El Poder Judicial levantó la comparecencia con restricciones que venía cumpliendo el expresidente Martín Vizcarra, como parte de su proceso por presuntamente haber recibido coimas de constructoras cuando era gobernador de Moquegua. La decisión se tomó en cumplimiento de una reciente ley dictada por el Congreso de la República.
Entre las restricciones que tenía el expresidente y que se le acaban de levantar estaba la de no poder salir de Lima sin permiso judicial o la de no poder comunicarse con testigos del caso. Ahora, el acusado podrá salir de la capital sin necesidad de notificar al juzgado o podrá tener comunicación con las personas que declararán dentro del juicio que actualmente se le sigue por este caso.
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En su resolución, el juez Ubaldo Callo accedió al pedido de la defensa de Martín Vizcarra para que se revoque sus restricciones en aplicación de la Ley N° 32130, promulgada por el gobierno de Dina Boluate y aprobada por el Congreso. Por ello, le impuso comparecencia simple (sin restricciones) mientras enfrenta su juicio por el Caso Lomas de Ilo-Hospital de Moquegua, que inició el 28 de octubre y seguirá este martes 10 de diciembre.
En ese caso, el fiscal Germán Juárez, del equipo especial Lava Jato, acusa al exgobernador de haber recibido S/ 2.3 millones de coimas de las constructoras Obrainsa e ICCGSA, a cambio de favorecerlas en las licitaciones de los proyectos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua, respectivamente. Por ello, pide 15 años de prisión. El expresidente rechaza la acusación.
La norma aplicada para levantar las restricciones de Martín Vizcarra, Ley N° 32130, que encarga a la Policía Nacional del Perú las investigación preliminar de los delitos. Allí también modificó otros aspectos del Código Penal, entre ellos lo referido a la medida de comparecencia con restricciones: se estableció que esta ya no se extiende durante todo el proceso judicial, sino solo por un plazo de 9, 18 o 36 meses según sea el caso.
Dentro del caso de Martín Vizcarra, la fiscalía formalizó su investigación y pidió prisión preventiva por 18 meses en marzo del 2021. Sin embargo, el Poder Judicial rechazó imponerle esa medida. En su lugar, le impuso comparecencia con restricciones mientras dure su proceso. Ahora, con Ley N° 32130, el juez consideró que el plazo de esas restricciones ya venció.
El Ministerio Público había pedido al juez que no aplique esa ley por ir en contra de tratados internacionales firmados por el Perú, como la Convención Interamericana de Derecho Humanos y la Convención de Palermo, pero el magistrado no accedió. Aun así, el despacho del fiscal Germán Juárez aún tiene la opción de apelar esta decisión para que una sala superior emita un pronunciamiento definitivo.
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