A fines del 2014, manejando por la Carretera Central, un hombre se estrelló contra la pala de un cargador frontal. Murió. El 2018, en la Carretera Industrial, una persona chocó contra un cargador frontal. Murió. El 2019, un vehículo impactó contra un cargador frontal. Fallecieron dos pasajeros. Años atrás, la colisión de un bus interprovincial con un cargador frontal dejó ocho muertos y 37 heridos.
Estos casos tienen un común denominador: la presencia de maquinaria transitando por la vía pública. El Reglamento Nacional de Vehículos (RNV) agrupa esta maquinaria de dos maneras. Las máquinas amarillas son de uso exclusivo para construcción o minería. Las máquinas verdes, para el sector agrícola o forestal.
Sin embargo, el RNV detalla que ninguna de estas máquinas están destinadas a circular dentro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre. Esto se materializa en la infracción M33, por “operar maquinaria especial por la vía pública”, considerada como “muy grave” por el Reglamento Nacional de Tránsito (RNT).
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El RNT establece que la presencia de estas maquinarias en la calzada solo es permitida durante el mantenimiento de las vías. Para su traslado, se debe contar con vehículos especialmente acondicionados.
Sin embargo, a pesar de los accidentes fatales y la prohibición de transitar en la vía pública, El Comercio pudo recopilar fotos y videos de múltiples casos donde se evidencia a dichas máquinas transitando libremente por calles, avenidas e, incluso, la carretera Panamericana Sur.Este Diario también descubrió que la Municipalidad de Chorrillos moviliza estas unidades de manera ilegal. Se constató que maquinaria municipal se trasladaba por la Av. Santa Anita, cargando basura en la pala frontal y movilizando a tres obreros del municipio, dos de ellos sujetándose de los lados externos de la maquinaria.
Inmunidad total
Luis Quispe, especialista en tránsito y seguridad vial, explicó que estas maquinarias están prohibidas de transitar por la vía pública por no cumplir con los requisitos mínimos. “No tienen placa, por lo que no cuentan con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). No tienen luces, direccionales y, en algunos casos, tienen un ancho mayor al permitido”, detalló.
La Policía Nacional del Perú (PNP), según lo establecido en el RNT, tiene la facultad de intervenir a las personas que transiten por la vía pública a bordo de estas maquinarias. Según explica Franklin Barreto, exjefe de la División de Investigaciones de Accidentes de Tránsito de la PNP, corresponde multar al conductor bajo la M33 y, en caso ocasione un accidente de tránsito, bajo la M39 adicionalmente.
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Sin embargo, Barreto declaró que “hay una situación de impunidad”. La M33 establece que se multe con el 12% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), 50 puntos y la remoción del vehículo a quien infrinja la norma. “El gran problema son la falta de depósitos y la pobre cobertura policial. Ante la no existencia de los depósitos, las comisarías simplemente no reciben la maquinaria incautada”, aclaró.
Además, Barreto mencionó que la suma de puntos al récord del conductor no puede llegar a concluirse. “La infracción es de 50 puntos, pero para manejar maquinaria no se requiere licencia de conducir porque simplemente está prohibido transitar con estos vehículos”, explicó. Según sostuvo, esto impide que se registre la infracción y sólo se ponga la multa.
Finalmente, Barreto indicó que, en realidad, “hay una incoherencia” porque la sanción es menor para el conductor que maneje una maquinaria de manera informal, que para el de un vehículo autorizado. Incluso aunque cause se envuelva en un accidente de tránsito.