Redacción EC

El pleno del Congreso podría debatir este martes el dictamen de reforma constitucional que desaparece a la y crea, en su lugar, la Escuela Nacional de la Magistratura. Además, dispone que el puede nombrar y remover “por falta grave” a los titulares de la y del .

El , entonces presidida por Martha Moyano (Fuerza Popular). Votaron a favor los congresistas de Avanza País, Fuerza Popular, Alianza Para el Progreso, Renovación Popular, entre otros. Como se trata de una reforma constitucional debería ser aprobada en el pleno del Parlamento por más de 87 votos en dos legislaturas.

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“Publicada la presente ley de reforma constitucional, y la entrada en vigor de su respectiva ley orgánica, concluyen las funciones de la Junta Nacional de Justicia y de la Academia de la Magistratura, y se encarga a la Contraloría General de la República, durante el proceso de transferencia, la cautela del acervo documentario y administrativo de ambas instituciones y la supervisión de la transición hacia la Escuela Nacional de la Magistratura, debiendo dictar al efecto las disposiciones administrativas correspondientes”, señala el texto.

Dictamen que elimina la JNJ y crea la Escuela Nacional de la Magistratura
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Respecto a los jefes de la ONPE y de Reniec, el dictamen de la Comisión de Constitución precisa que serán nombrados por el Senado por un periodo renovable de cuatro años y podrán ser removidos por el mismo órgano por falta grave con la misma votación.


Plantea que el órgano de gobierno de la nueva Escuela Nacional de la Magistratura sea el consejo directivo integrado por: un juez supremo titular, en actividad o cesante, elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia; un fiscal supremo titular, en actividad o cesante, elegido por la Junta de Fiscales Supremos; y un exrector de las universidades públicas y privadas, licencias y con más de cincuenta años de antigüedad, elegido por sus rectores en ejercicio en un proceso electoral organizado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Los miembros del Consejo Directivo son elegidos por cinco años, no son reelegibles y ejercen el cargo a dedicación exclusiva.

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