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Excanciller Javier González-Olaechea sobre asilo a Betssy Chávez: “Perú no debería concederle el salvoconducto”
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El excanciller Javier González-Olaechea afirmó a El Comercio que el Perú no debería otorgarle el salvoconducto a la asilada ex presidenta del Consejo de Ministros, Betssy Chávez, cuyo juicio oral por el golpe de Estado se encuentra en la recta final y sobre quien pesa un pedido fiscal de 25 años de cárcel.
A través de una comunicación por escrito, el exministro de Relaciones Exteriores dijo que México, al otorgarle el asilo a la acusada exministra, ha abusado de su derecho internacional reconocido en la Convención de la Habana de 1928, que fue actualizada por la Convención de Caracas de 1954.
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“El Perú y México forman parte de este tratado internacional vinculante para ambas partes y resulta evidente que México ha utilizado y ha abusado del derecho internacional y de la convención sobre asilo diplomático de 1954, al haberle otorgado asilo diplomático a la señora Betssy Chávez”, anotó.

El martes 4 de noviembre, el canciller Hugo De Zela anunció que el gobierno evalúa si le otorga o no el salvoconducto. Precisó que ya solicitó un informe técnico legal a fin de conocer si los requisitos de la Convención de Caracas de 1954, en la que se ampara el gobierno de México para dar el asilo pueden ser aplicados a la acusada por el golpe de Estado del 2022.
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“Por la contradicción entre los artículos II y III, por el contenido de los artículos adicionalmente citados y explicados, por la inasistencia de la señora Chávez a la lectura de su sentencia días pasados y por el incumplimiento del mandato del Poder Judicial que recientemente le impuso un impedimento de salida del país por 10 meses, considero que el gobierno del Perú no debiera concederle el salvoconducto solicitado por México.”
El excanciller González Olaechea recordó que si bien el artículo 2 de la citada Convención señala que “todo Estado tiene derecho de conceder asilo, pero no está obligado a otorgarlo ni a declarar por qué lo niega”, también el artículo 3 introduce una excepción o variante.
Junto a ello, detalló que el artículo 4 de la Convención establece que el “asilo no podrá ser concedido; sino en casos de urgencia y por el tiempo estrictamente indispensable (…)”.

En ese sentido, recordó que Chávez Chino está procesada por el delito de rebelión conforme al sistema normativo peruano. Y, dicho delito requiere el acuerdo de dos o más personas y la resolución firme de llevarlo a cabo, aunque no lleguen a ejecutarlo.
Además, acotó González-Olaechea, “resulta evidente que el caso de la señora Chávez no resultaba urgente y que tampoco su vida, su libertad o su integridad corrían peligro alguno”, al punto que, tras su prisión preventiva, el Tribunal Constitucional dispuso su libertad inmediata en setiembre pasado.
Otro aspecto expresado por el excanciller, fue que México habría otorgado el asilo sin que pueda tener la información necesaria sobre la situación de Chávez Chino, quien estaba siendo procesada judicialmente, quien no había acudido a las audiencias.
Con ello, dijo, “resulta casi imposible creer que el funcionario asilante haya tomado en cuenta las informaciones que el gobierno territorial -el Perú- le haya ofrecido para normar su criterio”. Por todo ello, consideró que el Perú no debería otorgarle el salvoconducto a Chávez Chino.
“Por la contradicción entre los artículos II y III, por el contenido de los artículos adicionalmente citados y explicados, por la inasistencia de la señora Chávez a la lectura de su sentencia días pasados y por el incumplimiento del mandato del Poder Judicial que recientemente le impuso un impedimento de salida del país por 10 meses, considero que el gobierno del Perú no debiera concederle el salvoconducto solicitado por México.”
El excanciller señaló que si el gobierno peruano decide no entregar el salvoconducto, una vez finalizada la regencia de la “familia política López Obrador”, un nuevo gobierno mexicano pondría pronto fin a “este uso y abuso del derecho internacional y de la Convención de Caracas”, “así como a la protección ideológica” que le brindan a “Chávez Chino -quien evidentemente tenía su fuga planeada- evitando” así que otros exfuncionarios, mayor responsabilidad, pretendan lo mismo.











