El expresidente Martín Vizcarra está a punto de lograr la inscripción de su partido Perú Primero en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Sin embargo, algunas voces cuestionan que la referida agrupación esté cerca de conseguir su afiliación, debido a que su fundador se encuentra inhabilitado para el ejercicio de la función pública, y ponen como ejemplo un fallo del Tribunal Constitucional (TC) sobre Alberto Fujimori.
Especialistas consultados por El Comercio expresaron opiniones discordantes respecto al tema. Además, la Comisión de Constitución del Poder Legislativo anunció que citará para este viernes 12 de mayo al presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, para que informe sobre el proceso administrativo que siguió el partido del exgobernante en el ROP.
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La decisión del grupo de trabajo, encabezado por Hernando Guerra García (Fuerza Popular), se dio tras la solicitud de su colega de bancada Patricia Juárez. “El Tribunal Constitucional ha establecido claramente que la inhabilitación alcanza a la prohibición de fundar organizaciones políticas”, expresó.
Juárez hizo así referencia a la sentencia 3760-2004 del TC, que estableció los alcances de la inhabilitación de Alberto Fujimori por el Parlamento en el año 2001. Años después, Martín Vizcarra recibió dos sanciones similares debido al ‘Vacunagate’ (2021) y al Caso Obrainsa (2022).
El fallo del TC indica que “los efectos de la inhabilitación impiden al funcionario público sancionado ejercer el derecho de sufragio (elegir y ser elegido), el derecho de participación y el derecho a fundar, organizar, pertenecer o representar a una organización o partido político, movimiento o alianza”.
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Posturas
Martín Cabrera, especialista de 50+1, dijo a El Comercio que, en dicha sentencia del 2004, el TC “definió que la inhabilitación política es una decisión política discrecional del Congreso y que es distinta a la inhabilitación penal o administrativa, que son de carácter jurídico”.
Asimismo, remarcó que el Tribunal Constitucional estableció que la inhabilitación “alcanza al ejercicio del derecho de sufragio y el ejercicio del derecho de participación política, que es fundar o pertenecer a una organización política”.
Cabrera explicó que, para el TC, la medida que tomó el Congreso contra Fujimori “fue razonable y proporcional al daño constitucional que cometió”, por tanto, no representa una afectación “al derecho de participación política”.
Asimismo, cuestionó que este “vacío normativo” no haya sido abordado previamente por el Congreso y el propio Jurado Nacional de Elecciones, a efectos de que no se repitan situaciones parecidas.
“El Congreso y JNE deben estar muy atentos al cumplimiento de las decisiones que se adopten en relación a las inhabilitaciones políticas, que suponen la limitación del ejercicio del derecho al sufragio y a la participación en política fundando o representando organizaciones políticas. Teniendo en cuenta esto, Martín Vizcarra no debió aparecer en el padrón electoral de las Elecciones Regionales y Municipales del 2022, por ejemplo”, argumentó.
Cabrera aseveró que es importante que Salas Arenas aclare cuál es la posición institucional del JNE ante un hecho como este, cuando ya se conocen los alcances del TC.
También opinó que “es imposible que el director del ROP [Fernando Miguel Rodríguez Patrón] no se diera cuenta de que quien está inscribiendo el partido es una persona inhabilitada”.
No obstante, le concedió el beneficio de la duda. “Es probable que, por la antigüedad de la sentencia del TC, el director del ROP no haya advertido los argumentos y los alcances de una inhabilitación política”.
Para Cabrera esta decisión podría revertirse mediante una tacha.
Como se recuerda, la semana pasada se publicó la síntesis de inscripción de Perú Primero, etapa en la cual los ciudadanos pueden presentar tachas contra el partido que pretende afiliarse al ROP.
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En tanto, para el constitucionalista Alejandro Rospigliosi, con la eventual inscripción de Perú Primero, Vizcarra estaría apuntando “a tener una bancada en el Congreso que derogue o deje sin efecto su inhabilitación”. “Está claro que él no puede postular [a cargos de elección popular]”, enfatizó.
