El ministro del Interior, Juan Carrasco Millones, presentó su carta de renuncia el pasado 2 de agosto. (Foto: Archivo GEC)
El ministro del Interior, Juan Carrasco Millones, presentó su carta de renuncia el pasado 2 de agosto. (Foto: Archivo GEC)
/ Renzo Salazar
Redacción EC

La Junta de Fiscales Supremos- conformada por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, y el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde- votó a favor de aceptar la renuncia del fiscal provincial contra la criminalidad organizada en Lambayeque, , a partir del 2 de agosto, fecha en que presentó su carta.

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La decisión fue tomada con el voto de Ávalos Rivera y Sánchez Velarde, en una sesión extraordinaria de la Junta de Fiscales Supremos realizada de manera virtual en la tarde del último miércoles 1 de setiembre, en la cual se evaluaron siete renuncias de fiscales, entre ellas, la de Carrasco Millones.

En las semanas previas a la sesión de ayer, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, y el fiscal supremo Pablo Sánchez solicitaron a la Oficina General de Asesoría Jurídica y al Gabinete de Asesores de la Fiscalía de la Nación un informe sobre la posibilidad de constituir la Junta de Fiscales Supremos con dos fiscales supremos titulares, al tener atribuciones de gobierno irrenunciables, que no pueden ser paralizadas porque se afectaría gravemente la operatividad de la entidad, así como los servicios fundamentales que brinda a la ciudadanía.

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De acuerdo a los informes recibidos, los dos fiscales supremos titulares determinaron que se encuentran habilitados para constituir Junta de Fiscales Supremos y sesionar y tomar acuerdos solo sobre actos de gobierno (gestión).

Dichas atribuciones le compete como órgano de gobierno de mayor jerarquía del Ministerio Público y a las cuales no puede renunciar.

Con su decisión, los fiscales supremos privilegian la debida marcha de la institución con el fin de seguir prestando un adecuado servicio de justicia a la sociedad, sin vulnerar la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica del Ministerio Público, la Ley de la Carrera Fiscal ni otras normas de menor rango propias de la institución.

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Cabe indicar que la Junta de Fiscales Supremos no está habilitada para resolver los procedimientos administrativos disciplinarios, lo cual será retomada cuando la Junta cuente con un mínimo de tres fiscales supremos titulares en funciones.

El caso

Como se recuerda, el Ministerio Público informó que el 26 de julio pasado, el actual ministro solicitó licencia sin goce de haber por motivos “particulares” ante su jefe, el coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en delitos contra la criminalidad organizada.

“El coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en delitos contra la criminalidad organizada elevó, con su visto bueno, a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el informe con el pedido de licencia del Dr. Carrasco Millones para su trámite administrativo”, refirió.

Un día después, el 27 de julio, se emitió la resolución en la que se le otorga la licencia al cargo de fiscal provincial titular especializado contra la criminalidad organizada de Lambayeque por un periodo de 90 días contados desde el 28 de julio del 2021.

Posteriormente, el pasado 20 de agosto la Oficina Desconcentrada de Control Interno (ODCI) del Ministerio Público de Lambayeque opinó que debe archivarse la investigación preliminar contra Juan Manuel Carrasco Millones por “presunta inconducta funcional”.

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