El expresidente Alberto Fujimori salió en libertad gracias a una resolución del Tribunal Constitucional, que ordenó su excarcelación el último martes 5 de diciembre. El exmandatario cumplía su condena de 25 años de prisión por los casos Barrios Altos y La Cantuta en el penal de Barbadillo, en Ate.
Desde que el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski lo indultó en 2017, el caso de Fujimori dio diversos giros hasta el reciente fallo del TC. A continuación, un repaso.
LEE TAMBIÉN | Patricia Benavides: Congreso sigue sin tomar medidas sobre legisladores vinculados con detenido exasesor
En vísperas de Navidad, el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) le otorgó el indulto y la gracia presidencial al condenado ex mandatario Alberto Fujimori, luego de que una junta médica recomendara su liberación por “una enfermedad progresiva, degenerativa e incurable”.
Alberto Fujimori, en aquel entonces de 79 años, y que gobernó el país entre 1990 y el 2000, se encontraba internado en una clínica local por un cuadro de “hipotensión” y “arritmia”.
PPK tomó la polémica decisión días después de que 10 congresistas de Fuerza Popular, entre ellos Kenji Fujimori Higuchi, lo salvaran de la destitución.
“El Presidente de la República, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú para tales fines, ha decidido conceder el indulto humanitario al señor Alberto Fujimori”, precisó un comunicado de la Presidencia.
Por medio de su cuenta de Twitter, la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, saludó la liberación de su padre.
“Hoy es un gran día para mi familia y para el fujimorismo. Finalmente mi padre está libre. ¡Esta será una Navidad de esperanza y alegría!”, escribió la ex candidata presidencial aquel 24 de diciembre.
El expresidente Fujimori había enviado el 11 de diciembre de ese año una solicitud de indulto y derecho de gracia por razones humanitarias que lo libere de una condena de 25 años de prisión.
Fujimori fue recluido en setiembre del 2007 en el penal de Barbadillo, tras llegar extraditado de Chile. Ahí permanecía cumpliendo una pena de 25 años por homicidio calificado con alevosía, por las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta. También por el delito de secuestro agravado, por las detenciones del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer.
Fujimori también fue condenado a 6 años de prisión en diciembre del 2007 por usurpación de funciones. En julio del 2009, a 7 años y medio de cárcel por peculado doloso y falsedad ideológica al probarse el pago de US$15 millones a Vladimiro Montesinos por compensación de tiempo de servicios (CTS).
Asimismo, en setiembre del 2009 fue sentenciado a 6 años de cárcel por los pagos ilegales a los congresistas tránsfugas, por el espionaje a políticos y periodistas, y por la compra de Cable Canal de Noticias y de la línea editorial del diario “Expreso”.
En enero del 2015 había sido condenado a 8 años de cárcel por peculado al haber ordenado el desvío de fondos de las Fuerzas Armadas al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN). Sin embargo, en agosto del 2016, la Sala Permanente de la Corte Suprema lo absolvió del delito y anuló la condena.
En su sentencia, la Corte IDH establece que la justicia nacional es la que debía evaluar el indulto humanitario a favor de Alberto Fujimori. También consideró que el Estado no dio “cumplimiento total a la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las graves violaciones a los derechos humanos” consideradas en las sentencias de Barrios Altos y La Cantuta.
Aquí la resolución completa de la Corte IDH:
LEE TAMBIÉN | Patricia Benavides se retira de la JNJ en plena audiencia de suspensión del cargo | VIDEO
En octubre de 2018, el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, a cargo del magistrado Hugo Núñez Julca, anuló el indulto a favor de Alberto Fujimori, otorgado por PPK en 2017. A través de una resolución de 225 páginas, el juez dispuso además la ubicación y captura del ex presidente a fin de que sea reingresado a prisión.
El documento indica que la resolución suprema N° 281-2007-JUS (sic), del 24 de diciembre del 2017 -que le otorgó el indulto a Alberto Fujimori-,”carece de efectos jurídicos”. Además, declara fundado “el pedido de la parte civil de no aplicación del indulto por razones humanitarias a favor del mencionado condenado”.
Asimismo, el juez Nuñez Julca dispono que se continúe con la ejecución de sentencia en los términos que fue impuesta. “Gírese las órdenes de ubicación y captura contra el sentenciado Alberto Fujimori Fujimori o Kenya Fujimori, a fin de que sea reingresado al establecimiento penitenciario que designe la autoridad penitenciaria”, concluye la resolución del 3 de octubre del 2018.
Keiko Fujimori cuestionó la decisión de la Corte Suprema. Aseguró que la decisión judicial “es injusta e inhumana”. “Es doloroso saber que un juez en nuestro país le ha quitado la libertad de mi padre señalando que porque no está moribundo no tiene derecho a un indulto humanitario”, señaló.
