Comisión de Ética abre investigación contra Joaquín Ramírez
Comisión de Ética abre investigación contra Joaquín Ramírez
Gustavo Kanashiro Fonken

La decisión de la Corte Suprema de anular el carácter vinculante de la casación 92-2017/Arequipa que ponía trabas al proceso de investigación en casos de lavado de activos tendrá un efecto decisivo en un caso archivado recientemente: la investigación a .

La fiscal Sara Vidal decidió, el 29 de setiembre, archivar la investigación contra el ex secretario general de Fuerza Popular, en la cual también estaba comprendida la lideresa de ese partido, Keiko Fujimori, aplicando la casación que ya había sido cuestionada por el Ministerio Público por complicar las investigaciones de lavado de activos.

El archivamiento de estas indagaciones generó una respuesta por parte de la Procuraduría de Lavado de Activos, la cual apeló la decisión la semana pasada.

- ¿Aplica el fallo del pleno? -

"El resultado del pleno casatorio recién se va a publicar el 25 de octubre. A partir de esa fecha se podrá aplicar sin efectos retroactivos en todos los procesos que todavía estén abiertos. Eso incluye la queja presentada por la procuraduría (por el caso Joaquín Ramírez)", detalló a El Comercio el abogado penalista Carlos Caro.

Debido a la complejidad del caso y a la necesidad de conocer al detalle la decisión del pleno casatorio el 25 de octubre, Caro consideró que la actitud más prudente sería que el Ministerio Público espere la publicación de esta resolución antes de tomar una decisión en el caso Joaquín Ramírez.

- Lo que viene -

En caso de que la apelación sea aprobada, pasará a manos de otro fiscal, quien tendrá que reabrir la investigación tomando en cuenta lo que ha establecido la Corte Suprema. Caso contrario, el Ministerio Público confirmará el archivamiento del caso.

"Para que proceda la queja, la procuraduría debe buscar dos cosas antes que apelar al pleno casatorio. Primero, debe cuestionar a la fiscalía por llevar mal la investigación y señalar que fue negligente por no considerar ciertas pruebas. Segundo, señalar que tuvo una valoración equivocada de los indicios que hallaron durante las indagaciones", dijo a El Comercio el abogado penalista Eduardo Herrera.

Para Carlos Caro, la decisión de la Corte Suprema significa un revés definitivo a la decisión que tomó la fiscal Sara Vidal.

"El pleno casatorio ha determinado que no hay necesidad de probar todos los datos del delito para investigar, y eso ya implica una corrección frente a lo que ha decidido la fiscalía [...] La Corte Suprema ha zanjado el debate y ha dicho que hay que probar el delito en el plano general", comentó.

- Aprueban la decisión -

Ambos penalistas consultados por este Diario respaldaron la decisión del pleno casatorio, cuyos detalles fueron adelantados por el juez César San Martín.

"No se puede pedir que la actividad anterior al delito fuente esté plenamente acreditada. El lavado de activos exige otras condiciones. Si esa fue la línea interpretativa, me parece que han tomado la decisión correcta porque no se debería exigir siquiera que hay un delito fuente", comentó Herrera.

"Estoy de acuerdo porque la casación 92-2017/Arequipa exigía un nivel de detalle que no estaba plenamente mencionado en la ley [...] Lo que viene será interesante porque la fiscalía va a tener que plantear una hipótesis general para sustentar su sospecha inicial. Van a tener que cambiar un poco sus prácticas", dijo, a su turno, Carlos Caro.

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