Los hechos alrededor del accionar de la policía que permitieron la fuga de Juan Silva, exministro de Transportes y Comunicaciones investigado junto al presidente Pedro Castillo, deberían ser indagados penalmente por el Ministerio Público.
Así lo consideraron penalistas consultados por El Comercio, quienes advirtieron que podría tratarse de la presunta comisión de delitos como omisión y encubrimiento. Estos podrían implicar tanto a los agentes encargados de la videovigilancia del prófugo exministro como a sus superiores, al ministro y al propio jefe de Estado.
Un informe a nivel de la Fiscalía de la Nación, del cual informó este jueves El Comercio, ratifica que la Dirección contra la Corrupción (Dircocor) de la Policía Nacional del Perú no cumplió debidamente con la videovigilancia que se había ordenado para Juan Silva, lo que permitió que este fugara y permanezca como no habido. Desde entonces, se han intervenidos unos cinco inmuebles y se le ha incluido en el sistema de recompensas por 50 mil soles, pero aún no se le detiene.
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El documento fue enviado por el fiscal adjunto supremo Samuel Rojas, coordinador del Área de Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación, a Pablo Sánchez, titular del Ministerio Público. Rojas explica allí que recibió el 27 de mayo al jefe de la División de Investigación de Delitos de Corrupción vinculados a Crimen Organizado de la Dircocor, el coronel Enrique Huasasquiche, y al comandante Vladimir Bellota para hablar sobre la videovigilancia.
Ambos oficiales de la PNP le dijeron que “estaban en condiciones de asumir la ejecución de la medida” y que la parte operativa iba a ejecutarse junto a la División de Contrainteligencia de la Dirección de Inteligencia (Dirin).
La disposición se emitió ese día, pero desde entonces en todas las respuestas de la policía se les informaba que no lo tenían ubicado físicamente, pero que le hacían un “seguimiento digital”.
De acuerdo con el fiscal, este procedimiento era limitante por “la inexactitud de la información sobre la ubicación real”, ya que “el nivel de precisión se restringía, como se nos señalaba, a un rango de ocho manzanas”. Al no recibir un informe escrito sobre el resultado de la videovigilancia, el 3 de junio se requirió “verbalmente” a la policía que presente un informe.
En el oficio policial que llegó al día siguiente solo se reportó acciones de verificación de inmuebles con fotos del 3 y 4 de junio, a pesar de que la videovigilancia se dispuso el 27 de mayo. Del documento, el fiscal Rojas resaltó esta mención: “Hasta la culminación de las presentes diligencias, no se ha advertido la presencia física del investigado”. Esto a pesar de que el 1 de junio Silva dio entrevistas presenciales a dos medios de comunicación de alcance nacional.
Con todo esto, el fiscal consideró que hubo “acciones de inteligencia ineficaces” que complicaron un pedido de allanamiento de inmuebles de Silva, y el 4 de junio, se solicitó su detención preliminar, la cual fue dictada ese mismo día. Además, indicó que no fue informado sobre el pedido hecho por Juan Silva el 6 de junio para que se le retire su escolta como exministro, a pesar de que la Dircocor “supuestamente se encontraba realizando labores de videovigilancia”.
Dos líneas de investigación
Para el exprocurador César Azabache, es posible que la fiscalía inicie una investigación penal en relación a los hechos relacionado a la fuga de Juan Silva, tanto por la presunta comisión de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales como por encubrimiento real. La responsabilidad, según dijo, iría “de arriba hacia abajo” y podría llegar hasta el ministro y el presidente.
El primer delito mencionado castiga al funcionario “que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo”, el cual “será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa”. El segundo es para quien “sustrae a una persona de la persecución penal o a la ejecución de una pena o de otra medida ordenada por la justicia”, y tiene penas de entre tres y seis años de prisión. Todo esto según el Código Penal.
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Al respecto, César Azabache comentó que “un caso como este se construye sobre la base de la circulación de los requerimientos y los reportes del requerimiento. Va de arriba hacia abajo y, en esta historia, busca los puntos en que se debió proceder y se omitió hacerlo”.
“El cruce entre el pedido de video vigilancia y el retiro del resguardo es la primera clave. Un asunto de este tipo, además, es de los que se reportan a un ministro. Y al presidente. Entonces, a los oficios hay que agregar las agendas de visitas y reuniones en Palacio”.
Según informó El Comercio, el ministro Dimitri Senmache y los principales mandos policiales a cargo de ejecutar la videovigilancia, búsqueda y captura de Juan Silva acudieron a Palacio de Gobierno los mismos días en los que el extitular de Transportes y Comunicaciones pasaba a la clandestinidad. Sin embargo, el titular del Mininter ha negado que esto haya tenido que ver con el caso de Juan Silva.
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En diálogo con El Comercio, el abogado penalista Andy Carrión coincidió en que se pueden investigar los dos delitos mencionados “de acuerdo a la atribución de cadenas de responsabilidad”.
“[El delito de omisión] alcanzaría a quienes directamente, recibida la orden, no cumplieron o retardaron el cumplimiento de la vigilancia de Juan Silva. Eso alcanzaría a quienes únicamente a quienes tenían la obligación de vigilarloq o quienes, habiendo recibido y teniendo que tramitarlo, retardaron el envío del documento a quienes iban a ser competentes”, explicó.