Un día después compartió en su cuenta de X (antes Twitter) un video en el que su padre pide no regresar a prisión.
“Con profunda pena, no puedo dejar de compartir el llamado de justicia que hace mi padre desde la clínica, aferrándose a la esperanza de mantener su ya recortada libertad dictada por la ley”, indicó.
Tras más de 100 días internado, Fujimori recibió el alta médica y regresó el penal de Barbadillo, ubicado dentro de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía Nacional (Diroes), en el distrito de Ate.
El ex presidente regresó a Barbadillo para seguir cumpliendo la condena a 25 años que se le impuso por los casos Barrios Altos y La Cantuta. Esto luego de que el juez supremo provisional Hugo Núñez anulara el indulto humanitario el 3 de octubre del 2018.
Desde entonces, el ex presidente permanecía internado en la Clínica Centenario Peruano Japonesa (Pueblo Libre). Después de 113 días fue dado de alta por sus médicos, que especificaron que lo trataron por fibrilación auricular paroxística, hipertensión, insuficiencia venosa coronaria, sarcopenia, depresión, entre otros problemas.
Enterado de su alta y de la orden de internamiento en el penal, Fujimori, desde el cuarto 1304 del noveno piso de la clínica, envió una carta y una foto suya. “Tengo casi 12 años preso y me están llevando de nuevo a la cárcel, ¿no es suficiente?”, dijo
En la clínica estuvo el ex congresista Alejandro Aguinaga, médico de cabecera de Fujimori, quien señaló que el ex mandatario “no es de fierro, es evidente que esta situación lo afecta”.
También lo visitó su hijo Kenji Fujimori. Su hija Keiko Fujimori cumplía en ese entonces una orden de 36 meses de prisión preventiva.
El Poder Judicial confirmó -en segunda instancia- el rechazo al hábeas corpus que habían presentado dos de los hijos del exmandatario para excarcelarlo ante el riesgo de contraer coronavirus.
La Sala Mixta de Emergencias de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la decisión del Juzgado Penal de Turno Permanente, que declaró infundado el recurso presentado por Hiro y Sachie Fujimori Higuchi.
Según los fundamentos de la resolución, el objetivo que persigue la familia de sacar al exmandatario de la cárcel para que permanezca en un lugar alejado (un fundo en la provincia de Sayán) y bajo el cuidado de uno de sus hijos sería “contraproducente”, ya que las enfermedades que padece Alberto Fujimori requieren un monitoreo constante, más aún en un contexto de pandemia como la del COVID-19.
Tras ello, su defensa acudió al TC.
LEE TAMBIÉN | Pedro Castillo: Poder Judicial evalúa pedidos para cesar su prisión preventiva el 12 de diciembre
El TC declaró fundado el hábeas corpus que planteaba la excarcelación del expresidente. En este caso dicho recurso de hábeas corpus fue interpuesto por Gregorio Parco Alarcón contra la resolución de la Corte Suprema de Justicia, que dejó sin efecto el indulto humanitario.
El tribunal aceptó la ponencia de Ernesto Blume, quien planteaba declarar fundado el recurso y con ello se deje sin efecto la anulación del indulto. La decisión se tomó en una sesión reservada el jueves 17 de marzo y se conoció pocas horas después.
El Tribunal Constitucional detalló que la votación de sus seis integrantes fue 3 contra 3. Tres magistrados a favor de la ponencia de Ernesto Blume, quien señaló que se debía admitir el hábeas corpus y restituir el indulto humanitario. Otros tres magistrados votaron en contra, generando así un empate.
La exministra de Cultura y familiar de una las víctimas del caso La Cantuta, Gisela Ortiz, se cuestionó la decisión. “Una vez más en nuestro país el derecho de las víctimas no se está cumpliendo, el razonamiento de quienes deben encargarse, no solamente de garantizar ese derecho, sino también la constitucionalidad o no de los actos jurídicos, no necesariamente obedece al derecho sino que se ponen por encima otras razones”, señaló.
La entonces vicepresidenta Dina Boluarte, hoy jefa de Estado, expresó en ese entonces su preocupación sobre el fallo del Tribunal Constitucional a favor de Alberto Fujimori, que restableció los efectos del indulto humanitario que le otorgó el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski (PPK) en diciembre del 2017.
A través de su cuenta en Twitter, la también ministra de Desarrollo e Inclusión Social se solidarizó con las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta afectadas con la decisión del TC.
La Corte IDH resolvió que el Estado peruano debía abstenerse de implementar el fallo del Tribunal Constitucional, que ordenaba la excarcelación inmediata de Alberto Fujimori.
