El ex fiscal de la Nación debe acudir este lunes al Parlamento. (Foto: GEC)
El ex fiscal de la Nación debe acudir este lunes al Parlamento. (Foto: GEC)
Mario Mejía Huaraca

El juez Hugo Núñez Julca, titular del Juzgado Supremo Instructor, decidió este martes abrir proceso penal contra  por el presunto delito de encubrimiento real por la remoción, en diciembre pasado, de los fiscales del equipo especial Lava Jato, Rafael Vela y .

A continuación presentamos las claves para entender este tema, avizorar sus implicancias y ver lo qué puede pasar con el fiscal supremo.  

¿Qué hizo Chávarry para ser investigado por este caso?
El 31 de diciembre del 2018, a pocas horas de que finalizara el año, Chávarry dio a conocer su resolución en la dejaba sin efecto la designación de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez como miembros del equipo especial Lava Jato que investiga los actos de corrupción de las empresas brasileñas.

Esa drástica medida, que buscaba apartar a los fiscales Vela y Pérez de las investigaciones justo a pocos días de la fecha en la que se iba a suscribir el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa , desencadenó el rechazo de un gran sector de la ciudadanía. Pese a tratarse de una fecha festiva por el advenimiento del nuevo año, miles de personas realizaron manifestaciones de protesta en diversas ciudades.


La explicación que dio el entonces fiscal de la Nación fue que tomó la medida porque han "habido hechos que atentan contra la jerarquía institucional y se ha violado la reserva de la investigación".

Aseveró que el fiscal José Domingo Pérez, luego de que él fuera designado como fiscal de la Nación "procedió a cuestionar mi elección que se produjo por unanimidad de los fiscales supremos y esta conducta ha sido reiterativa en diferentes circunstancias y lugares, hecho que no solo afecta a mi persona sino a la autonomía del Ministerio Público. Esta conducta ha sido avalada por el coordinador Vela Barba".

Las razones por las que retrocedió Chávarry 
​Ante la ola de protestas y marchas en su contra y sobre todo ante el anuncio hecho el 1 de enero por el presidente de la República, Martín Vizcarra, de presentar un proyecto de ley para declarar en emergencia el Ministerio Público, Pedro Chávarry decidió dar marcha atrás y dejar sin efecto su polémica resolución. 

En su nueva resolución fechada el 2 de enero del 2019, el fiscal supremo señaló que revirtió la medida porque los fiscales Frank Almanza y Marcial Páucar a quienes nombró para reemplazar a Vela y Pérez, respectivamente, declinaron a aceptar la designación ante el anuncio hecho por Vizcarra.

Chávarry precisó que su decisión se adoptó "en resguardo de la autonomía del Ministerio Público" y con la finalidad de "mantener la continuidad de las investigaciones a cargo del equipo especial de fiscales".

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Se abre investigación en la fiscalía
El despacho de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, abrió varias investigaciones contra Pedro Chávarry. Una de ellas estuvo referida a la intención que tuvo el magistrado de apartar a los fiscales Vela y Pérez del equipo especial. Por ese hecho en concreto, se le imputaron los delitos de encubrimiento personal y encubrimiento real.

—Denuncia constitucional—
Con la investigación abierta, la fiscal Ávalos presentó el 15 de mayo una denuncia constitucional contra Chávarry ante el Congreso de la República por los delitos de encubrimiento real, encubrimiento personal y atentado contra la conservación e identidad de objeto. 

La denuncia se sustentaba, según indicó la fiscalía, "en supuestos actos de obstaculización en torno a las acciones del equipo especial Lava Jato y de vulneración irregular de oficinas lacradas en la sede principal del Ministerio Público".

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El informe aprobado en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales respecto al delito de encubrimiento real estaba referido al cambio de los fiscales Vela y Pérez y el pedido de información sobre los avances del acuerdo de colaboración eficaz con Odebrecht.

En el informe se decía que el proceso de colaboración eficaz con Odebrecht tenía la calidad de reservado y aunque el ex fiscal de la Nación aseguró que solo quería averiguar por los proyectos comprendidos y la reparación civil, lo cierto es que la revelación de esa información iba a vulnerar la reserva de la colaboración eficaz. Eso -dice el informe- afectaría el proceso de investigación y evitaría que se obtenga información para continuar con las investigaciones. 

Congreso decidió que solo lo investigaran por encubrimiento real
El Pleno del Congreso aprobó el 24 de julio que solo se debería denunciar e investigar a Chávarry por el presunto delito de encubrimiento real debido a la emisión de su resolución que retiraba a los magistrados Vela y Pérez del equipo Lava Jato.

La Comisión Permanente previamente había acordado con los votos de Fuerza Popular no denunciarlo por los otros delitos que también se le imputaban. 

El resultado de la votación en el pleno fue así: 75 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones. En esa oportunidad se dispuso que el expediente sería enviado a la fiscal de la Nación para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Sin embargo dicho documento recién llegó a la mesa de partes del Ministerio Público el 7 de agosto.

Cuestión previa rechazada
Durante la sesión del pleno de ese 24 de julio, el legislador Oracio Pacori (Nuevo Perú) planteó una cuestión previa para que el pleno incluya en el debate las imputaciones contra Pedro Chávarry por organización criminal, encubrimiento personal y se reconsidere plantear su destitución e inhabilitación por 10 años debido a una presunta infracción constitucional. Sin embargo, dicha cuestión previa fue rechazada por 45 votos en contra, 41 a favor y 6 abstenciones. ​

— ¿Qué es encubrimiento real y cuál es la pena?— 
Según el artículo 405 del Código Penal, este delito está referido al que "dificulta la acción de la justicia procurando la desaparición de las huellas o prueba del delito u ocultando los efectos del mismo".

De ser hallado culpable del delito de encubrimiento real, el exfiscal de la Nación recibiría una pena privativa de la libertad no menor de dos años ni mayor de cuatro años, según lo especifica el citado artículo del Código Penal.

¿Qué es lo que decidirá el juez supremo?
La diligencia programada para hoy tuvo como fin determinar si se abre proceso penal al exjefe del Ministerio Público por el delito de encubrimiento real.

Si bien el juez Núñez es titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria que forma parte del sistema del nuevo Código Procesal Penal, en esta denuncia contra Chávarry actuó como juez de instrucción pues este caso se tramitará bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940.