Pero investigar solo ese primer delito, sostiene el penalista, dejaría fuera de foco a “quienes son realmente responsables del cumplimiento de las órdenes emitidas por la Fiscalía de la Nación”. De esta forma, una investigación por encubrimiento implicaría podría llegar hasta “quienes tienen la más alta responsabilidad no solo en el Ministerio del Interior, sino también en el Ejecutivo”.
“Me refiero ya al mismo ministro. Si uno compara su declaración en el Congreso y la documentación que obra en poder de la fiscalía, difieren en los días y en quiénes son los encargados de hacer velar por el cumplimiento de estas órdenes fiscales. Esto podría, desde mi punto de vista, constituir un elemento de encubrimiento para que no sea capturado Juan Silva”, dijo.
Esto dependerá, añadió, de los elementos que obtenga la fiscalía para determinar “quiénes serían los directamente interesados en que Juan Silva no pueda ser videovigiliado y, por tanto, luego no capturado”. Sobre una posible inclusión de Pedro Castillo en esta indagación, indicó que esto “no necesariamente llegaría hasta el presidente, pero podría, en base a la atribución de responsabilidad de superior jerárquico, también eventualmente evaluar esta posibilidad”.
Como jefe de Estado, el presidente Pedro Castillo es el jefe supremo de la PNP y de las Fuerzas Armadas. Esto fue tomando en cuenta por la Fiscalía de la Nación, que investiga al mandatario y a su prófugo exministro como miembros de una presunta organización criminal enquistada en el Ejecutivo.
En su informe, el fiscal Rojas señala que desde que se iniciaron las coordinaciones con la policía, “era evidente que se podían suscitar circunstancias que podrían afectar la efectividad de los actos de investigación y de aseguramiento procesal”, tomando en cuenta que uno de los investigado del caso “funcionalmente es el jefe supremo de las fuerzas policiales”.
Por esta razón, indicó que “se decidió compartimentar la información que se suministraba a la autoridad policial, limitando su acceso” y dándole responsabilidades concretas, pero estas “no fueron debidamente cumplidas”.
El exprocurador Iván Meini manifestó a El Comercio que no solo se podría, sino que se debería investigar estos hechos a nivel penal. Como sus colegas, apunto hacia a los delitos de omisión y encubrimiento.
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Sobre el primero, indicó que esto se hace “evidente” y que se refuerza con lo informado por este Diario el miércoles: que un informante reportó a la Policía la ubicación de Juan Silva en un inmueble en Carabayllo, pero que los agentes ingresaron a otro; tras lo cual el mismo informante dio cuenta que vio salir del presunto escondite a un vehículo con una persona adentro a la que identificó como el prófugo exministro.
“Pareciera que hay una decisión de no hacer lo que se tiene que hacer para encontrarlo”, comentó.
Sobre el encubrimiento, destacó que hay un agravante cuando el autor es un funcionario encargado de la investigación o custodia. “Silva estaba siendo custodiado, en términos de la videovigilancia, por la Policía. En la medida que el incumplimiento de esa medida ha sido, esa es la hipótesis que se maneja, deliberado, habría habido una ejecución de no ejecutarla para favorecer la fuga, esto podría dar lugar a una investigación por estos dos delitos”, opinó.
Meini indicó que la investigación por omisión podría incluir al propio ministro del Interior, si se llega a “establecer como verosímil” que una presunta orden para no ejecutar la medida de vigilancia y favorecer la fuga provino de un superior. “No hay que cerrar esa posibilidad. En la hipótesis que maneja el Ministerio Público, la organización criminal de la que forma parte del exministro Silva estaría siendo liderado por el presidente”, recordó.
“Que el presidente, que según la Constitución es el encargado de hacer cumplir las leyes, mantenga como ministro del Interior a una persona que no pueda dar explicaciones acerca de lo que ha pasado y que busca justificaciones absurdas, es también un indició que tiene que ser valorado. Pareciera que al presidente no le favorece que el exministro Juan Silva sea capturado. Ni él, ni Bruno Pacheco, ni su sobrino”, aseveró.
¿Quién debería investigar el caso?
Andy Carrión indicó que, si la investigación llega a incluir al ministro del Interior, esta correspondería a Pablo Sánchez. Lo mismo aplicaría si se decide incluir al presidente Pedro Castillo. Pero si solo se limita a oficiales y agentes de la policía, le correspondería a un fiscal provincial, quien, si llegase a hallar indicios que comprometan a funcionario con antejuicio, tendría que informar al Fiscal de la Nación.
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La misma explicación dio Iván Meini. Sin embargo, añadió que “parece razonable que esa investigación se concentre en una sola autoridad fiscal para que pueda avanzar y para que allí se procese toda la investigación”. “De ser ese el caso, debería ser el fiscal de la Nación (…) Pareciera ser muy poco probable es que [las presuntas omisiones] haya sido una decisión propia de los propios policías encargados de la videovigilancia”, indicó.
En tanto, César Azabache señaló que “es momento de organizar un grupo de trabajo que integre a fiscales provinciales con el equipo de la Fiscalía de la Nación. “Un solo equipo que pueda resolver las diferencias de competencias que pueden producirse en este caso. Porque los hechos pueden alcanzar a Castillo. Basta para eso probar que el ministro del Interior le reportó el hecho y no reaccionó como corresponde a los hechos y su sentido”, consideró.
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