llegó a sostener que el impedimento en cuestión “no es una prohibición tajante” y que el incumplimiento detectado “es una cosa, digamos, superficial”.
Ayer, no obstante, ante el juez que debe determinar si la falta merece una sanción (el fiscal Alcides Chinchay ha pedido un apercibimiento formal), tanto el investigado como su representante legal tuvieron que admitir lo innegable. La falta existió y no existe criterio alguno para relativizarla. El expresidente del Consejo de Ministros de Pedro Castillo dijo que fue una “negligencia” que no habrá de repetirse, mientras que Rodríguez argumentó que, ante lo ocurrido, bastaría una “amonestación”… Una forma alambicada de reconocer que sus argumentos anteriores carecían de sustento.
Ahora las partes deben esperar a que el juez Checkley emita su resolución y se las comunique. Pero, por lo pronto, cabe destacar que, a regañadientes, el investigado y su patrocinador legal han tenido que deponer sus esfuerzos alegosos de hacer pasar la clamorosa irregularidad por agua tibia.