La corte publicó la resolución luego de evaluar el pedido de medidas provisionales por parte de los representantes de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, y de llevar a cabo una audiencia el pasado 1 de abril en la que escuchó a las víctimas, al Estado peruano y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
La sentencia de la corte dispuso, en primer lugar, que se llevará a cabo una labor de supervisión específica sobre el indulto humanitario que se le concedió a Alberto Fujimori en el 2017 y el cumplimiento de las sentencias en su contra, tal y como se dispuso el 30 de mayo del 2018.
“El Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional del Perú el 17 de marzo del 2022, que restituye los efectos al indulto ‘por razones humanitarias’ concedido a Alberto Fujimori Fujimori el 24 de diciembre del 2017, debido a que no cumplió con las condiciones determinadas en la resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias de 30 de mayo de 2018″, sentenció la Corte IDH.
En su fallo, los magistrados de la corte internacional evaluaron que el Tribunal Constitucional no valoró si había una “necesidad imperiosa” de que sea liberado por su estado de salud y las condiciones de su detención.
Tampoco se consideró la posibilidad que pudiera seguir cumpliendo su sentencia en condiciones diferentes fuera del centro penitenciario sin recurrir a una extinción o perdón de pena, ni el hecho de que Fujimori Fujimori no haya realizado el pago de la reparación civil correspondiente a favor de las víctimas.
Una resolución del Tribunal Constitucional conocida este martes 28 de noviembre dispuso remitir a un juzgado su decisión de restablecer el indulto al expresidente Alberto Fujimori.
En un auto de aclaración emitido por el máximo intérprete de la Constitución peruana, se declaran improcedentes los pedidos de aclaración hechos por el abogado de Fujimori y por el procurador del Poder Judicial respecto a su decisión de marzo del 2022.
Junto al rechazo a los pedidos de aclaración, el TC también dispuso remitir su sentencia de marzo del 2022 al juzgado donde se originó el habeas corpus, un juzgado de investigación preparatoria en Ica, “a fin de que proceda conforme a sus atribuciones”. Es decir, para que proceda a ejecutar su decisión y ordenar la liberación de Alberto Fujimori.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos afirmó que acataría lo que decida el juzgado correspondiente sobre el restablecimiento del indulto humanitario al expresidente.
El juez Fernando Vicente Fernández Tapia, a cargo del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, decidió no ejecutar la liberación del exmandatario y devolvió todos los actuados al TC.
En su resolución, el juez Vicente Fernández invocó al Nuevo Código Procesal Constitucional y advierte que tanto en Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, así como la sala superior de esa misma Corte, no declararon fundados los recursos de habeas corpus sino que, por el contrario, los declararon improcedentes.
Así, se indicó que “en estricta aplicación de la norma”, “carece de competencia para poder ejecutar la sentencia estimatoria que ha sido expedida por el Tribunal Constitucional, en última y definitiva instancia constitucional”.
“En consecuencia, por mandato legal, corresponde al Tribunal Constitucional, mas no así al juzgado donde se originó la demanda de habeas corpus, según corresponda, emitir pronunciamiento sobre su ejecución de la sentencia estimatoria contenida en la sentencia (…) del 2022, concretamente la libertad del favorecido Alberto Fujimori, al haberse declarado fundado la demanda de habeas corpus en dicha máxima instancia constitucional”, zanjó el juez Fernández.
Así las cosas, el magistrado señala que carece de competencias y dispone “que se devuelvan todos los actuados” al TC, “para que se proceda conforme a ley en cuanto a la ejecución de la sentencia”.
El TC finalmente estableció expresamente en una resolución que la Corte IDH no tiene competencia para ordenar que no se ejecute una sentencia de un tribunal nacional y dispuso “la inmediata libertad” del expresidente Alberto Fujimori “bajo responsabilidad”.
Esta decisión fue notificada pasada las cuatro de la tarde del martes al Instituto Nacional Penitenciario (INPE), entidad que en las próximas horas efectuaría la excarcelación de Fujimori del penal de Barbadillo, ubicado en Ate. Fuentes de El Comercio señalaron que la decisión del Ejecutivo —que encabeza la presidenta Dina Boluarte— será la de acatar el fallo del TC.
Otras fuentes cercanas a Fuerza Popular detallaron que, una vez sea liberado, el exmandatario sería trasladado a la vivienda de la excandidata presidencial, Keiko Fujimori, ubicada en San Borja (Lima), lugar que pasaría a ser su residencia permanente.
La tarde del miércoles, cuando las expectativas en torno a la excarcelación de Fujimori crecían, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) informó que “en cumplimiento del mandato del Tribunal Constitucional”, “luego de procesar el documento de conformidad con los protocolos internos, procederá con la ejecución de la libertad” del expresidente.