Sin embargo, Rospigliosi opinó que la inhabilitación contra Vizcarra es solo para ejercer cargos públicos. “El caso de los partidos políticos es diferente, son organizaciones privadas, de derecho y financiamiento público, pero privadas al fin”, alegó.
Finalmente, señaló que es importante que este caso sea aclarado ante el Congreso por el director del ROP y el presidente del JNE. “El Congreso puede invitar a cualquier autoridad. En una democracia es correcto que asista”, concluyó.
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Una opinión similar tuvo Jorge Jáuregui. “La restricción de Vizcarra impuesta por el Parlamento es para el ejercicio de la función pública, claramente no alcanza a la condición privada de fundar o integrar un partido político”, dijo.
Debido a ello, consideró que la decisión del ROP de “entregarle la síntesis al partido no entra en colisión con la inhabilitación de Vizcarra “.
Jáuregui consideró que el enfoque de la congresista Juárez entra en colisión con la “lógica democrática” y enfatizó que la vía para evitar la inscripción del partido sería presentar una tacha.
El especialista explicó que la responsabilidad de la inscripción de un partido recae directamente en el ROP, que es un órgano adscrito al JNE que tiene “autonomía administrativa y técnica”. “El ROP ha tenido un desempeño absolutamente apegado al marco constitucional desde su creación hasta ahora. No ha recibido críticas razonables”, añadió.
“La inscripción del partido de Martín Vizcarra ha seguido un proceso administrativo en el ROP, que tiene un director, que es el que ha admitido el procedimiento [...] Perú Primero ha seguido un proceso largo y le han realizado varias observaciones que ha ido subsanando en el camino. Tras ello, se alcanzó la síntesis que es la fase previa a la inscripción. En el procedimiento, según he podido ver, no ha habido ningún tipo de favorecimiento”, indicó.
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Respuesta
Fuentes del JNE señalaron a El Comercio que “el presidente del JNE, Jorge Salas Arenas, no tiene nada que ver en la inscripción de una organización política ni elaborar las síntesis ni las emite” sino el ROP.
“El partido de Vizcarra ni siquiera está aún formalmente inscrito pues se ha emitido la síntesis y aún falta [superar] la etapa de tachas para que se encuentre inscrito formalmente [...] Si lo tachan, el director del ROP deberá resolver en primera instancia y, si mediara apelación, el Pleno del JNE -y no el presidente- tendrá que resolver en segunda y última instancia. O sea, no podría pronunciarse ni uno, ni otro porque estarían adelantando opinión”, sentenciaron las mismas fuentes.
Por tanto, indicaron que no sería “adecuado” que el presidente del JNE responda ante la Comisión de Constitución sobre el proceso de inscripción de Perú Primero.
- El viernes 16 de abril del 2021, el pleno del Congreso votó para aprobar una acusación constitucional contra Martín Vizcarra ligada al ‘Vacunagate’. Se la atribuyeron seis infracciones a la Constitución por vacunarse con dosis de Sinopharm en octubre del 2020 y haber dispuesto que también sean inoculados su esposa y su hermano.
- La sanción fue su inhabilitación por 10 años. Por entonces, el expresidente era virtual congresista electo por Somos Perú. De hecho, fue el congresista más votado de las elecciones generales del 4 de abril de ese año. Sin embargo, esta sanción le impidió asumir un escaño. En su lugar juró el cargo el actual legislador por Lima José Jerí.
- En mayo del 2022, el Congreso aprobó una segunda acusación constitucional contra Martín Vizcarra y lo inhabilitó por cinco años por supuestamente haber tenido vínculos con empresas privadas durante su gestión como ministro de Transportes y Comunicaciones. Ambas sanciones no se suman, sino que corren en paralelo.
- Además del procedimiento de inhabilitación en el Congreso, el ‘Vacunagate’ motivó, en febrero del 2021, el inicio de una investigación preliminar e la Fiscalía de la Nación por los delitos de concusión y negociación incompatible (aprovechamiento indebido del cargo).
- El último miércoles, luego de más de dos años, la Fiscalía de la Nación cerró su investigación preliminar y presentó una denuncia constitucional contra el expresidente por concusión.
- Vizcarra tiene otras pesquisas abiertas por los casos Richard Swing y Moquegua.