

El Gobierno promulgó este viernes 11 de abril, un día antes que venza el plazo para aprobar normas para las elecciones generales del 2026, la ley que permite el recuento de votos en casos de actas con errores materiales.
En el boletín de normas legales de El Peruano se incluyó la ley 32299, que modifica la Ley Orgánica de Elecciones para regular el recuento de votos que había sido aprobada por el pleno en segunda votación el pasado 2 de abril.
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Esta nueva ley inserta cambios en el artículo 284 sobre el escrutinio de las mesas de sufragio para insertar la posibilidad para que los Jurados Electorales Especiales (JEE) puedan actuar en casos de errores materiales.
“Los JEE, cuando adviertan que la observación no puede ser subsanada con su ejemplar del acta, disponen en decisión inimpugnable que se proceda por única vez al recuento de votos”, precisa el texto.

Además de establecer los plazos y procedimientos, se detalla que la audiencia para realizar el recuento de votos sea pública e ininterrumpida, y que se podrá realizar una sola vez con presencia no obligatoria de personeros legales acreditados, así como de un representante del Ministerio Público.
Estos resultados del recuento de votos son inimpugnables. Tampoco se podrá aplicar el proceso en actas electorales que no tengan errores materiales o que carezcan de observaciones.
La promulgación de la norma lleva las firmas de Dina Boluarte y el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén.
La presidenta Boluarte convocó formalmente a elecciones generales con la publicación del decreto el 26 de marzo último. Ahí se estableció que los comicios generales serán el 12 de abril del 2026.
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